Suma teológica - Parte IIIa - Cuestión 63
El segundo efecto de los sacramentos, que es el carácter
Nos corresponde estudiar ahora el segundo efecto de los sacramentos, que es el carácter (q.62 intr). Esta cuestión plantea y exige respuesta a seis problemas:
  1. ¿Producen los sacramentos algún carácter en el alma?
  2. ¿En qué consiste este carácter?
  3. ¿De quién es este carácter?
  4. ¿Dónde reside el carácter?
  5. La indelebilidad del carácter.
  6. ¿Imprimen carácter todos los sacramentos?
Artículo 1: ¿Imprimen los sacramentos carácter en el alma? lat
Objeciones por las que parece que el sacramento no imprime ningún carácter en el alma.
1. El carácter es un signo distintivo. Ahora bien, los miembros de Cristo se distinguen de los demás hombres por la predestinación eterna, que nada pone en el predestinado, sino solamente en Dios que predestina, como ya se dijo en la Primera Parte (q.23 a.1), pues se dice en 2 Tim 2,19: El sólido fundamento puesto por Dios se mantiene firme marcado por este sello: el Señor conoce a los suyos. Luego los sacramentos no imprimen carácter en el alma.
2. El carácter es un signo distintivo. Pero San Agustín en el libro II De Doct. Christ. define el signo como aquello que, además de impresionar los sentidos con su imagen, nos conduce al conocimiento de otra cosa. Ahora bien, nada hay en el alma que pueda impresionar los sentidos con su imagen. Luego parece que ningún carácter imprimen los sacramentos en el alma.
3. Los fieles se distinguen de los infieles por los sacramentos de la nueva ley y por los de la antigua. Pero los sacramentos de la antigua ley no imprimían en el alma ningún carácter, y por eso los llama el Apóstol, en Hebr 9,10, justicias de la carne. Luego tampoco los sacramentos de la nueva ley lo imprimen.
Contra esto: dice el Apóstol en 2 Cor 1,21-22: Es Dios el que nos ungió y nos marcó con su sello y depositó las arras del Espíritu en nuestros corazones. Pero el carácter viene a ser un cierto sello. Luego parece que Dios por los sacramentos nos imprime su carácter.
Respondo: Como hemos dicho ya (q.62 a.5), los sacramentos de la nueva ley se ordenan a dos fines: al remedio del pecado y a perfeccionar el alma en lo que pertenece al culto de Dios según la religión cristiana. Ahora bien, cuando una persona es deputada para un cargo, se acostumbra a ponerle un distintivo: los soldados alistados antiguamente en el ejército eran marcados con unos caracteres corporales, puesto que estaban destinados a un ejercicio corporal. Pues, de forma semejante, los sacramentos, que destinan a los hombres al servicio espiritual del culto de Dios, deben marcar a los fieles con un cierto carácter espiritual. Por eso dice San Agustín en el II Contra Parmenianum: Si un cobarde desertor aborreciese el carácter militar grabado en su cuerpo, y corriese a la clemencia del emperador, y, dirigida la súplica y obtenido el perdón, ya hubiese comenzado a pelear, ¿acaso, una vez vuelto y corregido, se le vuelve a grabar aquel carácter, o más bien se le reconoce el que tenia? ¿O es que acaso los sacramentos cristianos imprimen su carácter con menos fuerza que el carácter corporal?
A las objeciones:
1. Los fieles de Cristo son deputados al premio de la gloria futura por el sello de la predestinación divina. Pero para las funciones de la Iglesia peregrina son deputados por un sello espiritual impreso en el alma que se llama carácter.
2. El carácter impreso en el alma tiene rango de signo por haber sido impreso por un sacramento sensible: se sabe que un hombre está marcado por el carácter bautismal porque ha sido bautizado con el agua sensible. No obstante, también se puede llamar carácter o sello, en sentido metafórico, todo lo que se asemeja o distingue a uno de otro, aunque no sea sensible, como es el caso de Cristo que, al decir del Apóstol en Heb 1,3, es figura o carácter de la sustancia del Padre.
3. Como se ha dicho más arriba (q.62 a.6), los sacramentos de la antigua ley no tenían en sí mismos la virtud de producir un efecto espiritual y, por lo mismo, tampoco exigían un carácter espiritual, sino que era suficiente la circuncisión corporal, que el Apóstol llama sello (Rom 4,1).
