Artículo 1:
¿Es la penitencia una virtud?
lat
Objeciones por las que parece que la penitencia no es una
virtud.
1. La penitencia es uno de los siete sacramentos, como se ha dicho ya
(
q.65 a.1;
q.84 a.1). Pero ninguno de los otros sacramentos es una
virtud. Luego tampoco la penitencia es una virtud.
2. Según dice el Filósofo en IV Ethic. ', la
vergüenza no es una virtud, tanto porque es una pasión que lleva
consigo una alteración fisiológica como porque no corresponde a la disposición de quien es perfecto, ya que tiene su origen en un
acto deshonesto, el cual no puede tener lugar en un hombre virtuoso.
Pero, de modo semejante, la penitencia es una pasión acompañada de una
alteración fisiológica, o sea, del llanto, según las palabras de San
Gregorio: Arrepentirse es llorar los pecados
pasados. Y recae también sobre acciones torpes, que son los
pecados, que no tienen lugar en un hombre virtuoso. Luego la
penitencia no es una virtud.
3. El Filósofo afirma en IV Ethic.: No hay uno que sea tonto entre las personas virtuosas. Ahora
bien, parece tonto dolerse de algo cometido en el pasado, que ya no
puede dejar de existir, lo cual, sin embargo, es objeto de la
penitencia. Luego la penitencia no es una virtud.
Contra esto: los preceptos de la ley tienen por objeto actos de virtud,
puesto que, como se dice en II Ethic.: El
legislador pretende hacer ciudadanos virtuosos. Pero en la ley
divina, según Mt 3,2, hay un precepto que ordena la penitencia: Haced penitencia, etc. Luego la penitencia es una
virtud.
Respondo: Como consta por lo dicho (
q.84 a.8.10 ad 4), arrepentirse significa dolerse de una acción propia cometida
anteriormente. Ahora bien, también acabamos de decir (ib., a.9 ad 2)
que el dolor o la tristeza pueden entenderse de dos maneras. Primera,
como pasión del apetito sensitivo, y en este aspecto la penitencia no
es una virtud, sino una pasión.
Segunda, como acto de la voluntad. Y en este sentido se verifica con
una elección. Y si esta elección es recta, necesariamente es un acto
de virtud. Porque se dice en II Ethic. que la
virtud es un habito conforme a la recta razón. Ahora bien, está
conforme con la recta razón el que uno se duela de lo que debe
dolerse. Y esto es prácticamente lo que encontramos en la penitencia,
de la que hablamos aquí. Porque el penitente concibe un moderado dolor
de los pecados pasados con intención de hacerlos desaparecer. Por
consiguiente, queda demostrado que la penitencia, de la que hablamos
aquí, es una virtud o un acto de virtud.
A las objeciones:
1. Como se ha manifestado ya (
q.84 a.2 ad 1.2), en el sacramento de la penitencia los actos humanos hacen
de materia, lo cual no sucede en el bautismo ni en la
confirmación. Y, por eso, puesto que la virtud es principio del acto
humano, la penitencia, más que el bautismo o la confirmación, es una
virtud o un acto realizado bajo el influjo de una virtud.
2. La penitencia, como pasión, no
es una virtud, según se ha afirmado (c.). Y es en cuanto pasión como
la penitencia implica una alteración fisiológica. Pero como acto de la
voluntad que implica una elección recta, sí es una
virtud.
Lo cual puede decirse más de la penitencia que de la vergüenza.
Porque la vergüenza se refiere al hecho deshonesto como presente,
mientras que la penitencia se refiere al hecho deshonesto en cuanto
pasado. Ahora bien, es incompatible con la perfección de la virtud que
uno cometa en el presente un acto deshonesto, del que pudiera
avergonzarse. Pero no es incompatible con la virtud el que uno haya
cometido en el pasado acciones deshonestas, de las que sea necesario
arrepentirse, cuando uno, de vicioso, se convierte en
virtuoso.
3. Dolerse del pasado con la
intención de que el pasado no haya existido es una tontería. Pero no
es esto lo que pretende el penitente, sino que su dolor es desagrado y
reprobación de lo ocurrido en el pasado con la intención de eliminar
las consecuencias, o sea, la ofensa de Dios y el débito de la pena. Y
esto no es una tontería.
