Suma teológica - Parte IIIa - Cuestión 68
Los que reciben el bautismo
Artículo 1: ¿Están obligados todos a recibir el bautismo? lat
Objeciones por las que parece que no todos están obligados a recibir el bautismo.
1. Cristo no ha estrechado la vía de la salvación a los hombres. Pero antes de la venida de Cristo los hombres podían salvarse sin el bautismo. Luego también después de la venida de Cristo.
2. El bautismo ha sido instituido principalmente como remedio del pecado original. Pero el que se bautizó, puesto que ya no tiene pecado original, no se ve cómo pueda transmitirlo a la prole. Luego los hijos de los bautizados no parece que hayan de ser bautizados.
3. El bautismo se da para que uno quede purificado del pecado mediante la gracia. Pero esto lo consiguen los que son santificados en el vientre materno sin el bautismo. Luego éstos no están obligados a recibir el bautismo.
Contra esto: se dice en Jn 3,5: El que no renazca del agua y del Espíritu no puede entrar en el reino de Dios. Y en el libro De ecclesiasticis dogmatibus se dice: Creemos que sólo para los bautizados hay un camino de salvación.
Respondo: Los hombres están obligados a todo aquello sin lo cual no pueden conseguir la salvación. Ahora bien, está claro que nadie puede conseguir la salvación más que por Cristo, por lo que el Apóstol en Rom 5,18 dice: Como por el delito de uno solo llegó la condenación a todos los hombres, así por la justicia de uno solo llega a todos los hombres la justificación de la vida. Pero el bautismo se da precisamente para esto, para que el hombre regenerado por Cristo se incorpore a él y se convierta en un miembro suyo; por lo que se dice en Gal 3,17: Los que habéis sido bautizados en Cristo, os habéis revestido de él. Luego es claro que todos están obligados a recibir el bautismo y que sin él no hay salvación para los hombres.
A las objeciones:
1. Nunca pudieron salvarse los hombres, ni siquiera antes de Cristo, sin convertirse en miembros de Cristo, porque, como se dice en Act 4,12: No se nos ha dado otro nombre a los hombres por el que podamos salvarnos. Pero antes de la venida de Cristo, los hombres eran incorporados a Cristo por la fe en su futura venida, de cuya fe era signo la circuncisión, como dice el Apóstol en Rom 4,11. Y antes de que fuese instituida la circuncisión, los hombres se incorporaban a Cristo, según dice San Gregorio, por la fe, testimoniada por los antiguos padres en la oblación de sacrificios. Pero después de la venida de Cristo, también los hombres se incorporan a Cristo por la fe, según aquello de Ef 3,17: que Cristo habite por la fe en vuestros corazones. No obstante, para manifestar la fe en una cosa presente se emplea un signo diferente del que se empleaba para manifestarla como futura, como también son diversas las palabras para significar el presente, el pasado y el futuro. Por eso, aunque el sacramento tal del bautismo no fuera siempre necesario para la salvación, la fe, de la que el bautismo es sacramento, siempre fue necesaria.
2. Como se dijo en la Segunda Parte (1-2, q.81 a.3 ad 3), los que se bautizan son renovados por el bautismo según el espíritu, mientras que el cuerpo permanece sometido a la vetustez del pecado, según aquello de Rom 8,10: El cuerpo está muerto por el pecado, pero el espíritu vive por la justicia. Por donde San Agustín deduce en VI Contra Julianum que en el hombre no se bautiza todo lo que hay en él. Ahora bien, es claro que el hombre, en la generación carnal, no engendra según el espíritu, sino según la carne. Y, por eso, los hijos de los bautizados nacen con el pecado original. Por lo que necesitan ser bautizados.
3. Los que son santificados en el seno materno consiguen, ciertamente, la gracia purificadora del pecado original, pero no por eso reciben el carácter que les configura a Cristo. Y, por eso, si alguno fuese santificado en el vientre de su madre actualmente, debería ser bautizado para que, recibiendo el carácter, quede conformado a los demás miembros de Cristo.
Artículo 2: ¿Puede salvarse alguien sin el bautismo? lat
Objeciones por las que parece que sin el bautismo nadie se puede salvar.
1. El Señor dice en Jn 3,5: Quien no renazca del agua y del Espíritu no puede entrar en el reino de Dios. Pero solamente se salvan los que entran en el reino de Dios. Luego nadie puede salvarse sin el bautismo, con el que uno es regenerado por el agua y el Espíritu Santo.
2. En el libro De ecclesiasticis dogmatibus se dice: Creemos que ningún catecúmeno ha conseguido la vida eterna, aunque haya muerto en estado de buenas obras, excepción hecha del martirio, donde llegan a plenitud todos los sacramentales del bautismo. Ahora bien, si algunos pudiesen salvarse sin el bautismo, éstos deberían ser los catecúmenos de buenas costumbres, los cuales parecen tener la fe que obra por la caridad (Gal 5,6). Luego parece que sin el bautismo nadie se puede salvar.
3. Como anteriormente se ha dicho (a.1; q.65 a.4), el sacramento del bautismo es necesario para la salvación. Ahora bien, necesario es aquello sin lo cual una cosa no puede existir, como se dice en V Metaphys.. Luego parece que sin el bautismo nadie puede conseguir la salvación.
Contra esto: dice San Agustín en Super Levit.: Algunos recibieron y les aprovechó la santificación invisible sin los sacramentos visibles. Mas la santificación visible, que tiene lugar por el sacramento visible, puede recibirse sin la invisible, pero no aprovecha. Y, puesto que el sacramento del bautismo pertenece a la santificación visible, parece que sin el sacramento del bautismo es posible conseguir la salvación por la santificación invisible.
Respondo: A uno le puede faltar el sacramento del bautismo de dos maneras. Una, de hecho y de propósito, como ocurre a los que ni están bautizados ni quieren bautizarse. Esta actitud, en los que tienen uso de razón, supone desprecio del sacramento. Por eso, aquellos a quienes les falta el bautismo de esta manera, no pueden conseguir la salvación, porque ni sacramental ni intencionalmente se incorporan a Cristo, por quien únicamente viene la salvación.