Artículo 2: ¿Es el carácter una potestad espiritual? lat
Objeciones por las que parece que el carácter no es una potestad espiritual.
1. Carácter es lo mismo que figura. Por eso en Heb 1,3, donde el latín dice «figura» de la sustancia del Padre, el griego dice carácter. Pero la figura es la cuarta dentro de la categoría cualidad, por lo que difiere de la potestad, que es la segunda. Luego el carácter no es una potencia espiritual.
2. Dice Dionisio en el II De Eccles. Hier.: La divina beatitud recibe al bautizando a la participación de sí misma y le comunica esta participación por su propia luz que es como un signo, por lo que parece que el carácter es como una especie de luz. Pero la luz pertenece a la tercera especie dentro de la categoría cualidad. Luego el carácter no es una potencia, puesto que ésta pertenece a la segunda.
3. Hay algunos que definen el carácter de la siguiente manera: el carácter es un signo sagrado de la comunión en la fe y de la sagrada ordenación, conferido por la sagrada jerarquía. Ahora bien, el signo pertenece a la categoría de relación, y no a la de potencia. Luego el carácter no es una potestad espiritual.
4. La potencia, como se dice en V Metaphys., tiene categoría de causa y de principio. Pero el signo, que forma parte de la definición del carácter (arg.3), tiene más bien categoría de efecto. Luego el carácter no es una potestad espiritual.
Contra esto: dice el Filósofo en II Ethic.: Hay tres cosas en el alma: potencia, hábito y pasión. Pero el carácter no es pasión, porque la pasión es transitoria, mientras que el carácter es indeleble, como se dirá después (a.5). Y tampoco es hábito, porque ningún hábito es indeterminado para el bien o para el mal, mientras que el carácter sí lo es, ya que unos usan bien de él y otros mal, cosa que no ocurre con los hábitos: nadie hace mal uso del hábito de la virtud, y nadie hace buen uso del hábito del vicio. Luego solamente resta que el carácter sea una potencia.
Respondo: Como se ha dicho ya (a.1), los sacramentos de la nueva ley imprimen carácter porque deputan al culto de Dios según el culto de la religión cristiana. Por eso Dionisio en II De Eccl. Hier., después de decir que Dios comunica al bautizando una participación de sí mismo a través de un cierto signo, añade haciéndole divino y transmisor de lo divino. Ahora bien, el culto divino consiste en recibir cosas divinas o en transmitirlas a otro, para lo cual se requiere una cierta potencia, porque para transmitir algo a otros se requiere una potencia activa, y para recibirlo se requiere una potencia pasiva. El carácter, por tanto, implica una potencia espiritual orientada a las cosas del culto divino.

Se ha de tener en cuenta, sin embargo, que esta potencia espiritual es instrumental, como la virtud que se encuentra en los sacramentos, conforme a lo dicho (q.62 a.4). Porque tener el carácter sacramental es propio de los ministros de Dios y, según el Filósofo en I Polit., el ministro tiene función de instrumento. Y por eso, como la virtud que reside en los sacramentos no está clasificada en un género por sí misma, sino que se reduce a ese género, ya que es una entidad transitoria e incompleta, así tampoco el carácter está clasificado propiamente en un determinado género o especie, sino que se reduce a la segunda especie de la categoría de cualidad.

A las objeciones:
1. La figura es una delimitación de la categoría «cantidad», por lo que, propiamente hablando, solamente se encuentra en las cosas corpóreas, y se atribuye a las espirituales sólo en sentido metafórico. Ahora bien, a una cosa se la clasifica dentro de un género o una especie por lo que le compete en sentido propio. El carácter, por tanto, no debe ser clasificado en la cuarta especie de la categoría «cualidad», aunque algunos lo dijeran.
2. A la tercera especie de categoría «cualidad» pertenecen solamente las pasiones sensibles y las cualidades sensibles. Pero el carácter no es una luz sensible. Y, por eso, no se clasifica en la tercera especie de la cualidad, como algunos dijeron.