Artículo 2:
¿Es la penitencia una virtud especial?
lat
Objeciones por las que parece que la penitencia no es una virtud
especial.
1. Parece que alegrarse del bien realizado y dolerse del mal cometido
son actos de la misma naturaleza. Ahora bien, el gozo del bien
realizado no constituye una virtud especial, sino que es un
sentimiento laudable que proviene de la caridad, como afirma San
Agustín en XIV De Civ. Dei, por lo que dice el
Apóstol en 1 Cor 13,6 que la caridad no se alegra de la injusticia,
sino que se alegra de la verdad. Luego, por la misma razón, la
penitencia, que es dolor de los pecados pasados, no es una virtud
especial, sino un sentimiento que brota de la caridad.
2. Toda virtud especial tiene una materia especial, porque
los hábitos se distinguen por los actos, y los actos, por los objetos.
Pero la penitencia no tiene una materia especial, ya que son su
materia los pecados pasados, de cualquier clase que sean. Luego la
penitencia no es una virtud especial.
3. Una cosa no es eliminada más que por su contrario.
Ahora bien, la penitencia elimina todos los pecados. Luego es
contraria a todos los pecados. Luego no es una virtud
especial.
Contra esto: en la ley, como acabamos de ver (a.1 s.q.), hay un precepto
especial sobre la penitencia.
Respondo: Como hemos explicado en la
Segunda
Parte (
1-2 q.54 a.2.3;
2-2 q.52 a.1), la distinción específica de
los hábitos es conforme a la especie de sus actos. Por eso, donde hay
un acto especialmente laudable, es necesario que allí haya un hábito
especial de virtud. Ahora bien, es claro que en la penitencia hay un
acto laudable específicamente distinto, o sea, el empeño de destruir
el pecado pasado, en cuanto que es ofensa a Dios, que no cuadra con el
concepto de ninguna otra virtud. Luego es necesario admitir que la
penitencia es una virtud especial.
A las objeciones:
1. Un acto puede derivarse de la
caridad de dos maneras. Primera, como emanado de ella misma. Y este
acto virtuoso no requiere otra virtud que la misma caridad, como es,
por ej., amar el bien, alegrarse de él y entristecerse de su
contrario. Segunda, cuando un acto procede de la caridad como imperado
por ella. Y, en este sentido, puesto que la caridad impera sobre todas
las virtudes dirigiéndolas a su fin, un acto que procede de la caridad
puede pertenecer también a otra virtud especial.
Luego si en el acto de la penitencia se considera solamente el
disgusto del pecado pasado, el acto pertenece entonces directamente a
la caridad, lo mismo que la alegría de los bienes pasados. Pero la
intención de esforzarse en la destrucción del pecado pasado requiere
una virtud especial imperada por la caridad.
2. La penitencia tiene,
efectivamente, una materia genérica, en cuanto que se refiere a todos
los pecados. Sin embargo, los considera bajo un aspecto especifico, en
cuanto que son reparables por el acto del hombre que coopera con Dios
a su justificación.
3. Cualquier virtud especial
excluye el hábito del vicio opuesto, de la misma manera que lo blanco
excluye lo negro en el mismo sujeto. Pero la penitencia excluye todos
los pecados de una manera efectiva esforzándose en la destrucción del
pecado, en cuanto que es remisible con la gracia divina y la
cooperación del hombre. Luego no se sigue que sea una virtud
general.
Artículo 3:
¿Es la virtud de la penitencia una especie de justicia?
lat
Objeciones por las que parece que la virtud de la penitencia no es
una especie de justicia.
1. La justicia no es una virtud teologal, sino moral, como se
demostró en la
Segunda Parte (
1-2 q.59 a.5;
q.62 a.2.3). Pero
la penitencia parece ser una virtud teologal, ya que tiene a Dios por
objeto: porque satisface a Dios y reconcilia al pecador con Dios.
Luego parece que la penitencia no es una parte de la
justicia.
2. Puesto que la justicia es una virtud moral, consiste en
el justo medio. Pero la penitencia no consiste en el justo medio, sino
en un cierto exceso, según las palabras de Jer 6,26: Llora como se
llora la muerte del unigénito, con llanto amargo. Luego la
penitencia no es una especie de justicia.