Otra, a uno le puede faltar el sacramento del bautismo de hecho pero no de propósito, como es el caso de quien desea recibir el bautismo pero inopinadamente es sorprendido por la muerte antes de recibirlo. Este puede conseguir la salvación sin el bautismo de hecho, por el deseo del bautismo, un deseo que procede de la fe que actúa por la caridad, por la que el hombre es santificado interiormente por Dios, cuyo poder no está limitado a los sacramentos. Por eso dice San Ambrosio a Valentiniano, muerto cuando era todavía catecúmeno: Yo perdí al que había de regenerar, pero él no perdió la gracia que había solicitado.

A las objeciones:
1. En 1 Re 16,7 se lee: Los hombres miran las apariencias, pero Dios penetra el corazón. Ahora bien, quien desea ser regenerado por el agua y el Espíritu Santo en el bautismo, está ya regenerado en el corazón, aunque no lo esté en el cuerpo; y en este sentido dice el Apóstol en Rom 2,29 que la verdadera circuncisión, la del corazón, es según el Espíritu, y no según la letra, cuya alabanza viene no de los hombres, sino de Dios.
2. Nadie puede entrar en la vida eterna si no está absuelto de toda culpa y del reato de la pena. Esta absolución general se consigue por el bautismo y por el martirio, por lo que se dice que en el martirio llegan a plenitud todos los sacramentales del bautismo, o sea, la total liberación de la culpa y de la pena. Luego si muere un catecúmeno con deseo del bautismo (de otra manera no moriría en estado de buenas obras, que no se pueden hacer sin la fe que actúa por la caridad) no entra seguidamente en la vida eterna, sino que sufrirá la pena de sus pecados pasados, aunque se salvará, pero como quien pasa a través del fuego, como se dice en 1 Cor 3,15.
3. Se dice que el sacramento del bautismo es necesario para la salvación porque el hombre no se puede salvar si no tiene al menos deseo de recibirlo, el cual cuenta para Dios como realizado.
Artículo 3: ¿Debe diferirse el bautismo? lat
Objeciones por las que parece que el bautismo debe diferirse.
1. Dice el papa San León Magno: Dos épocas, Pascua y Pentecostés, han sido constituidas por el Romano Pontífice como tiempos legítimos de administrar el bautismo. Por tanto, os exhortamos a que no señaléis otros días para esta práctica. Luego parece que no se puede bautizar inmediatamente, sino que debe diferirse el bautismo hasta los días señalados.
2. En las Actas del Concilio Agatense se lee: Los judíos, cuya perfidia conduce frecuentemente al vómito, si quisieran convertirse a las leyes católicas, que permanezcan a las puertas de la Iglesia durante ocho meses entre los catecúmenos, si se ve que vienen de buena fe; solamente entonces reciban la gracia del bautismo. Luego no se ha de bautizar a los hombres inmediatamente, sino que se ha de diferir su bautismo hasta un cierto tiempo.
3. En Is 27,9 se dice: Este es todo el fruto, que desaparezca el pecado. Pero parece que se quita mejor el pecado, o al menos disminuye, si se difiere el bautismo. En primer lugar, porque los que pecan después del bautismo pecan más gravemente, según aquello de Heb 10,29: ¿De cuánto mayor castigo pensáis que será digno quien despreció la sangre en que fue santificado, o sea, por el bautismo? En segundo lugar, porque el bautismo quita los pecados pretéritos, pero no los futuros. Por lo que cuanto más se difiera el bautismo, tantos más pecados quitará. Luego parece que el bautismo debe diferirse largo tiempo.
Contra esto: se dice en Eclo 5,8: No tardes en convertirte al Señor, y no lo difieras de un día para otro. Pero la perfecta conversión a Dios es la de aquellos que son regenerados en Cristo por el bautismo. Luego no debe diferirse el bautismo de un día para otro.
Respondo: Aquí es preciso distinguir si los bautizados son niños o adultos. Porque si son niños no debe diferirse el bautismo. Primero, porque no se puede esperar de ellos una mayor instrucción o una conversión más plena. Segundo, ya que a ellos no se les puede auxiliar con otro remedio más que con el sacramento del bautismo.

Los adultos, en cambio, pueden salvarse con el solo deseo del bautismo, como acabamos de decir (a.2). Y, por eso, a los adultos no se les debe conferir el sacramento del bautismo inmediatamente después de convertirse, sino que conviene diferirlo por un cierto tiempo. En primer lugar, por cautela de la Iglesia, no sea que se vea defraudada confiriéndolo a los que lo piden fingidamente, según las palabras de 1 Jn 4,1: No os fiéis de cualquier espíritu, sino examinad si los espíritus vienen de Dios. Ahora bien, se tiene una prueba de aquellos que piden el bautismo cuando se examinan por un cierto tiempo su fe y sus costumbres. En segundo lugar, esta espera es necesaria para el bien de los mismos que se bautizan, porque tienen necesidad de un espacio de tiempo para ser bien instruidos en la fe, y para que se vayan ejercitando en la práctica de la vida cristiana. En tercer lugar, esta dilación es necesaria para mover a una cierta veneración al sacramento, ya que son admitidos los hombres al bautismo en las solemnidades más importantes, o sea, en Pascua y Pentecostés, con lo que recibirán el sacramento con mayor devoción.

Esta dilación, no obstante, deberá omitirse en dos ocasiones. Primera, cuando los bautizandos están perfectamente instruidos en la fe y preparados para recibir el bautismo: así fue el caso de Felipe, que bautizó seguidamente al eunuco, según se dice en Act 8,36ss; y el de Pedro, que bautizó a Cornelio y a los que estaban con él, como se dice en Act 10,47.48. Segunda, por enfermedad o cualquier otro peligro de muerte, por lo que el papa León 1 escribe: Aquellos que se encuentran en peligro de muerte por enfermedad, asedio, persecución y naufragio deben ser bautizados en cualquier tiempo.

No obstante, si a alguno le sorprende la muerte sin poder recibir el bautismo de urgencia, mientras espera el tiempo establecido por la Iglesia, se salva, aunque atravesando fuego, como se ha dicho antes (a.2 ad 2). Pero peca quien difiere el bautismo más tiempo del establecido por la Iglesia, a no ser en caso necesario y con la licencia de los prelados de la Iglesia. Pero también este pecado puede perdonarse con los otros por una posterior contrición, que hace las veces del bautismo, como se dijo más arriba (q.66 a.11).