3. La relación que va implícita en el nombre de signo debe tener un fundamento. Pero la relación de este signo que se llama carácter no puede tener por fundamento la esencia del alma, porque así correspondería naturalmente a todas las almas. Luego debe haber algo en el alma sobre lo cual se funde esta relación. Este algo es precisamente la esencia del carácter. No deberá ser clasificado, por tanto, como perteneciente a la categoría de relación.
4. El carácter tiene categoría de signo si se le compara al sacramento sensible que lo imprime. Pero, considerado en sí mismo, tiene categoría de principio, como ya se ha dicho (c.).
Artículo 3: ¿Es el carácter sacramental el carácter de Cristo? lat
Objeciones por las que parece que el carácter sacramental no es el carácter de Cristo.
1. Se dice en Ef 4,30: No entristezcáis al Espíritu Santo de Dios con el que fuisteis sellados. Pero la sigilación está comprendida en la noción de carácter. Luego el carácter sacramental debe atribuirse más al Espíritu Santo que a Cristo.
2. El carácter tiene categoría de signo, signo de la gracia que confiere el sacramento. Pero la gracia en el alma es infundida por toda la eternidad, como se dice en el Sal 83,12: El Señor dará la gracia y la gloria. Luego no parece que deba atribuirse el carácter sacramental de modo especial a Cristo.
3. Si alguno recibe un carácter es para distinguirse de otros. Pero el distintivo entre los santos y los otros es la caridad, ya que según San Agustín en XV De Trin. ella sola distingue a los hijos del Reino de los hijos de la perdición, por lo que en el Ap 13,16-17 dice de estos últimos que llevan el carácter de la bestia. Pero la caridad no se atribuye a Cristo, sino más bien al Espíritu Santo, conforme a lo que se dice en Rom 5,5: La caridad de Dios se ha derramado en nuestros corazones a través del Espíritu Santo que se nos ha dado, o se atribuye al Padre según lo afirmado en 2 Cor 13,13: La gracia de nuestro Señor Jesucristo y la caridad de Dios... Luego parece que el carácter sacramental no debe atribuirse a Cristo.
Contra esto: algunos definen el carácter de la siguiente manera: El carácter es una señal distintiva grabada en el alma racional donde el carácter eterno imprime la eternidad creada a imagen de la Trinidad creante y recreante, y que distingue a los no marcados en el comportamiento de la fe. Pero el carácter eterno es el mismo Cristo, según lo dicho en Heb 1,3: el cual, siendo resplandor de su gloria y figura, o sea, carácter, de su sustancia, etc. Luego parece que el carácter ha de ser atribuido propiamente a Cristo.
Respondo: Como consta por lo dicho (a.1), el carácter es propiamente hablando un sello por el que una cosa es determinada al cumplimiento de un fin. Así, por ej., las monedas van selladas con un carácter porque están destinadas al comercio, y los soldados son sellados con otro, para indicar su destino a la milicia. Pues bien, los fieles están destinados a dos cosas. La primera y principal es la fruición de la gloria, y para este fin son marcados con el sello de la gracia, conforme a lo que se dice en Ez 9,4: Pon el signo de la «tau» en la frente de los varones que gimen y se duelen; y en el Ap 7,3: No hagáis daño a la tierra ni al mar ni a los árboles hasta que hayamos sellado a los siervos de nuestro Dios en la frente. La segunda cosa a que un fiel está destinado es a recibir para él o a comunicar a los demás las cosas concernientes al culto de Dios. Y es para esto para lo que propiamente hablando deputa el carácter sacramental. Pero todo el culto de la religión cristiana deriva del sacerdocio de Cristo. Es claro, por tanto, que el carácter sacramental es específicamente carácter de Cristo, a cuyo sacerdocio están configurados los fieles por estos caracteres sacramentales, los cuales no son más que participaciones del sacerdocio de Cristo, del mismo Cristo derivadas.
A las objeciones:
1. El Apóstol habla aquí del sello que destina a la gloria y que consiste en la gracia. Esta es atribuida al Espíritu Santo, porque todo lo que Dios nos concede gratuitamente y que ciertamente es una gracia, procede de su amor, y el Espíritu Santo es amor. Por eso se dice en 1 Cor 12,4: Hay diferencia de gracias, pero uno sólo es el Espíritu.
