Artículo 1:
¿Consiste la tentación de Dios en realizar ciertos actos cuyo
resultado se espera sola y exclusivamente del poder
divino?
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Objeciones por las que parece que el tentar a Dios no consiste en
realizar ciertos actos cuyo resultado se espera exclusivamente del
poder divino.
1. Porque lo mismo que el hombre tienta a Dios, tientan al hombre no
sólo Dios y los demás hombres, sino también el demonio. Pero no
siempre que se tienta al hombre se espera algún efecto de su poder.
Luego tampoco se tienta a Dios únicamente porque se espera lo que es
sola y exclusivamente efecto de su poder.
2. Todos los que obran milagros invocando el nombre de Dios
esperan conseguir un efecto propio y exclusivo del poder divino. Luego
si la tentación de Dios consistiera en hechos de esta clase, todos los
que hacen milagros tentarían a Dios.
3. Parece que la perfección del hombre consiste en que,
sin hacer caso alguno de los recursos humanos, ponga su esperanza sólo
en Dios. Por lo que, a este propósito, comenta así San
Ambrosio estas palabras de Lc 9,3: No llevéis nada
en vuestros viajes, etc.: Con estos preceptos del Evangelio
—dice— se muestra cómo ha de ser la persona que anuncia la buena
nueva del reino de Dios, esto es, que no debe preocuparse de buscar
apoyo en la ayuda que el mundo le ofrece, sino que, ajustando su vida
enteramente a las exigencias de la fe, se convenza de que cuanto menos
ambicione tales bienes, más tendrá. Y Santa Águeda decía: Yo
nunca curé mi cuerpo con medicinas no espirituales, sino que recurro
siempre a mi Señor Jesucristo, que con sola su palabra restaura todas
las cosas. Pero la tentación de Dios no
consiste en nada relacionado con la perfección. Luego
no consiste la tentación de Dios en esa clase de hechos, en que se
espera tan sólo el auxilio de Dios.
Contra esto: está lo que escribe San Agustín (XXII Contra
Faustum): Cristo, al enseñar, al discutir y al
mantener a raya el furor de sus enemigos para que no prevaleciesen,
parcialmente por lo menos, contra El, mostraba con ello su poder
divino. Por el contrario, cuando huía y se ocultaba, aleccionaba con
su conducta al hombre débil, a fin de que no se atreva a tentar a Dios
cuando tiene a mano el remedio para evadir el peligro que es necesario
evitar. Según esto, la tentación parece consistir en que el hombre
no hace lo humanamente posible por evitar los peligros poniendo su
mirada sola y exclusivamente en el auxilio divino.
Respondo: Que la tentación consiste
propiamente en someter a una prueba a la persona tentada, y que esta
prueba puede hacerse con palabras y con obras. Con palabras: para
comprobar si sabe lo que le preguntamos, o si puede o tiene intención
de cumplirlo. Con obras: cuando, con lo que hacemos, exploramos la
prudencia, la voluntad o el poder de los demás. Lo uno y lo otro puede
ocurrir de dos modos: primero, yendo a cara descubierta, tal es el
caso de quien se presenta desde el principio como tentador, por
ejemplo, Sansón (Jue 14,12), cuando propuso a los filisteos un enigma
para ponerlos a prueba; segundo, cuando se procede oculta e
insidiosamente, como tentaron los fariseos a Cristo conforme se lee en
Mt 22,15. Cabe decir también esto otro: se tienta a alguien de manera
expresa cuando se intenta ponerle a prueba con palabras o con hechos;
de manera interpretativa, cuando, si bien lo que se intenta no es
ponerle a prueba, se obra o se habla, sin embargo, de tal forma que
tal proceder no parece ordenarse a ningún otro fin.
Según esto, el hombre tienta a Dios unas veces con palabras y otras
con hechos. Hablamos con Dios en la oración valiéndonos de palabras.
