Suma teológica - Parte II-IIae - Cuestión 85
Los sacrificios
Vamos a tratar ahora de los actos con que se ofrecen a Dios cosas exteriores (q.84 intr). Cabe a propósito de ellos una doble consideración: la primera, acerca de lo que los fieles dan a Dios; la segunda, acerca de los votos con que le prometen algo (q.88). Trataremos, con respecto a lo primero, de los sacrificios, oblaciones (q.86), primicias (q.86 a.4) y diezmos (q.87).

Cuatro problemas plantearemos respecto a los sacrificios:

  1. ¿Es de ley natural ofrecer sacrificios a Dios?
  2. ¿Sólo a Dios se han de ofrecer sacrificios?
  3. Ofrecer sacrificios, ¿es un acto especial de virtud?
  4. ¿Todos están obligados a ofrecer sacrificios?
Artículo 1: ¿Es de ley natural ofrecer sacrificios a Dios? lat
Objeciones por las que parece que el ofrecer sacrificios a Dios no es de ley natural.
1. Porque lo que es de ley natural es común a todos. Pero esto no sucede con los sacrificios, pues leemos que algunos, como se nos dice de Melquisedec (Gén 14,18), ofrecieron a Dios en sacrificio pan y vino, y que unos ofrecían una clase de animales y otros otra. Luego la oblación de sacrificios no es de ley natural.
2. Todos los justos guardaron lo que es de derecho natural. Pero no consta que Isaac ofreciera sacrificios; ni tampoco Adán, de quien se dice, sin embargo (Sab 10,2) que la sabiduría lo liberó de su delito. Luego la oblación de sacrificios no es de ley natural.
3. San Agustín dice en el libro X De Civ. Dei que los sacrificios son ofrendas significativas de algo. Pero las palabras, que son las principales entre los signos, como él mismo escribe en el libro De Doct. Christ., no tienen un significado natural, sino convencional, según el Filósofo. Luego los sacrificios no son de ley natural.
Contra esto: está el que en cualquier época y en cualquier nación los hombres ofrecieron siempre sacrificios. Pero lo que hay en todo lugar y tiempo parece ser natural. Luego también la oblación de sacrificios parece ser natural.
Respondo: Que la razón natural dicta al hombre, a causa de las deficiencias que experimenta en sí mismo, en las que necesita ayuda y dirección de un ser superior, el que se someta a él. Y cualquiera que éste sea, es a quien todos llaman Dios. Y al igual que, en las cosas naturales, naturalmente las inferiores se someten a las superiores, del mismo modo la razón natural dicta, conforme a la natural inclinación del hombre, que dé muestras a su modo de sumisión y honor a quien está por encima de él. Ahora bien: lo connatural al hombre es servirse de signos sensibles para expresarse, por ser de lo sensible de donde recibe sus conocimientos. Luego, según la razón natural, el hombre debe servirse de cosas sensibles y ofrecerlas a Dios como signo de la sumisión y del honor que le debe, asemejándose con tal proceder a quienes ofrecen algo a sus señores en reconocimiento de su señorío. Pero esto pertenece esencialmente a la idea de sacrificio. Y, por tanto, la oblación de sacrificios pertenece al derecho natural.
A las objeciones:
1., como dijimos antes (1-2 q.95 a.2), hay cosas que, aunque en general son de derecho natural, su determinación en cada caso es de derecho positivo. La ley natural, por ejemplo, ordena que se castigue a los malhechores; pero el que se les imponga este o el otro castigo depende de la ley divina o humana. De modo semejante, la oblación de sacrificios en general es de ley natural, y es por lo que en esto están todos de acuerdo; pero la determinación de los sacrificios en cada caso es de institución divina o humana, y es por lo que en esto hay diferencias.
2. Adán e Isaac, al igual que los demás justos, ofrecieron sacrificios a Dios del modo que convenia en la época en que lo hicieron, como consta por lo que dice San Gregorio, según el cual, en la antigüedad, se perdonaba el pecado original a los niños mediante la oblación de sacrificios. Mas no se hace mención en la Escritura de todos los sacrificios de los justos, sino de aquellos únicamente en que hubo algo especial.