2. El carácter sacramental es realidad con relación al rito externo, y es sacramento con relación al efecto último. Por eso se puede hablar del carácter en dos sentidos. Primero, en su acepción de sacramento, en cuyo caso es signo de la gracia invisible, conferida en el rito externo. Segundo, en su acepción específica de carácter, en cuyo caso es un sello que configura con un jefe, en el cual reside la autoridad de aquello para lo cual uno es deputado, como es el caso del soldado, destinado al combate, y que es marcado con el sello del jefe por el que en cierto modo se configura con él'.
3. El carácter distingue a unos de otros por el fin a que es destinado todo aquel que recibe el carácter, como hemos visto ya (a.1) hablando del carácter militar, por el que, en la lucha, se distingue el soldado del rey del soldado enemigo. Pues, de modo semejante, el carácter de los fieles es el que distingue a los fieles de Cristo de los siervos del diablo, ya sea en orden a la vida eterna o en orden al culto de la Iglesia militante. Lo primero se consigue por la caridad y la gracia, como dice la objeción, y lo segundo, por el carácter sacramental. Por donde el carácter de la bestia correspondiente a los reprobos puede entenderse como una malicia obstinada por la que algunos están destinados a la pena eterna, o como profesión de un culto ilícito.
Artículo 4: ¿Reside el carácter en las potencias del alma como en su sujeto? lat
Objeciones por las que parece que el carácter no tiene por sujeto las potencias del alma.
1. El carácter es una disposición para la gracia. Pero la gracia reside en la esencia del alma, como se dijo en la Segunda Parte (2-2 q.110 a.4). Luego parece que el carácter reside en la esencia del alma, y no en las potencias.
2. Las potencias del alma no son sujetos más que de hábitos y de disposiciones. Pero el carácter, como se ha dicho más arriba (a.2), no es ni hábito ni disposición, sino más bien potencia, de la que solamente es sujeto la esencia del alma. Luego parece que el carácter no reside en la potencia del alma como en su propio sujeto, sino más bien en su esencia.
3. Las potencias del alma racional se dividen en cognoscitivas y apetitivas. Pero no se puede limitar el carácter a las potencias cognoscitivas ni tampoco a las apetitivas, ya que no está destinado ni sólo a conocer ni sólo a querer. Ni tampoco puede residir simultáneamente en las dos, porque un mismo accidente no puede residir en sujetos diversos. Luego parece que el carácter no reside en la potencia del alma como en su propio sujeto, sino más bien en su esencia.
Contra esto: se ha dicho, en una anterior definición del carácter (a.3 s.q.), que se imprime en el alma racional como una imagen. Pero la imagen de la Trinidad en el alma se hace a través de las potencias. Luego el carácter reside en las potencias del alma.
Respondo: Hay que decir: Como ya se ha dicho (a.3), el carácter es un sello con el que el alma es marcada para recibir para sí o comunicar a los demás cosas pertenecientes al culto. Pero el culto divino consiste en determinados actos, y las potencias del alma se ordenan a los actos, como la esencia se ordena al ser. Y, por eso, el carácter no reside como en su propio sujeto en la esencia del alma, sino en su potencia.
A las objeciones:
1. Para determinar el sujeto de un accidente se ha de tener en cuenta aquello a lo que próximamente dispone ese accidente, y no a lo que dispone de una manera remota e indirecta. Ahora bien, el carácter dispone al alma de una manera directa e inmediata a los actos del culto divino; y como estos actos no se ejercen debidamente sin el auxilio de la gracia — porque, como se dice en Jn 4,24: Los adoradores de Dios deben adorarle en espíritu y en verdad —, es lógico que la generosidad divina conceda a quienes reciben el carácter la gracia para cumplir dignamente con aquellas cosas para las que ha sido deputado. Y por eso el sujeto en que reside el carácter ha de buscarse más en los actos pertenecientes al culto divino que en los actos concernientes a la gracia.
2. La esencia del alma es el sujeto de la potencia natural, derivada de los principios de la esencia. Pero el carácter no es una potencia natural, sino que es una potencia espiritual proveniente de fuera. Por eso, como la esencia del alma, fuente de la vida natural del hombre, es perfeccionada por la gracia —vida espiritual del alma—, así la potencia espiritual del alma es perfeccionada por esta potencia espiritual que es el carácter. Los hábitos y las disposiciones, en efecto, residen en las potencias del alma porque los actos a que se ordenan tienen a esas potencias por principio. Y, por la misma razón, todo lo que está ordenado al acto ha de atribuirse a las potencias.