A las objeciones:
1. El mandato del papa San León acerca de dos tiempos para el bautismo ha de entenderse excepto el caso de peligro de muerte (que en los niños siempre es de temer), como se ha dicho (c.).
2. Esa norma relativa a los judíos ha sido establecida por la Iglesia de modo cautelar para no dañar la fe de la gente sencilla, en caso de que ésta no estuviese plenamente convertida. Y, sin embargo, como allí mismo se añade, si durante el tiempo determinado incurriesen en algún peligro de enfermedad, deben ser bautizados.
3. El bautismo, por la gracia que confiere, no sólo quita los pecados pasados, sino que también impide que se cometan pecados en el futuro. Y esto es lo más importante: que los hombres no pequen. Y es, en realidad, secundario el que pequen más levemente o que sean perdonados sus pecados, según la advertencia de 1 Jn 2,1-2: Hijos míos, os escribo estas cosas para que no pequéis. Pero si alguno peca, tenemos un abogado ante el Padre: Jesucristo, el justo. El es propiciación por nuestros pecados.
Artículo 4: ¿Han de ser bautizados los pecadores? lat
Objeciones por las que parece que los pecadores han de ser bautizados.
1. Se dice en Zac 13,1: Aquel día habrá una fuente abierta en favor de la casa de David y de los habitantes de Jerusalén para la purificación de los pecados y de la inmundicia. Y esto se refiere a la fuente bautismal. Por tanto, el sacramento del bautismo debe darse también a los pecadores.
2. El Señor dice en Mt 9,12: No tienen necesidad de médico los sanos, sino los enfermos. Pero aquí los enfermos son los pecadores. Luego, puesto que el bautismo es la medicina de este médico espiritual, que es Cristo, parece que a los pecadores se les ha de dar el sacramento del bautismo.
3. No debe negarse ningún auxilio a los pecadores. Pero los pecadores bautizados encuentran una ayuda espiritual en el mismo carácter bautismal, que es una disposición para la gracia. Luego parece que se ha de dar el sacramento del bautismo a los pecadores.
Contra esto: dice San Agustín: El que te creó sin ti no te salvará sin ti. Pero el pecador, puesto que no tiene la voluntad bien dispuesta, no coopera con Dios. Luego inútilmente se le da el bautismo para la justificación.
Respondo: Se puede decir que alguien es pecador en dos sentidos. Primero, por la mancha y el reato de la culpa pasada. Y a estos pecadores se les ha de dar el bautismo, porque el bautismo ha sido instituido especialmente para eso, para que por él queden purificadas las inmundicias de los pecadores, según la expresión de Ef 5,26: Purificándola, o sea, a la Iglesia, en el baño del agua con la palabra de vida.

Segundo, se puede decir que alguien es pecador por su voluntad de pecar y por su propósito de persistir en el pecado. Y a éstos no se les ha de dar el bautismo. En primer lugar, porque mediante el bautismo los hombres quedan incorporados a Cristo, conforme a las palabras de Gal 3,27: Los que habéis sido bautizados en Cristo, os habéis revestido de Cristo. Y mientras que el hombre persiste en la voluntad de pecar, no puede estar unido a Cristo, como se dice en 2 Cor 6,14: ¿Qué consorcio hay entre la justicia y la iniquidad? Por lo que también San Agustín, en su libro De Poenitentia, dice que nadie que sea dueño de su propia voluntad puede comenzar una vida nueva si no se arrepiente de la vida pasada. En segundo lugar, porque en las obras de Cristo y de la Iglesia nada debe ser inútil. Ahora bien, algo es inútil cuando no consigue el fin para el que ha sido destinado. Pero nadie que persista en la voluntad de pecar puede, al mismo tiempo, ser purificado del pecado, que es a lo que está destinado el bautismo, porque esto equivale a afirmar al mismo tiempo dos cosas contradictorias. En tercer lugar, porque en los signos sacramentales no debe haber falsedad. Ahora bien, es signo falso aquel al que no corresponde la cosa significada. Pero el hecho de que una persona se presente para ser lavada en el bautismo significa que está dispuesta a la ablución interior, lo que no ocurre con quien tiene propósito de persistir en el pecado. De donde se concluye que a estos pecadores no se les puede dar el sacramento del bautismo.

