Corresponde a continuación tratar del acto externo de la fe. Sobre
este punto se formulan dos preguntas:
Artículo 1:
¿Es la confesión acto de fe?
lat
Objeciones por las que parece que la confesión no es acto de la
fe:
1. Un mismo acto no pertenece a diversas virtudes. Pero la confesión
pertenece a la penitencia, pues es parte de ella. No es, pues, acto de
la fe.
2. El hombre se retrae alguna vez de confesar la fe por
temor o también por vergüenza. Por eso pide el Apóstol que rueguen por
él para que pueda dar a conocer con valentía el misterio del
Evangelio (Ef 6,19). Ahora bien, el hecho de no desistir de hacer
el bien por vergüenza o por temor incumbe a la fortaleza, que modera
la audacia y el pavor. Luego parece que la confesión no es acto de la
fe, sino más bien de la fortaleza o de la constancia.
3. Además, del mismo modo que la fe fervorosa incita al hombre a
confesarla exteriormente, le incita también a hacer otras obras buenas
exteriores, según el testimonio del Apóstol: La fe actúa por la
caridad (Gál 5,6). Pero hay actos exteriores que no figuran como
actos de fe. Por lo tanto, tampoco la confesión.
Contra esto: está el testimonio de la Glosa, que, comentando las
palabras la obra de la fe con fortaleza (2 Tes 1,11),
escribe: esto es, la confesión, que es obra propia de la fe.
Respondo: Actos externos de una virtud son
propiamente los que de manera específica corresponden a los fines de
esa virtud; ayunar, por ejemplo, corresponde específicamente a la
abstinencia, que consiste en refrenar la carne, y por eso es acto
suyo. Pues bien, la confesión de fe se ordena específicamente como a
su fin a la misma fe, según afirma el Apóstol: Creemos teniendo el
mismo espíritu de fe, con el que además hablamos (2 Cor 4,13). En
efecto, la palabra externa está destinada a significar lo que concibe
la mente. Por lo tanto, como el concepto interior de la fe es acto
suyo propio, lo es también la confesión externa.
A las objeciones:
1. Hay tres formas de confesión
ensalzadas en la Escritura. Primera: la confesión de las cosas que son
de fe, y ésta es acto suyo propio, por estar relacionado, como
acabamos de decir, con su fin. Segunda: la acción de gracias o de
alabanza, que es el acto latréutico. Tiene por fin honrar externamente
a Dios, que es el fin del culto de latría. Tercera: la confesión de
los pecados. Está ordenada a borrar los pecados, fin de la penitencia,
y por eso pertenece a la penitencia.
2. La causa que quita o remueve
impedimentos no es causa propia, sino accidental, como prueba el
Filósofo en VIII Phys. Por eso, la fortaleza que
quita los obstáculos a la confesión de fe, es decir, el temor o la
vergüenza, no constituye su causa propia y directa; es como causa
accidental.
3. La fe interna causa por la
caridad todos los actos exteriores de las virtudes, no como elícitos,
sino como imperados: los realiza mediante estas otras virtudes. La
confesión, en cambio, la realiza como acto propio, sin
mediación de ninguna otra virtud.
Artículo 2:
¿Es necesaria la confesión de fe para la salvación?
lat
Objeciones por las que parece que la confesión de fe no es necesaria
para la salvación:
1. Parece que es suficiente para salvarse lo que lleva al fin de una
virtud. Ahora bien, el fin propio de la fe es la unión de la mente
humana con la verdad divina, cosa que se puede lograr incluso sin la
confesión externa de la fe. Por lo tanto, la confesión externa de la
fe no es necesaria para la salvación.
2. Por la confesión externa de la fe patentiza el hombre
ante los demás la fe que él tiene. Pero esto es necesario solamente en
aquéllos cuyo cometido es instruir a otros en la fe. No parece, pues,
que los sencillos (menores) estén obligados a confesar su
fe.
3. Además, no es necesario para la salvación lo que puede redundar en
escándalo y turbación de los demás, a tenor de las palabras del
Apóstol: "No deis escándalo ni a judíos, ni a griegos, ni a la
Iglesia de Dios" (1 Cor 10,32). Pues bien, la confesión externa de
la fe provoca, a veces, turbación en los gentiles. En consecuencia, la
confesión externa de la fe no es necesaria para la
salvación.
Contra esto: están las palabras del Apóstol: Con el corazón se cree
para la justicia, y con la boca se confiesa para la salvación (Rom
10,10).
Respondo: Lo necesario para la salvación cae
bajo precepto de la ley divina. Pues bien, como la confesión de fe es
algo afirmativo, no puede menos de caer bajo un precepto afirmativo.
De ahí que haya que considerarla entre las cosas necesarias para la
salvación, de la misma manera que puede caer bajo precepto positivo de
la ley divina. Ahora bien, los preceptos positivos, hemos expuesto
(1-2 q.71 a.5 ad 3; q.100 a.10), obligan siempre, aunque no en todo
momento. Es decir, obligan en su lugar, tiempo y demás circunstancias
que limitan el acto humano para ser virtuoso. En consecuencia, para
salvarse no es necesario confesar la fe ni siempre ni en todo lugar,
sino en lugares y tiempos determinados, es decir, cuando por omisión
de la fe se sustrajera el honor debido a Dios o la utilidad que se
debe prestar al prójimo; por ejemplo, si uno, interrogado sobre su fe,
callase y de ello se dedujera o que no tiene fe o que no es verdadera;
o que otros, por su silencio, se alejaran de ella. En casos como éstos
la confesión de fe es necesaria para la salvación.
A las objeciones:
1. El fin de la fe, como el de las
demás virtudes, debe ir orientado al de la caridad, que es amor a Dios
y al prójimo. Por eso, cuando lo pide el honor de Dios o la utilidad
del prójimo, no debe contentarse el hombre con unirse personalmente a
la verdad divina con su fe; debe confesarla exteriormente.
2. En caso de necesidad, cuando
corre peligro la fe, están todos obligados a predicarla, sea para
información, sea para confirmación de los fieles, sea para contener la
audacia de los infieles. En otros casos, el instruir en la fe no es
tarea de todos los fieles.
3. Si la perturbación de los
infieles es provocada por la confesión de fe manifestada sin utilidad
de ésta o de los fieles, no es laudable semejante confesión de fe. De
ahí las palabras del Señor: No deis a los perros lo que es santo ni
echéis vuestras perlas delante de los puercos, no sea que,
volviéndose, os despedacen (Mt 7,6). Pero si espera alguna
utilidad, debe el hombre confesar públicamente su fe, no importándole
la turbación de los infieles. Así respondió el Señor cuando le dijeron
los discípulos que los fariseos se habían escandalizado al oír sus
palabras: Dejadlos: son ciegos que guían a ciegos (Mt
15,14).