Por eso uno tienta expresamente a Dios en sus peticiones cuando le
pide algo con la intención de explorar la ciencia, el poder o la
voluntad divinas. También con hechos tienta uno expresamente a Dios
cuando, con lo que hace, intenta poner a prueba su divino poder, su
piedad o su sabiduría. Tienta, en cambio, a Dios de modo
interpretativo, por así decirlo, quien, si bien no intenta probar a
Dios, pide o hace cosas que para nada son útiles sino para poner a
prueba el poder, la bondad o el conocimiento divinos. Si uno, por
ejemplo, lanza al galope un caballo para escapar de sus enemigos, lo
que hace no es para probar el caballo. Pero si le hace correr sin
utilidad alguna, parece que esto no es ni más ni menos que tratar de
conocer por experiencia su velocidad. Otro tanto ocurre en todas las
demás cosas. Por consiguiente, no hay tentación de Dios cuando por
necesidad uno se acoge al auxilio divino en sus peticiones o en sus
hechos, pues se nos dice en 2 Par 20,12: Cuando no sabemos qué
hacer, solamente nos queda volver nuestros ojos hacia ti. Mas,
cuando así se obra sin necesidad y utilidad alguna, semejante proceder
lo interpretamos como tentación de Dios. De ahí el que las palabras
del Dt 6,16: No tentarás al Señor, tu Dios, las comente así
la Glosa: Tienta a Dios el que, teniendo
otras soluciones, se pone en peligro sin motivo, tratando de conocer
por experiencia si Dios puede librarlo de él.
A las objeciones:
1. Al hombre se le tienta
también a veces con hechos, para ver si ante este compromiso puede,
sabe o quiere prestar auxilio o no.
2. Los santos, cuando hacen
milagros con sus oraciones, obran así porque alguna necesidad o
utilidad les mueve a pedir a Dios lo que es efecto de su
poder.
3. Los predicadores del reino
de Dios, por razón de una gran utilidad o necesidad, no hacen caso
alguno de los recursos temporales para entregarse con más libertad a
la palabra de Dios. De ahí que, si se apoyan solamente en Dios, no
tientan a Dios por eso. Pero si se despreocuparan de los recursos
humanos sin necesidad o utilidad, tentarían con ello a Dios. Por lo
que San Agustín dice (XXII
Contra Faustum) que
San Pablo no huyó como si le faltase fe en Dios, sino para no
tentarlo al no querer huir pudiendo hacerlo.
Santa Águeda, en cambio, había experimentado la benevolencia divina
para con ella, de tal forma que o no contrajo enfermedad en que
necesitase de remedios corporales, o con la ayuda de Dios únicamente
se había sentido sana en seguida.
Artículo 2:
¿Es pecado tentar a Dios?
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Objeciones por las que parece que no es pecado tentar a
Dios.
1. Dios nunca manda que se cometa un pecado. Pero manda a los hombres
que lo pongan a prueba o, lo que es lo mismo, que lo tienten, ya que
en Mal 3,10 se leen estas palabras: Traed todos los diezmos a mi
granero para que haya alimentos en mi casa; y ponedme a prueba en
esto, dice el Señor, a ver si os abro o no luego las cataratas del
cielo. Luego, según parece, tentar a Dios no es
pecado.
2. Lo mismo que a una persona se la tienta para poner a
prueba su ciencia o su poder, así también para conocer por experiencia
su bondad o su voluntad. Pero es lícito poner a prueba la bondad e
incluso la voluntad divinas, pues se nos dice en el salmo 33,9: Gustad y ved cuán suave es el Señor; y en Rom 12,2: Para que
probéis cuál es la voluntad de Dios, buena, grata y perfecta.
Luego tentar a Dios no es pecado.
3. A nadie reprende la Escritura porque deje de pecar,
sino más bien porque peca. Sin embargo, se reprende a Ajaz porque al
Señor, que le decía: Pide a tu gusto una señal al Señor tu
Dios, él respondió: No la pediré, y no tentaré al Señor. Se
le contestó: ¿Os parece poco todavía molestar a los hombres, que
os atrevéis incluso a molestar a mi Dios? Así consta en Is 7,11.
Con respecto a Abrahán, leemos en Gén 15,8 que dijo al Señor,
refiriéndose a la tierra prometida: ¿En qué conoceré que he de
poseerla? Gedeón también, de un modo semejante, pidió a Dios una
señal de que obtendría la victoria prometida Que 6,36). A pesar de
todo, a ninguno de ellos se le reprende por esto. Por consiguiente,
tentar a Dios no es pecado.
Contra esto: está el que lo prohibe la ley de Dios. Pues leemos en Dt
6,16: No tentarás al Señor, tu Dios.
Respondo: Que, como queda dicho (
a.1), tentar
es poner a prueba. Y nadie somete a prueba aquello de que está cierto.