A las objeciones:
1. Este texto se refiere a los pecadores que tienen voluntad de apartarse del pecado.
2. El médico espiritual, o sea, Cristo, actúa de dos modos. Uno, interiormente y por sí mismo, y de este modo predispone la voluntad del hombre para que quiera el bien y odie el mal. Otro, a través de sus ministros, administrando externamente los sacramentos. Y de este modo actúa perfeccionando lo que se ha comenzado externamente. Por lo que el sacramento del bautismo no se ha de dar más que a quien manifiesta signos de conversión interior. De la misma manera que la medicina corporal tampoco se da al enfermo si en él no se perciben signos de vida.
3. El bautismo es el sacramento de la fe. Pero la fe informe no basta para la salvación ni es su fundamento, sino sólo la fe formada, es decir, la fe que actúa por la caridad, como dice San Agustín en su libro De Fide et Operibus. Por donde se deduce que el sacramento del bautismo no puede otorgar la salvación con voluntad de pecar, la cual excluye la fe formada. Además, no se ha de disponer una persona a la gracia, imprimiendo en ella el carácter bautismal, mientras permanece en ella la voluntad de pecar, porque, como dice San Juan Damasceno, Dios no fuerza a nadie a la virtud.
Artículo 5: ¿Se les ha de imponer obras satisfactorias a los pecadores bautizados? lat
Objeciones por las que parece que a los pecadores bautizados se les ha de imponer obras satisfactorias.
1. Es propio de la justicia divina castigar a cada cual por cada uno de sus pecados, de acuerdo con lo dicho en Eclo 12,14: Dios convocará a juicio a cada una de las cosas que se hacen. Pero a los pecadores se les imponen obras satisfactorias como pena por los pecados pasados. Luego parece que a los pecadores bautizados se les ha de imponer obras satisfactorias.
2. Con las obras satisfactorias los pecadores neoconvertidos se ejercitan en la virtud y se apartan de las ocasiones de pecar, porque satisfacer es destruir las causas de los pecados y dificultar la recaída en ellos. Pero esto es sumamente necesario a los recién bautizados. Luego parece que se les han de imponer a los bautizados obras satisfactorias.
3. Dar satisfacción a Dios no es menos obligatorio para el hombre que dar satisfacción al prójimo. Ahora bien, a los recién bautizados se les impone la satisfacción al prójimo, si en algo lesionaron sus derechos. Luego también se les ha de imponer la satisfacción a Dios con obras de penitencia.
Contra esto: comentando la frase de Rom 11,29: los dones y la vocación de Dios son irrevocables, dice San Ambrosio: La gracia de Dios en el bautismo no requiere gemidos ni llantos ni ninguna otra obra, sino solamente fe, y todo se condona gratuitamente.
Respondo: Como dice el Apóstol en Rom 6,3-4: Todos los que hemos sido bautizados en Cristo Jesús hemos sido bautizados para participar en su muerte. Hemos sido sepultados con él por el bautismo para participar de su muerte. De tal manera que el hombre, por el bautismo, queda incorporado a la misma muerte de Cristo. Ahora bien, por lo que se ha dicho más arriba (q.48 a.2.4; q.49 a.3), es claro que la muerte de Cristo es suficientemente satisfactoria por los pecados, no sólo por los nuestros, sino por los de todo el mundo, como se dice en 1 Jn 2,2. Por lo que, a quien se bautiza, no hay que imponerle ninguna satisfacción por ninguno de los pecados que tenga, ya que esto constituiría una injuria a la pasión y muerte de Cristo, y como dar a entender que esta muerte no habría sido suficiente para satisfacer plenamente por los pecados de los que se bautizan.
A las objeciones:
1. Como dice San Agustín en su libro De Baptismo Parvulorum: El bautismo sirve para que los que se bautizan se incorporen a Cristo como miembros suyos. Por eso, la pasión de Cristo fue satisfactoria por los pecados de los que se bautizan, como el sufrimiento de un miembro puede satisfacer por el pecado de otro miembro. Por lo que en Is 53,4 se dice: Eran nuestras enfermedades las que él llevaba, y nuestros dolores los que soportaba.
2. Los recién bautizados tienen que ejercitarse en la virtud no por obras penales, sino por obras más fáciles, como si fuesen promovidos por una especie de leche de fácil digestión a cosas más perfectas, como dice la Glosa, comentando aquello del Sal 130,2: Como un niño destetado en el regazo de su madre. Por eso el Señor excusó del ayuno a sus discípulos cuando hacía poco que se habían convertido, como consta en Mt 9,14ss. Y esto es lo que se dice en 1 Pe 2,2: Como niños recién nacidos, apeteced la leche espiritual afín de que crezcáis con ella para la salvación.
3. Restituir lo que se ha quitado al prójimo y satisfacer por las injurias inferidas es abandonar el pecado, porque el hecho mismo de retener lo ajeno y no restituir al prójimo es ya pecado. Y por eso, se ha de imponer a los pecadores bautizados que satisfagan al prójimo, lo mismo que se les impone que dejen de pecar. Pero no se les ha de imponer ninguna pena para satisfacer por los pecados pasados.
Artículo 6: ¿Están obligados a confesar sus pecados los pecadores que se acercan al bautismo? lat
Objeciones por las que parece que los pecadores que se acercan al bautismo están obligados a confesar sus pecados.
1. Se dice en Mt 3,6 que muchos eran bautizados por Juan en el Jordán confesando sus pecados. Pero el bautismo de Cristo es más perfecto que el bautismo de Juan. Luego parece que con mayor motivo los que han de ser bautizados con el bautismo de Cristo tengan que confesar sus pecados.
2. En Prov 28,13 se dice: El que oculta sus pecados no prosperará, pero el que los confiesa y se enmienda alcanzará misericordia. Pero algunos se bautizan precisamente para esto, para conseguir misericordia de sus pecados. Luego los bautizados tienen que confesar sus pecados.
3. La penitencia es un requisito para el bautismo, según el texto de Act 2,38: Haced penitencia y que cada uno de vosotros se haga bautizar. Pero la confesión es parte de la penitencia. Luego parece que antes de recibir el bautismo se requiere la confesión de los pecados.
Contra esto: la confesión de los pecados debe hacerse con lágrimas, como dice San Agustín en su libro De Poenitentia I Cada una de esta clase de pecados debe ser considerada y llorada. Pero, como dice San Ambrosio, la gracia de Dios en el bautismo no requiere gemidos ni llantos. Luego a los bautizandos no se les ha de exigir la confesión de los pecados.
Respondo: Hay una doble confesión de los pecados. Una, interior, que se hace a Dios. Y esta confesión de los pecados se requiere antes del bautismo, de tal manera que el hombre, reconociendo sus propios pecados, se duela de ellos, porque no puede comenzar una nueva vida si no se arrepiente de la vida pasada, como dice San Agustín en su libro De Poenitentia.

La otra confesión de los pecados es exterior, y se hace al sacerdote. Pues bien, esta confesión no se requiere antes del bautismo. En primer lugar, porque esta confesión, puesto que hace entrar en causa la persona del ministro, pertenece al sacramento de la penitencia, que no se requiere antes del bautismo, que es la puerta de los otros sacramentos. En segundo lugar, porque la confesión exterior, que se hace al sacerdote, tiene por finalidad que el sacerdote absuelva al penitente de sus pecados y le someta a unas obras de satisfacción que no se han de imponer a los bautizados, como se ha dicho antes (a.5). Y tampoco los bautizados tienen necesidad de que sus pecados sean perdonados a través de las llaves de la Iglesia, porque el bautismo les perdona todos. En tercer lugar, porque la misma confesión privada hecha a un hombre es penosa por la vergüenza que origina en el que se confiesa. Ahora bien, al bautizado no se le pone ninguna pena externa. Y, por eso, no se requiere que los que se bautizan hagan confesión especial de sus pecados, sino que es suficiente la confesión general que tiene lugar, según el rito de la Iglesia, cuando renuncian a Satanás y a todas sus obras. Y en este sentido dice una Glosa de Mt 3,6 que en el bautismo de Juan se da a los bautizados un ejemplo de confesión de los pecados y de promesa de un comportamiento mejor.