3. Son dos las especies de la justicia, como se dice en
V Ethic., a saber: la distributiva y
la conmutativa. Ahora bien, parece que la penitencia no está
contenida en ninguna de ellas. Luego parece que la penitencia no es
una especie de justicia.
4. Comentando las palabras de Lc 6,21: Bienaventurados los que ahora lloráis, dice la Glosa: Aquí está la prudencia, por la que se
demuestra cuan miserables son las cosas terrenas y cuan dichosas las
celestiales. Pero llorar es un acto de la penitencia. Luego la
penitencia se encuadra mejor en la prudencia que en la
justicia.
Contra esto: dice San Agustín en su libro De Poenitentia: La
penitencia es una cierta venganza de quien se siente arrepentido, el
cual no deja de castigar en sí mismo lo que le duele haber
cometido. Pero tomar venganza pertenece a la justicia, por lo que
Cicerón en su Rhetorica consideraba la vindicativa como una especie de la justicia. Luego parece que la
penitencia es una especie de justicia.
Respondo: Como acabamos de expresar (
a.2), la
penitencia no es una virtud especial por dolerse del mal cometido
solamente, ya que para esto sería suficiente la caridad, sino por
dolerse el penitente del pecado cometido en cuanto ofensa de Dios con
propósito de enmienda. Ahora bien, la enmienda de la ofensa cometida
contra alguien no se realiza solamente con la sola cesación de la
ofensa, sino que exige además una compensación. Esta compensación
tiene lugar, como la retribución, en las ofensas cometidas contra
otro; con la diferencia de que la compensación viene de parte de quien
ha ofendido, por ej., mediante la satisfacción. Mientras que la
retribución es la parte ofendida quien la pide. Pero ambas cosas
pertenecen a la justicia, puesto que en ambas hay una especie de
intercambio. Queda, pues, demostrado que la penitencia, en cuanto
virtud, es una parte de la justicia.
Debe recordarse, sin embargo, que, según el Filósofo en V Ethic., hay dos clases de justicia: absoluta y
relativa. Pues bien, la justicia absoluta solamente se da entre
iguales, porque la justicia es una cierta igualdad. Y a esta justicia
él la llama justicia política o civil, puesto que los
ciudadanos son iguales en cuanto hombres libres, sometidos
inmediatamente al príncipe.
Pero la justicia relativa es la que existe entre aquellas personas
una de las cuales está bajo la potestad de otra, como, por ejemplo, el
siervo bajo el señor, el hijo bajo el padre, la esposa bajo el esposo.
Y ésta es la justicia que se realiza en la penitencia. Por la que el
hombre recurre a Dios con propósito de enmienda: como el siervo a su
señor, según las palabras de Sal 122,2: Como están los ojos de los
esclavos fijos en las manos de sus señores, así
nuestros ojos en el Señor, nuestro Dios, esperando su
misericordia; y como el hijo a su padre, según las palabras de Lc
15,18: Padre, he pecado contra el cielo y contra ti; y como la
esposa al esposo, según aquello de Jer 3,1: Aunque fornicaste con
tantos amantes, vuelve a mí, dice el Señor.
A las objeciones:
1. La justicia, como se afirma en
V Ethic., dice relación a otro. Ahora
bien, aquel a quien se refiere la justicia no es materia de esta
virtud, sino más bien las cosas que se distribuyen o se cambian. Por
eso tampoco es Dios la materia de la penitencia, sino los actos
humanos, mediante los cuales se ofende o se desagravia a Dios. Y Dios
es aquel a quien la justicia se ordena. De lo cual se deduce que la
penitencia no es una virtud teologal, porque no tiene a Dios por
materia u objeto.
2. El justo medio es la igualdad
que se establece en aquellos entre los cuales hay justicia, como se
confirma en V Ethic.. Entre algunas personas,
sin embargo, no se puede establecer la perfecta igualdad, dada la
superioridad de alguna de ellas, como ocurre entre el hijo y el padre,
y entre el hombre y Dios, según afirma el Filósofo en VIII Ethic.. Por lo que, en tales casos, el que es
inferior debe hacer cuanto pueda. Pero esto no será suficiente,
solamente lo será con la aceptación del superior. Y esto es lo que se
le asigna por exceso a la penitencia.