Sin embargo, la razón por la que no se lee en la Escritura que Adán haya ofrecido sacrificios puede ser ésta: porque no se lo considere como origen del pecado y se simbolice en él al mismo tiempo el origen de la santificación. Y, en cuanto a Isaac, fue figura de Cristo por haber sido ofrecido en sacrificio (Gén 22,9). No convenía, por tanto, representarlo ofreciendo sacrificios.

3. Expresar con signos sus conceptos es connatural al hombre, mientras que la determinación de tales signos es algo convencional.
Artículo 2: ¿Sólo al Dios supremo se han de ofrecer sacrificios? lat
Objeciones por las que parece que no sólo al Dios supremo se han de ofrecer sacrificios.
1. Porque, debiendo ofrecerse el sacrificio a Dios, parece que también debe ofrecerse a quienes se hacen partícipes de su divinidad. Pero también los santos se hacen partícipes de la naturaleza divina, como se nos dice en 2 Pe 1,4; y de ahí también lo que de ellos leemos en el salmo 81,6: Yo dije: sois dioses. Y asimismo a los ángeles se los llama hijos de Dios, como nos consta por las palabras de Job 1,6. Luego a todos éstos se les deben ofrecer sacrificios.
2. Cuanto mayor es la persona, tanto mayor es también el honor que se le debe. Pero los ángeles y los santos son mucho mayores que cualquiera de los príncipes de la tierra, a quienes, no obstante, sus súbditos, postrándose ante ellos y ofreciéndoles presentes, les rinden un honor mayor que lo que supone la oblación de un animal u otra cosa en sacrificio. Luego con mayor razón pueden ofrecerse sacrificios a los ángeles y a los santos.
3. Se construyen los templos y altares para ofrecer sacrificios. Pero hay templos y altares edificados en honor de los ángeles y santos. Luego se les puede también ofrecer sacrificios.
Contra esto: está lo que se nos dice (Ex 22,20): Quien ofrece sacrificios a dioses distintos del único Señor, es reo de muerte.
Respondo: Que, como ya expusimos, la oblación del sacrificio se hace con la idea de significar algo, pues el sacrificio que se ofrece exteriormente es signo del sacrificio interior espiritual con que el alma se ofrece a sí misma a Dios, conforme a aquello del salmo 50,19: Es un sacrificio a Dios el corazón contrito, ya que, como antes dijimos (q.81 a.7; q.84 a.2), los actos exteriores de la religión se ordenan a los interiores. A su vez, el alma se ofrece a Dios en sacrificio como a su principio creador y a su término beatificador, y, conforme enseña nuestra verdadera fe, Dios solo es el creador de nuestras almas, como queda dicho en la Primera Parte (q.90 a.3; q.118 a.2). También es verdad que sólo en El consiste la bienaventuranza de nuestra alma, como ya dijimos (1-2 q.1 a.8; q.2 a.8; q.3 a.1,7,8). Por tanto, así como sólo al Dios altísimo debemos ofrecer el sacrificio espiritual, a El solo también se le han de ofrecer los sacrificios exteriores: lo mismo que, cuando oramos o alabamos, dirigimos nuestras voces significativas a aquel a quien ofrecemos en nuestro interior las mismas cosas que significamos, como dice San Agustín en el libro X De Civ. Dei. Vemos asimismo que así es como se procede en todos los estados, donde se honra a su jefe supremo con un honor especial, y quien lo rindiera a otro sería reo de lesa majestad. Por ello, en la ley divina, se establece la pena de muerte para quienes rinden a otros el honor debido a Dios (Ex 21,20; 30,31).
A las objeciones:
1. El nombre de Dios se aplica a algunos seres, pero no en condiciones de igualdad con El, sino por participación. Y, en consecuencia, no se les debe igual honor que a Dios.