No obstante, si alguno de los bautizados, movido por devoción, quisiera hacer confesión de sus pecados, debe oírse esta confesión no para imponerle una satisfacción, sino para orientarle en la vida espiritual contra sus pecados habituales.

A las objeciones:
1. El bautismo de Juan no perdonaba los pecados, sino que era un bautismo de penitencia, Mc 1,4. Por tanto, era conveniente que quienes se acercaban a recibirlo confesasen sus pecados para imponerles una penitencia adecuada. Pero el bautismo de Cristo no requiere penitencia externa, como dice San Ambrosio. Luego no son comparables los dos bautismos.
2. A los bautizados les basta la confesión interior, hecha a Dios, y la exterior general para ser orientados y recibir misericordia, y no se requiere que hagan confesión especial exterior, como se ha dicho (c.).
3. La confesión es una parte de la penitencia sacramental, que no se requiere para el bautismo, como se ha dicho (c.). Pero sí que se requiere la virtud de la penitencia interior.
Artículo 7: ¿Se requiere, por parte del bautizando, la intención de recibir el sacramento del bautismo? lat
Objeciones por las que parece que por parte del bautizando no se requiere la intención de recibir el sacramento del bautismo.
1. En este sacramento el bautizando adopta una actitud pasiva. Ahora bien, la intención es requerida no por parte del receptor, sino por parte del agente. Luego parece que por parte del bautizando no se requiere la intención de recibir el bautismo.
2. Si se omite lo que es indispensable para el bautismo, esa persona debe ser bautizada de nuevo, como cuando se omite la invocación de la Santísima Trinidad, según se dijo (q.66 a.6 s.q.; a.9 ad 3). Pero por falta de intención de recibir el bautismo no parece que nadie haya de ser rebautizado. Si así fuera, puesto que la intención es indemostrable, cualquiera podría pedir el bautismo de nuevo por falta de intención. Luego no parece que se requiera la intención por parte del bautizando de recibir el bautismo.
3. El bautismo se da contra el pecado original. Pero el pecado original se contrae sin la intención del que nace. Luego el bautismo, por lo que se ve, no requiere intención por parte del bautizando.
Contra esto: los bautizandos piden a la Iglesia el bautismo, según el ritual de la Iglesia. Con esto expresan su intención de recibir el sacramento.
Respondo: Por el bautismo uno muere a su vida anterior de pecado y comienza una vida nueva, según el texto de Rom 6,4: Hemos sido sepultados con Cristo por el bautismo para participar en su muerte, para que, como él resucitó de entre los muertos, también nosotros vivamos una vida nueva. Por eso, como para morir a la vida pasada se requiere, según San Agustín, en quien tiene uso de razón, voluntad de arrepentirse de su vida anterior, del mismo modo se requiere voluntad de emprender una vida nueva, cuyo principio es la recepción del sacramento. Por lo que, por parte del bautizando, se requiere voluntad o intención de recibir el sacramento.
A las objeciones:
1. En la justificación obtenida por el bautismo no hay pasividad coaccionada, sino voluntaria. Y, por eso, se requiere la intención de recibir lo que se da.
2. Si en el adulto ha faltado la intención de recibir el sacramento, debe ser bautizado de nuevo. Sin embargo, si esto no constase, debe decirse: Si no estás bautizado, yo te bautizo.
3. El bautismo está destinado no sólo contra el pecado original, sino también contra los pecados actuales que voluntaria e intencionadamente se cometen.
Artículo 8: ¿Se requiere la fe por parte del bautizando? lat
Objeciones por las que parece que por parte del bautizando se requiere la fe.
1. El sacramento del bautismo ha sido instituido por Cristo. Pero Cristo, al entregarnos la forma del bautismo, presupone la fe cuando dice: El que creyere y se bautizare, se salvará. Luego parece que si no hay fe, no puede haber sacramento del bautismo.
2. Nada se hace en los sacramentos de la Iglesia que no tenga sentido. Pero, según el rito de la Iglesia, quien se acerca al bautismo es interrogado acerca de su fe cuando se le dice: ¿Crees en Dios Padre todopoderoso? Luego parece que se requiere la fe para el bautismo.
3. Para recibir el sacramento del bautismo se requiere la intención de recibirle. Pero no puede haber recta intención si no hay verdadera fe, ya que, como dice San Agustín en I De Baptismo Parvulorum, por él quedan incorporados los hombres a Cristo, incorporación que no podría realizarse sin la verdadera fe, según la frase de Ef 3,17: que habite Cristo en vuestros corazones por la fe. Luego parece que quien no tenga la verdadera fe no puede recibir el sacramento del bautismo.
4. Y todavía más: la infidelidad es un pecado gravísimo, como se demostró en la Segunda Parte (1-2, q.10 a.3). Pero los que persisten en el pecado no han de ser bautizados. Luego tampoco los que persisten en la infidelidad.
Contra esto: dice San Gregorio escribiendo al obispo Quirico: Hemos aprendido desde la antigua tradición de los padres que los que son bautizados por los herejes en nombre de la Trinidad, al volver a la santa Iglesia, deben ser acogidos en su seno maternal con una unción crismal o con una imposición de manos o con la sola profesión de fe. Ahora bien, esto no sucedería si la fe fuese un requisito indispensable para recibir el bautismo.
Respondo: Como queda bien patente por lo dicho (q.63 a.6; q.66 a.9), el bautismo produce en el alma un doble efecto, o sea, el carácter y la gracia. Luego, de dos modos se requiere una cosa para el bautismo. Primero, cuando sin ella no se puede recibir la gracia que es el último efecto del sacramento. Y en este sentido, se requiere para el bautismo indispensablemente la verdadera fe, ya que se dice en Rom 3,22: La justicia de Dios se obtiene por la fe en Jesucristo.

Segundo, para el bautismo se requiere una cosa indispensablemente cuando sin ella no se puede imprimir el carácter. Y en este sentido no es requisito indispensable para el bautismo la verdadera fe del bautizando, como tampoco lo es la verdadera fe del que bautiza, con tal de que se cumplan en la realización del sacramento todos los demás requisitos. Porque la eficacia del bautismo no depende de la justicia del hombre que le administra ni de la justicia del hombre que le recibe, sino del poder de Dios.