3. De la misma manera que se da un
cierto intercambio en los beneficios cuando, por ej., uno por un
beneficio recibido concede una gracia, así también hay un intercambio
en las ofensas cuando uno, por la ofensa cometida contra otro, es
castigado contra su voluntad, lo cual pertenece a la justicia
vindicativa, o da una recompensa voluntariamente, lo cual pertenece a
la penitencia, que dice orden a la persona del pecador como la
justicia vindicativa a la persona del juez. Por lo cual aparece claro
que ambas son parte de la justicia conmutativa.
4. La penitencia, aunque
directamente sea una especie de justicia, abarca en cierto modo
elementos que pertenecen a todas las virtudes. Porque en cuanto que es
una cierta justicia del hombre para con Dios, necesariamente participa
de ciertos aspectos de las virtudes teologales, que tienen a Dios por
objeto. Así pues, la penitencia incluye: la fe en la pasión de Cristo,
por la cual somos justificados de nuestros pecados; la esperanza del
perdón, y el odio de los vicios, lo cual pertenece a la caridad. En
cuanto que es una virtud moral, participa algo de la prudencia, que es
la regidora de todas las virtudes morales. Pero bajo el aspecto mismo
de justicia, no sólo posee lo propio de la justicia, sino también lo
de la templanza y la fortaleza: porque las cosas que causan deleite
—moderado por la templanza—, o las cosas que provocan el terror
—moderado por la fortaleza—, se convierten en materia de
conmutación, o sea, de justicia. Y, según esto, a la justicia
pertenece el abstenerse de los deleites (propio de la templanza) y el
soportar los sufrimientos (propio de la fortaleza).
Artículo 4:
¿Es la voluntad sujeto propio de la penitencia?
lat
Objeciones por las que parece que la voluntad no es el sujeto propio
de la penitencia.
1. La penitencia es una especie de tristeza. Pero la tristeza reside
en el apetito concupiscible, lo mismo que el gozo. Luego el sujeto de
la penitencia es el apetito concupiscible.
2. La penitencia es una especie de venganza, como dice San
Agustín en su libro De Poenitentia. Pero la venganza parece
pertenecer al apetito irascible, porque la ira es un apetito de
venganza. Luego parece que el sujeto de la
penitencia es el apetito irascible.
3. Lo pasado es el objeto propio de la memoria, según dice
el Filósofo en su libro
De Memoria. Ahora bien,
ya se dijo (
a.1 ad 2.3) que la penitencia trata de cosas pasadas.
Luego el sujeto de la penitencia es la memoria.
4. Ninguna cosa puede actuar donde no está. Pero la
penitencia elimina los pecados de todas las potencias
del alma. Luego la penitencia reside en todas las potencias del alma,
y no sólo en la voluntad.
Contra esto: la penitencia es una especie de sacrificio, según las
palabras de Sal 50,19: El sacrificio agradable a Dios es un corazón
contrito. Pero el ofrecimiento de un sacrificio es un acto de la
voluntad, según Sal 53,8: Te ofreceré un sacrificio voluntario.
Luego la penitencia reside en la voluntad.
Respondo: De la penitencia podemos hablar en
dos sentidos. Primero, como pasión. Y, en este sentido, puesto que es
una especie de tristeza, reside en el apetito concupiscible como en su
propio sujeto.
Segundo, como virtud. Y, en este sentido, como se ha dicho ya (a.3),
es una especie de justicia. Ahora bien, la justicia, como se dijo en
la Segunda Parte, tiene como sujeto el apetito
racional, que es la voluntad. Luego queda claro que la penitencia,
como virtud, reside en la voluntad como en su propio sujeto. Y su acto
propio es ofrecer reparaciones a Dios por las faltas cometidas contra
él.
A las objeciones:
1. El argumento considera la
penitencia como pasión.
2. El deseo de venganza por pasión
pertenece al apetito irascible. Pero el deseo o la toma de venganza
racional contra uno mismo o contra otro pertenece a la
voluntad.
3. La memoria es una facultad que
conoce el pasado. Pero la penitencia no pertenece a la facultad
cognoscitiva, sino a la apetitiva, que presupone ya el conocimiento.