2. En la oblación del sacrificio no cuenta el precio del animal inmolado, sino el significado de la acción, en cuanto que se pretende honrar con ella al supremo Rector de todo el universo. De ahí que, como dice San Agustín en el libro X De Civ. Dei, Los demonios no disfrutan con el tufo que exhalan las víctimas, sino con los honores divinos que se les rinde.
3. Como escribe San Agustín en el libro VIII De Civ. Dei, no erigimos templos y sacerdocios en honor de los mártires, porque no a ellos, sino al Dios de ellos, es a quien nosotros tenemos por Dios. Por este motivo, el sacerdote no dice: Te ofrezco a ti, Pedro, o a ti, Pablo, este sacrificio, sino que damos gracias a Dios por los triunfos que ellos obtuvieron y nos animamos a imitarlos.
Artículo 3: ¿La oblación de sacrificios es acto especial de virtud? lat
Objeciones por las que parece que la oblación de sacrificios no es acto especial de una virtud.
1. Porque dice San Agustín en el libro X De Civ. Dei: Verdadero sacrificio es toda obra que realizamos con el fin de unirnos en santa alianza con Dios. Pero no toda obra buena es acto especial de una virtud determinada. Luego la oblación de sacrificios no es acto especial de una virtud determinada.
2. La maceración del cuerpo con ayunos pertenece a la abstinencia; la llevada a cabo mediante la continencia es acto de castidad; la que se soporta en el martirio pertenece a la fortaleza. Todo esto parece incluir en sí la oblación del sacrificio, según aquello de la carta a los Rom 12,1: Presentad vuestros cuerpos como hostia viva. Y lo que dice asimismo el Apóstol (Heb, últ., 16): No os olvidéis de la beneficencia y buenas relaciones de unos con otros, pues con tales víctimas os ganáis el favor de Dios. Ahora bien: la beneficencia y buenas relaciones de unos con otros pertenecen a la caridad, a la misericordia y a la liberalidad. Luego la oblación de sacrificios no es acto especial de una virtud determinada.
3. Parece que es sacrificio lo ofrecido a Dios. Pero a Dios se le ofrecen muchas cosas, tales como la devoción, la oración, los diezmos, las primicias, las ofrendas y los holocaustos. Luego el sacrificio no parece ser un acto especial de una virtud determinada.
Contra esto: está el que en la Ley se dan preceptos especiales acerca de los sacrificios, como puede verse en el comienzo del Levítico.
Respondo: Que, tal como antes expusimos, cuando el acto de una virtud se ordena al fin de otra, la primera participa en cierto modo de la especie de la segunda, lo mismo que, cuando alguien roba para fornicar, su robo recibe en cierto modo la deformidad de la fornicación, de suerte que aun en el supuesto de que en algún caso el robo no fuese pecado, lo sería por ordenarse a la fornicación. Así, pues, el sacrificio es un acto especial cuya bondad moral depende del fin con que se hace: honrar a Dios. Por este motivo, pertenece a una virtud determinada: la religión. Pero sucede también que los actos de otras virtudes se ordenan asimismo a la honra de Dios; por ejemplo, cuando por Dios da uno limosna de sus propios bienes; o cuando alguien mortifica su propio cuerpo de algún modo para honrar con ello a Dios. En casos así, también a los actos de otras virtudes se les puede llamar sacrificios. Hay algunos actos, sin embargo, que no son moralmente buenos, a no ser porque con ellos se pretende honrar a Dios. A éstos es a los que con propiedad se llama sacrificios, y pertenecen a la virtud de la religión.
A las objeciones:
1. Este mismo deseo de unirnos en santa alianza con Dios queda dentro del ámbito de la reverencia divina. Y precisamente por esto, porque se obra con la intención de unirse en santa alianza con Dios, los actos de cualquier virtud tienen razón de sacrificio.
2. Son tres los bienes del hombre. El primero, el bien del alma, que se ofrece a Dios como sacrificio interior mediante la devoción, la oración y otros actos interiores de esta clase. Este es el acto principal. El segundo es el bien del cuerpo, que se ofrece en cierto modo a Dios por medio del martirio y por la abstinencia o continencia. El tercero son las cosas exteriores, materia del sacrificio, que se ofrecen a Dios, ya directamente, cuando de forma inmediata ofrendamos a Dios nuestros bienes, ya mediatamente, cuando los compartimos con el prójimo por Dios.