3. Como se acaba de decir (in c.), el carácter está ordenado al culto divino, que es una testimonianza de la fe manifestada a través de signos externos. Por eso se colige que el carácter debe residir en la potencia cognoscitiva del alma, que es donde reside la fe.
Artículo 5: ¿Es indeleble el carácter impreso en el alma? lat
Objeciones por las que parece que el carácter no está en el alma de modo indeleble.
1. Cuanto más perfecto es un accidente, más firme está en su sujeto de inhesión. Pero la gracia, que es más perfecta que el carácter —ya que el carácter está ordenado a la gracia como a su fin superior—, se pierde por el pecado. Luego mucho más el carácter.
2. El carácter, como acabamos de decir (a.4), es una deputación para el culto divino. Pero algunos pasan del culto divino al culto contrario con la apostasía de la fe. Luego éstos deben perder el carácter sacramental.
3. Si el fin desaparece, debe desaparecer también todo lo que está ordenado a él, ya que serían cosas sin finalidad: después de la resurrección final, por ejemplo, ya no habrá matrimonio porque no habrá generación, que es el fin del matrimonio. Ahora bien, el culto exterior a que se ordena el carácter no existirá ya en la Patria, donde nada se realizará en figura, sino todo en su desnuda realidad. Luego el carácter sacramental no permanece siempre en el alma. Y, por tanto, no es indeleble.
Contra esto: dice San Agustín en II Contra Parmenianum: Los sacramentos cristianos no imprimen su carácter con menos fuerza que el carácter corporal de la milicia. Pero el carácter militar no se reimprime, sino que se reconoce el que tenía aquel que mereció el perdón del emperador, después de su culpa. Luego tampoco el carácter sacramental puede ser borrado.
Respondo: Como se acaba de decir (a.3), el carácter sacramental es una participación del sacerdocio de Cristo en sus fieles, de tal manera que como Cristo tiene la plena potestad del sacerdocio espiritual, así sus fieles se configuran en él en la participación de una potestad espiritual referida a los sacramentos y al culto divino. Por eso, Cristo no tiene carácter sacerdotal, sino que la potestad de su sacerdocio se compara con el carácter como lo que es pleno y perfecto con una participación. Ahora bien, el sacerdocio de Cristo es eterno, según las palabras del Sal 109,4: Tú eres sacerdote eterno según el orden de Melquisedec. Y de aquí viene que toda consagración, realizada en virtud del sacerdocio de Cristo, mientras dura la cosa consagrada, es permanente. Y esto acontece incluso en las cosas inanimadas: la consagración, por ej., de una iglesia o de un altar dura mientras no sean destruidos. Y como el sujeto del carácter es la parte intelectiva del alma, que es donde reside la fe, como se ha dicho (a.4 ad 3), es claro que siendo el entendimiento perpetuo e incorruptible, también el carácter reside en el alma de manera indeleble.
A las objeciones:
1. La gracia y el carácter no se encuentran en el alma de la misma manera. Porque la gracia reside en ella como una forma autónoma, mientras que el carácter reside en el alma, ya lo hemos dicho (a.2), como una virtud instrumental. Ahora bien, una forma autónoma reside en un sujeto acomodándose a la condición del sujeto, y puesto que el alma es mudable en esta vida en virtud de su libre albedrío, es lógico que la gracia resida en ella de forma mudable. La virtud instrumental, sin embargo, se acomoda más bien a la condición del agente principal. Y, por eso, el carácter reside en el alma de una manera indeleble, no por su propia perfección, sino por la perfección del sacerdocio de Cristo, del que se deriva el carácter como una virtud instrumental.
2. Dice San Agustín que ni los mismos apóstatas pierden el bautismo, ya que cuando se arrepienten no se les bautiza de nuevo, con lo cual se indica que el bautismo no se puede perder. Y la razón está en que el carácter es una virtud instrumental, como se ha dicho (a.1). Ahora bien, la esencia del instrumento consiste en ser movido por otro, y no en que se mueva a sí mismo, como sucede con la voluntad. Por eso, aunque la voluntad quiera lo contrario, el carácter no desaparece por la inmovilidad del agente principal.