A las objeciones:
1. El Señor habla así del bautismo en cuanto que conduce a los hombres a la salvación por la gracia justificante, la cual no se puede obtener sin la verdadera fe. Por eso puntualiza: el que creyere y se bautizare se salvará.
2. La Iglesia quiere bautizar a los hombres para que se queden purificados de sus pecados, según la frase de Is 27,9: éste será todo el fruto, que desaparezca el pecado. Por eso, en lo que depende de ella, no quiere dar el bautismo más que a los que tienen la fe verdadera, sin la cual no hay remisión de los pecados. Este es el motivo de que pregunte a los bautizandos si creen. Pero si alguien, sin la fe verdadera, recibe el bautismo fuera de la Iglesia, no le aprovecharía para la salvación. Por lo que dice San Agustín: A la Iglesia se la compara con el paraíso para indicar que los hombres pueden recibir su bautismo también fuera de ella, pero la salvación nadie puede recibirla o tenerla fuera de ella.
3. Uno que no tenga verdadera fe acerca de los otros artículos del credo, puede tener verdadera fe acerca del sacramento del bautismo, hecho que no le impediría poder tener intención de recibir el sacramento del bautismo. Y, aunque su error se extienda a este sacramento, basta para recibirlo la intención general de recibirlo como Cristo lo instituyó y como la Iglesia lo administra.
4. De la misma manera que no debe darse el sacramento del bautismo a quien no quiere apartarse de los otros pecados, así tampoco se le debe dar a quien no quiere abandonar la infidelidad. Uno y otro, sin embargo, reciben el sacramento si se les administra, aunque nada les aprovecha para la salvación.
Artículo 9: ¿Han de ser bautizados los niños? lat
Objeciones por las que parece que los niños no han de ser bautizados.
1. Como se acaba de decir (a.7), en el que se bautiza se requiere la intención de recibir el bautismo. Pero los niños no pueden tener esta intención por no tener uso de razón. Luego parece que los niños no pueden recibir el sacramento del bautismo.
2. Como ya se ha dicho anteriormente (a.4 ad 3; q.39 a.5; q.66 a.1 ad 1), el bautismo es el sacramento de la fe. Pero los niños no tienen fe, ya que ésta reside en la voluntad de los que creen, como dice San Agustín en Super lo.. Pero tampoco puede decirse que se salven por la fe de los padres, porque los padres, a veces, son infieles, con lo que su infidelidad más bien les dañaría.
3. En 1 Pe 3,21 se dice que el bautismo salva a los hombres no quitando la suciedad del cuerpo, sino examinando ante Dios la buena conciencia. Pero los niños no tienen conciencia, ni buena ni mala, por no tener uso de razón, ni tampoco se les puede examinar, puesto que no entienden. Luego los niños no deben ser bautizados.
Contra esto: dice Dionisio en el último capítulo de Eccl. Hier.: Nuestros divinos guías, o sea, los Apóstoles, aprobaron el bautismo de los niños.
Respondo: Como dice el Apóstol en Rom 5,17: Si por la transgresión de uno solo, o sea, por Adán, reinó la muerte, mucho más los que reciben la abundancia de la gracia y el don de la justicia reinarán en la vida por obra de uno solo, Jesucristo. Ahora bien, los niños contraen el pecado original del pecado de Adán. Y esto se prueba por el hecho de que están sujetos a la muerte, que se transmitió a todos, por el pecado del primer hombre, como el Apóstol dice allí mismo (v.12). Luego con mayor razón pueden recibir los niños la gracia de Cristo para reinar en la vida eterna. El mismo Señor dice en Jn 3,5: el que no renazca del agua y del Espíritu no puede entrar en el reino de Dios. Por tanto, se hizo necesario bautizar a los niños para que, como naciendo incurren en la condena por vía de Adán, así renaciendo consigan la salvación a través de Cristo.

Se hizo conveniente también bautizar a los niños para que, alimentados desde la infancia con las cosas de la vida cristiana, perseveren en ella con más entereza, conforme a las palabras de Prov 22,6: Instruye al niño al empezar su camino, que luego, de viejo, no se apartará de él. Y ésta es la razón que da Dionisio en Ecclesiasticae hierarchiae.