3. Llamamos propiamente sacrificios a las ofrendas hechas a Dios cuando sobre ellas recae alguna acción: como matar los animales, partir el pan, comerlo o bendecirlo. Esto es lo que significa la palabra sacrificio, pues sacrificar, etimológicamente, es hacer algo sagrado. En cambio, al acto de ofrecer alguna cosa a Dios, sin practicar sobre ella acción alguna, es a lo que llamamos directamente oblación. En este sentido, se habla de ofrecer sobre el altar dinero o panes sin ningún rito especial. De esto se deduce que todo sacrificio es oblación; pero no toda oblación es sacrificio. Las primicias, pues, son oblaciones, porque, como leemos en Dt 26, se las ofrecía a Dios; pero no son sacrificios, ya que ningún rito sagrado se practicaba sobre ellas. Los diezmos, hablando con propiedad, no son ni sacrificios ni oblaciones, porque no se ofrecen inmediatamente a Dios, sino a los ministros del culto divino.
Artículo 4: ¿Están obligados todos a ofrecer sacrificios? lat
Objeciones por las que parece que no todos están obligados a ofrecer sacrificios.
1. Escribe el Apóstol (Rom 3,19): Cuanto dice la Ley, lo dice a los que están bajo la Ley. Pero la ley acerca de los sacrificios no se dio a todos, sino sólo al pueblo hebreo. Luego no todos están obligados a los sacrificios.
2. Los sacrificios se ofrecen a Dios para significar algo. Pero no todos entienden su significado. Luego no todos están obligados a ofrecer sacrificios.
3. A los sacerdotes se los llama sacerdotes por ofrecer sacrificios a Dios. Pero no todos son sacerdotes. Luego no todos están obligados a ofrecer sacrificios.
Contra esto: está el que la oblación de sacrificios es de ley natural, como ya queda dicho (a.1). Pero lo que es de ley natural obliga a todos. Luego todos están obligados a ofrecer sacrificios.
Respondo: Que son dos las clases de sacrificios, como antes se dijo (a.2). La primera y principal la constituye el sacrificio interior, que obliga a todos, pues todos están obligados a ofrecer a Dios un espíritu devoto. Consiste la segunda en el sacrificio exterior, que, a su vez, se subdivide en dos. Uno es el que tan sólo es laudable, porque con él ofrecemos algo exterior como testimonio de nuestra sumisión a Dios. A ofrecerlo están obligados, aunque de manera diferente, quienes viven bajo la ley nueva o la antigua y los que no están bajo la ley. En efecto, los que están bajo la ley están obligados a ofrecer determinados sacrificios conforme a los preceptos de la ley. En cambio, aquellos que no tenían ley ninguna estaban obligados a expresar con prácticas exteriores su deseo de honrar a Dios, tal como convenía que se hiciera entre las gentes con quienes vivían; pero no con estas u otras prácticas determinadas. El segundo sacrificio exterior es aquel en que se emplean los actos externos de las otras virtudes para honrar a Dios. De éstos, unos caen bajo precepto, y obligan a todos; otros, a los que no todos están obligados, son de supererogación.
A las objeciones:
1. No todos estaban obligados a aquellos sacrificios determinados que preceptuaba la Ley; pero sí lo estaban, como acabamos de decir, a ofrecer algunos sacrificios interiores o exteriores.
2. Aunque no todos conozcan claramente el valor del sacrificio, sí lo conocen implícitamente, del mismo modo que tienen fe implícita (q.2 a.6-8).
3. Los sacerdotes ofrecen, no sólo por sí mismos, sino también por los demás, los sacrificios que se ordenan especialmente al culto divino. En cambio, hay otros sacrificios que cualquiera puede ofrecer por sí mismo a Dios, como consta por lo dicho (sol.; a.2).