3. Aunque después de esta vida no subsista ya el culto externo, permanece, sin embargo, el fin de ese culto. Por eso, después de esta vida permanece el carácter: en los buenos para su gloria, y en los malos para su propia ignominia, como ocurre con los soldados, cuyo carácter militar se conserva también después de la victoria: en los que vencieron a título de gloria, y en los vencidos para su castigo.
Artículo 6: ¿Imprimen carácter todos los sacramentos de la nueva ley? lat
Objeciones por las que parece que todos los sacramentos de la nueva ley imprimen carácter.
1. Todos los sacramentos de la nueva ley comunican una participación del sacerdocio de Cristo. Pero el carácter sacramental, como se ha dicho (a.3.5), no es más que una participación del sacerdocio de Cristo. Luego parece que todos los sacramentos de la nueva ley imprimen carácter.
2. El carácter es al alma, donde reside, lo que la consagración a los objetos consagrados. Pero todos los sacramentos de la nueva ley comunican al hombre la gracia santificante. Luego todos los sacramentos de la nueva ley comunican el carácter.
3. El carácter es res et sacramentum. Pero en todos los sacramentos de la nueva ley hay algo que es res solamente, algo que es solamente sacramentum y algo que es res et sacramentum. Luego todos los sacramentos de la nueva ley imprimen carácter.
Contra esto: los sacramentos que imprimen carácter no se pueden reiterar porque el carácter es indeleble, como se ha dicho (a.5). Pero algunos sacramentos se reiteran, como es el caso de la penitencia y el matrimonio. Luego no todos los sacramentos imprimen carácter.
Respondo: Como ya se ha dicho (q.62 a.1.5), los sacramentos de la nueva ley tienen una doble finalidad: el remedio del pecado y el culto divino. Ahora bien, es común a todos los sacramentos el ser remedio contra el pecado porque confieren la gracia. Pero no todos los sacramentos se ordenan directamente al culto, como es el caso de la penitencia, por la que el hombre queda libre del pecado —este sacramento nada nuevo da al hombre para el culto divino, sino que le restituye al estado anterior.

Pero un sacramento puede estar ordenado al culto de tres maneras. Primera, por la naturaleza de la misma acción sacramental. Segunda, preparando los ministros. Tercera, proveyendo de receptores. El sacramento que está ordenado al culto por la naturaleza de su misma acción sacramental es la Eucaristía, en la que el culto divino tiene su principal expresión por ser el sacrificio de la Iglesia. Este sacramento no imprime carácter porque no deputa al hombre a hacer o recibir alguna cosa ulterior en el orden sacramental, ya que este sacramento, como dice Dionisio en el III De Eccles. Hier., es el fin y la consumación de todos los demás sacramentos. Pero contiene a Cristo mismo, en el que reside no el carácter, sino toda la plenitud del sacerdocio.

A la preparación de ministros para el culto pertenece el sacramento del orden porque este sacramento capacita a los hombres para comunicar los sacramentos a los demás.

Y a la provisión de receptores está reservado el sacramento del bautismo, por el que el hombre recibe la potestad de recibir todos los demás sacramentos de la Iglesia, por lo que al bautismo se le llama puerta de los sacramentos. A lo mismo está ordenada en cierto modo la confirmación, como en su lugar diremos (q.65 a.3). Por tanto, tres son los sacramentos que imprimen carácter: el bautismo, la confirmación y el orden.

A las objeciones:
1. Todos los sacramentos hacen al hombre participante del sacerdocio de Cristo, puesto que le comunican algún efecto de él. Pero no todos los sacramentos deputan para hacer o recibir cosas que se refieren al culto del sacerdocio de Cristo. Esto es lo que se requiere para que el sacramento imprima carácter.
2. Todos los sacramentos santifican al hombre, entendiendo por santidad la purificación del pecado por la gracia. Pero los sacramentos que imprimen carácter le santifican de una manera especial comunicándole una consagración que le deputa al culto divino, como ocurre con las cosas inanimadas, que también se las llama consagradas por estar destinadas al culto divino.
3. Aunque el carácter es res et sacramentum, no todo lo que es res et sacramentum es carácter. Lo que en los demás sacramentos es res et sacramentum se dirá después (q.73 a.1 ad 3; q.84 a.1 ad 3).