A las objeciones:
1. La regeneración espiritual, que tiene lugar en el bautismo, es en cierto modo semejante al nacimiento carnal en el sentido siguiente: como los niños cuando están en el útero materno no se alimentan por sí mismos, sino que se nutren del sustento de la madre, así también los niños, que no tienen uso de razón y que están como en el útero de la madre Iglesia, no reciben la salvación de ellos mismos, sino de la Iglesia. Por lo que San Agustín dice en I Depeccatorum mentis et remissione: La madre Iglesia ofrece a los niños su boca maternal para que sean instruidos en los santos misterios, ya que no pueden todavía por su propia voluntad creer para la justicia, ni proclamar la fe con su boca para la salvación. Ahora bien, si por este motivo se les llama correctamente fieles, porque en cierto modo proclaman su fe por boca de sus padrinos, ¿por qué no se les ha de considerar también como penitentes cuando por boca de los mismos padrinos renuncian al demonio y a este mundo? Y por la misma razón, puede decirse de ellos que tienen intención, no por un acto propio, puesto que ellos a veces se resisten y lloran, sino por la acción de quienes les presentan.
2. Dice San Agustín escribiendo a Bonifacio: Son presentados los niños para recibir la gracia espiritual no tanto por aquellos que les llevan en brazos (aunque también por ellos si son buenos fieles) cuanto por toda la sociedad de los santos y de los fieles. Se entiende, pues, que son presentados por todos aquellos que se alegran de que sean presentados por cuya caridad son asociados a la comunión del Espíritu Santo. Sin embargo, la infidelidad de los propios padres, aunque después del bautismo intenten iniciarles en los sacrificios de los demonios, no daña a los niños. Porque, como ahí mismo dice San Agustín: El niño es engendrado una sola vez por la voluntad de otros. Después no puede ser atado con el vínculo de la iniquidad ajena si no consiente en ello por su propia voluntad, conforme a las palabras de Ez 18,4: «La vida del padre es mía, lo mismo que la del hijo. El que peque es quien morirá». Pero por eso contrajo de Adán lo que es borrado con la gracia de este sacramento, porque su alma no era todavía un ser vivo independiente. Sin embargo, la fe de una persona, incluso de toda la Iglesia, beneficia al niño por obra del Espíritu Santo, que da unidad a la Iglesia y comunica los bienes de uno a otro.
3. De la misma manera que el niño, cuando se bautiza, no cree por sí mismo, sino que cree a través de otros, así es interrogado no personalmente, sino a través de otros, y los interrogados confiesan la fe de la Iglesia en nombre del niño, quien se incorpora a esta fe por el sacramento de la fe. Y en lo que se refiere a la buena conciencia, el niño la consigue también en sí mismo no de modo actual, sino habitualmente por la gracia justificante.
Artículo 10: Los niños de los judíos o de los infieles, ¿han de ser bautizados contra la voluntad de sus padres? lat
Objeciones por las que parece que los niños de los judíos o de otros infieles han de ser bautizados contra la voluntad de sus padres.
1. Al hombre se le ha de proteger más contra el peligro de la muerte eterna que contra el peligro de la muerte temporal. Pero habría que socorrer a un niño en peligro de muerte temporal aunque por maldad sus padres se opusieran. Luego con mayor razón se debe proteger a los niños hijos de infieles contra el peligro de la muerte eterna, incluso contra la voluntad de sus padres.
2. Los hijos de los esclavos son esclavos y sometidos a la potestad de sus señores. Pero los judíos son esclavos de reyes y príncipes, lo mismo que los demás infieles. Luego pueden los príncipes, inmunes de toda injuria, hacer bautizar a los hijos de los judíos o de otros esclavos infieles.
3. Cualquier hombre es más de Dios, de quien ha recibido el alma, que del padre carnal, de quien recibió el cuerpo. No será, pues, injusto sustraer los niños de los infieles a sus padres carnales, y consagrarles a Dios por el bautismo.
Contra esto: se dice en Decretis, dist. XLV, tomado del Concilio de Toledo: Acerca de los judíos el Santo Sínodo establece que a nadie se obligue a creer, porque no han de ser salvados contra su voluntad, sino voluntariamente, para que sea cumplida la justicia en toda su integridad.
Respondo: Los hijos de los infieles o tienen uso de razón o no lo tienen. Si lo tienen ya comienzan a ser dueños de sí mismos en lo que se refiere al derecho divino y natural. Y, por tanto, pueden por su propia voluntad, contra la voluntad de sus padres, recibir el bautismo, como pueden contraer matrimonio. Por lo que estas personas pueden ser instruidas e inducidas a recibir el bautismo.

Pero si no tienen uso de razón, por derecho natural están bajo el cuidado de sus padres todo el tiempo que no sean capaces de valerse por sí mismos. Por lo que también se decía de los niños de los antiguos que se salvaban en la fe de los padres. Por eso, sería contra la justicia natural si se bautizase a estos niños contra la voluntad de sus padres, como también lo sería bautizar a uno que tiene uso de razón contra su propia voluntad. Sería, además, peligroso bautizar a los hijos de los infieles en esas circunstancias, ya que fácilmente volverían a la infidelidad por el natural afecto que tienen a sus padres. Por lo que la Iglesia no acostumbra a bautizar a los hijos de los infieles contra la voluntad de sus padres.