Luego la penitencia no está en la memoria, sino que la
supone.
4. La voluntad, como se afirmó en
la
Primera Parte (
q.72 a.4;
2-2 q.9 a.1), mueve todas las demás
potencias del alma. Por lo que nada impide que la penitencia, aun
existiendo en la voluntad, influya sobre las demás potencias del
alma.
Artículo 5:
¿Tiene la penitencia su origen en el temor?
lat
Objeciones por las que parece que la penitencia no tiene su origen en
el temor.
1. La penitencia comienza por el desagrado de los pecados. Ahora
bien, esto pertenece a la caridad, como se ha dicho ya (
a.2 ad 1;
a.3). Luego la penitencia tiene su origen más en el amor que en el
temor.
2. Los hombres son movidos a la penitencia en espera del
reino de los cielos, según las palabras de Mt 4,17: Haced
penitencia, porque se acerca el reino de los cielos. Pero el reino
de los cielos es objeto de esperanza. Luego la penitencia procede más
de la esperanza que del temor.
3. El temor es un acto interior del hombre. Pero la
penitencia no parece proceder de un acto del hombre, sino más bien de
una actuación de Dios, según las palabras de Jer 31,19: Después que
me convertiste hice penitencia. Luego la penitencia no procede del
temor.
Contra esto: dice Is 26,17: Como la mujer encinta, cuando se le
acerca el momento del parto, se retuerce y grita en sus dolores, eso
hemos venido a ser nosotros por la penitencia. Y un poco después
continúa el texto según otra versión: Por tu temor,
Señor, hemos concebido y hemos parido y hemos dado a luz un espíritu
de salvación, o sea, de penitencia saludable, como se dice en lo
que precede (Is 26). Luego la penitencia procede del
temor.
Respondo: De la penitencia podemos hablar en dos
sentidos. Primero, en cuanto que es un hábito, y en este sentido nos
es infundido inmediatamente por Dios,
sin nosotros como
operadores principales, pero no sin nosotros como operadores
dispositivamente con ciertos actos.
Segundo, podemos hablar de la penitencia refiriéndonos a los actos
con los que nosotros cooperamos con Dios, que actúa en la penitencia.
El primer principio de estos actos es la actuación de Dios, que
convierte nuestro corazón, según las palabras de Lam 5,21: Conviértenos a ti, Señor, y nos convertiremos. El
segundo acto es un movimiento de fe. El tercer acto es un movimiento
de temor servil por el que uno se aparta de los pecados por temor al
castigo. El cuarto acto es un movimiento de esperanza por el que uno
hace propósito de enmienda con la esperanza de obtener el perdón. El
quinto acto es un movimiento de caridad por el que uno detesta el
pecado en sí mismo, y no ya por el miedo al castigo. El sexto acto es
un movimiento de temor filial por el que uno ofrece a Dios
voluntariamente su enmienda por reverencia hacia él.
Así pues, queda claro que el acto de la penitencia tiene su origen en
el temor servil como en un primer movimiento afectivo que se orienta
hacia ella, pero tiene su origen en el temor filial como en su
principio próximo e inmediato.
A las objeciones:
1. El pecado comienza por
desagradar al hombre, sobre todo al pecador, antes por el castigo, en
el que se fija el temor servil, que por la ofensa de Dios o la fealdad
del pecado, que es lo propio de la caridad.
2. El advenimiento del reino de los
cielos significa la venida del rey no sólo para premiar, sino
también para castigar. Por lo que en Mt 3,7 decía Juan el Bautista: Raza de víboras, ¿quién os ha enseñado a huir de la ira
venidera?
3. También el acto de temor
procede de Dios, que es quien convierte el corazón. Por lo que se dice
en Dt 5,29: ¿Quién les dará un espíritu tal que me teman? Y
así, por el hecho de que la penitencia procede del temor, no se
excluye el que proceda de Dios, que es quien convierte el
corazón.
Artículo 6:
¿Es la penitencia la primera entre las virtudes?
lat
Objeciones por las que parece que la penitencia es la primera entre
las virtudes.
1. Comentando las palabras de Mt 3,2: Haced penitencia, dice
la Glosa: La primera virtud es castigar por la
penitencia al hombre viejo y odiar los vicios.