A las objeciones:
1. Nadie puede ser librado de la muerte corporal contra el orden jurídico civil, como si, por ej., uno es condenado por el juez, nadie puede librarle violentamente de la muerte. Luego, del mismo modo, nadie puede quebrantar el orden jurídico natural —según el cual el hijo está bajo la tutela de su padre-para librarlo de la muerte eterna.
2. Los judíos son esclavos de los príncipes en el sentido de una esclavitud civil, que no excluye el respeto al orden jurídico natural y divino.
3. El hombre se ordena a Dios mediante la razón, por la que puede conocerle. Por lo que el niño, antes del uso de la razón, se ordena a Dios, según el orden natural, a través de la razón de sus padres, a cuya tutela está naturalmente sometido y por cuyas disposiciones se cumple la voluntad divina en él.
Artículo 11: ¿Pueden ser bautizados los fetos en el seno materno? lat
Objeciones por las que parece que los fetos en el seno materno pueden ser bautizados.
1. Es más eficaz el don de Cristo para la salvación que el pecado de Adán para la condenación, como dice el Apóstol en Rom 5,15ss. Pero los niños que están en el seno materno se condenan por el pecado de Adán. Luego con mayor razón pueden ser salvados por el don de Cristo, que tiene lugar por el bautismo. Luego los niños que están en el seno materno pueden ser bautizados.
2. El niño que está todavía en el seno materno parece ser algo todavía de la madre. Pero, bautizada la madre, se bautiza todo lo que está dentro de ella. Luego parece que, bautizada la madre, se bautiza también el niño que está en su seno.
3. La muerte eterna es peor que la muerte corporal. Pero, de dos males, se ha de elegir el menor. Si, pues, no se puede bautizar al niño en el seno materno, sería mejor abrir a la madre, sacar al niño y bautizarlo, que dejar que el niño se condene eternamente muriendo sin bautismo.
4. Alguna vez acontece que sale antes un miembro del niño, como el caso que se narra en Gen 38,27ss, que en el parto de Tamar uno de los niños sacó la mano y la partera le agarró y le ató una cinta escarlata a la mano diciendo: Este ha salido primero. Pero entonces, retiró él la mano y fue su hermano el que salió. Pero, a veces, en tales casos, hay peligro de muerte. Luego parece que deba bautizarse ese miembro, aunque esté el niño todavía en el seno materno.
Contra esto: dice San Agustín en su Epístola Ad Dardanum: Nadie renace si primeramente no nace. Luego nadie debe ser bautizado antes de salir del útero materno.
Respondo: El bautismo lleva consigo necesariamente que el cuerpo del bautizando sea lavado en cierto modo con agua, puesto que el bautismo, como se ha dicho más arriba (q.66 a.1), es una cierta ablución. Ahora bien, el cuerpo del infante, antes de salir del útero, no puede ser lavado, a no ser que se diga que la ablución bautismal con la que se lava el cuerpo de la madre alcanza también al hijo que está en su vientre. Pero esto es imposible, ya porque el alma del niño, a cuya santificación está destinado el bautismo, es distinta del alma de la madre, ya porque el cuerpo del niño en gestación ya está formado y, consiguientemente, es distinto del cuerpo de la madre. Por eso, el bautismo que recibe la madre no alcanza a la prole que está en su seno. Por lo que San Agustín dice en VI Contra Julianum: Si perteneciese al cuerpo de la madre lo que en ella es concebido hasta el punto de considerarlo como una parte de ella, no sería bautizado el infante cuya madre fue bautizada en peligro de muerte, cuando todavía le gestaba a él. Ahora bien, puesto que se le bautiza, o sea, al infante, es claro que no pertenecía al cuerpo de la madre, aunque estuviese en su seno. De donde se deduce que los fetos que están todavía en el seno materno, de ningún modo pueden ser bautizados.
A las objeciones:
1. Los niños que están en el seno materno no han venido todavía a la luz para convivir con los demás hombres. Consiguientemente, no pueden someterse a la acción de los hombres de tal manera que por su ministerio reciban los sacramentos para la salvación. Pueden, sin embargo, estar sometidos a la acción de Dios, en cuya presencia viven, para conseguir la santificación por un privilegio de gracia, como es el caso de los santificados en el seno materno.
2. Un miembro interior de la madre es parte integrante de ella por la continuación y la unión material de la parte con el todo. Ahora bien, el niño que está todavía en el seno materno es una parte de la madre por el contacto que existe entre dos cuerpos distintos. Luego no hay similitud.
3. No se debe hacer el mal para que venga el bien, como se dice en Rom 3,8. Luego tampoco se puede matar a la madre para bautizar al niño. Pero si la madre muriese, y el niño estuviese vivo todavía en su seno, debe ser abierta para bautizar al niño.
4. Es preciso esperar que el niño salga totalmente del seno materno para bautizarlo, a no ser que haya peligro de muerte. No obstante, si asoma la cabeza —fundamento de todos los sentidos—, y existe peligro de muerte, debe ser bautizado, y, aunque nazca después perfectamente, no ha de ser rebautizado. Y lo mismo parece que ha de hacerse, en caso de peligro de muerte, con cualquier otro miembro que salga. Pero, como en ningún otro miembro del cuerpo está compendiada la integridad como en la cabeza, a algunos les parece que, por ser dudoso el bautismo administrado en otro miembro del cuerpo, el niño debe ser bautizado después de su perfecto nacimiento con esta fórmula: Si no estás bautizado, yo te bautizo.
Artículo 12: ¿Deben ser bautizados los exaltados y dementes? lat
Objeciones por las que parece que los exaltados y dementes no deben ser bautizados.
1. Para recibir el bautismo se requiere la intención en el que se bautiza, como se ha dicho más arriba (a.7). Pero los exaltados y dementes, puesto que carecen del uso de la razón, no pueden tener más que una desordenada intención. Luego no deben ser bautizados.
2. El hombre supera a los animales brutos en la facultad de su razón. Pero los exaltados y dementes no tienen uso de razón y, a veces, no se espera que lo puedan tener, como se espera en el caso de los niños. Luego parece que, como no se bautiza a los animales brutos, tampoco se ha de bautizar a los exaltados y dementes.
3. El uso de la razón está más impedido en los exaltados y dementes que en los que duermen. Pero no se acostumbra a dar el bautismo a los que duermen. Luego no se les debe dar a los exaltados y dementes.
Contra esto: dice San Agustín, en IV Confess., de un amigo suyo que vino a quedar por largo tiempo sin sentido, y estando ya desahuciado, le bautizaron sin saberlo él. Y, sin embargo, tuvo eficacia el bautismo en él. Por donde se deduce que a los que carecen del uso de la razón, a veces, se les debe bautizar.
Respondo: Acerca de los dementes y exaltados es necesario distinguir. Porque algunos son así de nacimiento, sin intervalo alguno de lucidez y sin que en ellos aparezca nunca el uso de la razón. Con éstos, en lo que a recibir el bautismo se refiere, parece que lo sensato es hacer lo mismo que con los niños, que son bautizados en la fe de la Iglesia, como se ha dicho antes (a.9 ad 2).

Otros, sin embargo, son dementes que primeramente tuvieron la mente sana y después cayeron en la demencia. A éstos hay que juzgarles según la voluntad que tenían cuando estaban bien. Y, por eso, si tuvieron intención de recibir el bautismo cuando estaban bien, se les debe bautizar en estado de exaltación o de demencia, aunque se opongan a ello. Por el contrario, si nunca tuvieron intención de recibir el bautismo cuando se encontraban en estado de cordura, no se les debe bautizar.

Hay otros que, aunque sean exaltados y dementes de nacimiento, tienen, sin embargo, intervalos de lucidez en los que pueden utilizar la razón correctamente. Pues bien, si en estos intervalos quisieron bautizarse, se les puede bautizar, aun en estado de demencia. E incluso se les puede conferir el sacramento si se teme un peligro para ellos. Pero si no es así, es mejor esperar un tiempo de lucidez para que reciban el sacramento con más devoción. Y si en estos intervalos de lucidez no manifiestan la voluntad de recibir el bautismo, no se debe bautizar a estos dementes.

Y, finalmente, hay algunos que, aunque no son plenamente normales, razonan lo suficiente para pensar en su salvación y entender el valor del sacramento. Con éstos hay que comportarse como con los que gozan de salud mental, que reciben el bautismo si lo quieren, y nunca contra su voluntad.

A las objeciones:
1. Los dementes que nunca tuvieron ni tienen uso de razón reciben el bautismo con la intención de la Iglesia, como con un rito de la Iglesia creen y se arrepienten, conforme a lo dicho anteriormente de los niños (a.9). Pero los que durante algún tiempo tuvieron o tienen uso de razón, reciben el bautismo en conformidad con su propia intención, una intención que tienen o tuvieron en el período de lucidez.
2. Los exaltados y dementes carecen del uso de la razón accidentalmente, o sea, a causa de algún impedimento orgánico, pero no por falta de alma racional, como es el caso de los animales brutos. Luego no es válida la comparación.
3. A los que duermen no se les debe bautizar si no es en peligro de muerte. En cuyo caso se les debe bautizar si previamente manifestaron la voluntad de recibir el bautismo, como se ha dicho de los dementes (c.) y como San Agustín narra en IV Confess. de un amigo suyo que fue bautizado en estado de inconsciencia por el peligro que corría de morir.