2. Aún más: el abandono del punto de partida debe ser anterior
al acceso al punto de llegada. Ahora bien, todas las demás virtudes
parece que pertenecen al punto de llegada, ya que por todas ellas el
hombre se encamina al bien obrar, mientras que la penitencia parece
que se encamina al abandono del mal. Luego parece que la penitencia es
anterior a todas las demás virtudes.
3. Antes que la penitencia está el pecado en el alma.
Ahora bien, ninguna virtud reside en el alma juntamente con el pecado.
Luego ninguna virtud es anterior a la penitencia, sino que parece que
ella es la primera y la que abre la puerta a las otras con la
expulsión del pecado.
Contra esto: la penitencia procede de la fe, esperanza y caridad, como
acabamos de decir (
a.5). Luego la penitencia no es la primera entre
las virtudes.
Respondo: Hablando de las virtudes consideradas
como hábitos, no hay que buscar en ellas un orden cronológico, ya que,
estando todas ellas unidas entre sí, como se afirmó en la
Segunda
Parte (
1-2 q.65 a.3), todas empiezan a existir al mismo tiempo en
el alma. Pero se dice que una es anterior a otra en orden de
naturaleza, deducido del orden de actos, por cuanto el acto de una
virtud presupone el de otra.
Según esto, pues, hay que afirmar que algunos actos laudables pueden
preceder, incluso cronológicamente, al acto y al hábito de la
penitencia, como, por ej., actos de fe y de esperanza informes, y
actos de temor servil. Pero el acto y el hábito de la caridad son
cronológicamente simultáneos con el acto y el hábito de la penitencia,
y con el hábito de las demás virtudes, porque, como se dijo en la Segunda Parte (1-2 q.113 a.7.8), en la justificación del pecador
son simultáneos el movimiento del libre albedrío hacia Dios, que es el
acto de fe informado por la caridad, y el movimiento del libre
albedrío contra el pecado, el cual es acto de la penitencia. Pero de
estos dos actos, el primero precede naturalmente al
segundo, porque el acto de la virtud de la penitencia se mueve contra
el pecado bajo la moción del amor de Dios, por lo que el primer acto
es razón y causa del segundo. Por consiguiente, la penitencia no es,
absolutamente hablando, la primera entre las virtudes, ni con
prioridad de tiempo ni con prioridad de naturaleza, porque en el orden
de la naturaleza las virtudes teologales hablando en absoluto son
anteriores a ella.
Sin embargo, en cierto aspecto, la penitencia es, cronológicamente
hablando, anterior a todas las demás virtudes, en cuanto que su acto
es el primero que se verifica en la justificación del pecador. Pero en
el orden de naturaleza parece que las otras virtudes son anteriores,
de la misma manera que lo que es esencial es anterior a lo que es
accidental; porque las otras virtudes parece que son esencialmente
necesarias para el bien del hombre, mientras que la penitencia es
necesaria en un supuesto: suponiendo la existencia anterior del
pecado, según se dijo ya al tratar del lugar que le correspondía al
sacramento de la penitencia (q.65 a.4) con respecto a los otros
sacramentos.
A las objeciones:
1. La Glosa se refiere a que
el acto de la penitencia es cronológicamente anterior a los actos de
las demás virtudes.
2. En los movimientos sucesivos,
el abandono del punto de partida es anterior cronológicamente al
acceso al punto de llegada. También es anterior con anterioridad de
naturaleza si se le considera por parte del sujeto, o sea, según el
orden de la causa material. Pero, considerado según el orden de la
causa agente y final, lo primero es el punto de llegada, puesto que es
esto lo primero que pretende el agente. Y éste es el orden que más
interesa cuando se trata de los actos del alma, como se dice en II Physico-.
3. La penitencia abre la puerta a
las demás virtudes expulsando el pecado por la virtud de la fe y la
caridad, que son naturalmente anteriores. Y de tal manera les abre la
puerta que ellas mismas entran al mismo tiempo con ella. Porque en la
justificación del pecador, el movimiento del libre albedrío hacia Dios
y contra el pecado es simultáneo con la remisión de la culpa y la
infusión de la gracia, con la cual se infunden simultáneamente todas
las virtudes, como se dijo en la
Segunda Parte (
1-2 q.65 a.3.5).