Por eso toda tentación procede de alguna ignorancia o duda. Duda o
ignorancia por parte del tentador, como cuando se hace algún
experimento para conocer la calidad de una cosa; o por parte de
aquellos otros a quienes se pretende mostrar con tal experiencia
alguna cosa. Es así como nos tienta Dios. Ahora bien: ignorar o poner
en duda lo referente a la perfección de Dios es un pecado. Por tanto,
es cosa manifiesta que es pecado tentar a Dios con el fin de conocer,
quien tal hace, su poder.
En cambio, si alguien somete a prueba lo referente a las perfecciones
divinas, no para conocerlas él, sino para darlas a conocer a los
demás, eso no será tentar a Dios, cuando hay en tal proceder verdadera
necesidad o piadosa utilidad, con las demás circunstancias que aquí
deben concurrir. En este sentido leemos en Hech 4,29-30 que los
apóstoles pedían milagros al Señor en nombre de Jesucristo, para que
el poder de Cristo se manifestase a los infieles.
A las objeciones:
1. El pago de los diezmos,
como antes explicamos (
q.87 a.1) estaba preceptuado por la Ley. Se
daban, pues, en el caso citado, la necesidad, debido a la obligación
impuesta por el precepto; y la utilidad de que allí se
habla con estas palabras:
para que haya alimentos en la casa de
Dios. Por tanto, al pagar los diezmos, no tentaban a Dios. Y lo
que viene después,
ponedme a prueba, no debe entenderse de un
modo causal, como si debieran pagar los diezmos para comprobar
si
Dios no abría para bien de ellos las cataratas del cielo, sino,
más bien, a modo de consecuencia, es decir, que si ellos pagaban los
diezmos, se convencerían por propia experiencia de los beneficios que
Dios iba a hacerles.
2. De dos maneras conocemos
la bondad y voluntad divinas. La una es especulativa, y en este
sentido es ilícito dudar y tratar de conocer por experiencia si la
voluntad de Dios es buena o si Dios es suave.
La otra, en cambio, es un conocimiento afectivo o experimental de la
bondad y voluntad divinas, que se da cuando alguien experimenta en sí
mismo el gusto de la divina dulzura y complacencia en la voluntad
divina, conforme a lo que de Hieroteo dice Dionisio (2 cap. De
Div. Nom.): que aprendió las cosas divinas por
propia experiencia. Es así como se nos aconseja que probemos la
voluntad de Dios y gustemos su dulzura.
3. Dios quería dar una señal
al rey Ajaz, no destinada únicamente a su persona, sino a servir de
enseñanza al pueblo entero. De ahí el que se le reprenda, como a
impedidor del bien común, por negarse a pedir una señal cuando podía
muy bien pedirla sin tentar a Dios: no sólo porque lo hacía por
mandato de Dios, sino también porque con ello servía a la utilidad
común. De hecho, Abrahán pidió una señal por inspiración divina y, por
consiguiente, no pecó. Gedeón la pidió, al parecer, por falta de fe, y
por eso su proceder no estuvo exento de pecado, tal como dice la
Glosa. De igual modo pecó también Zacarías diciendo
al ángel (Lc 1,18):
¿Cómo podré saber esto? Fue, en
consecuencia, castigado por su incredulidad.
Se ha de tener en cuenta, por otra parte, que se puede pedir a Dios
una señal de dos maneras. Una, como exploración de su poder divino o
de su veracidad. Y esto es en lo que propiamente consiste el tentar a
Dios. Otra, para llegar a saber qué es lo que a Dios le agrada en una
acción. Y, en este sentido, nada tiene esto que ver con la tentación
de Dios.
Artículo 3:
La tentación a Dios, ¿se opone a la virtud de la religión?
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Objeciones por las que parece que la tentación de Dios no se opone a
la virtud de la religión.
1. La tentación de Dios es pecado precisamente por esto: porque el
hombre duda de Dios, como hemos dicho. Pero la duda de Dios implica un
pecado de infidelidad, pecado opuesto a la fe. Luego la tentación de
Dios se opone a la fe más bien que a la religión.
2. En Ex 18,23 leemos: Antes de la oración prepara tu
alma, y no seas como los hombres que tientan a Dios, a propósito
de lo cual dice la Glosa: Habla de los que,
tentando con ello a Dios, piden lo que El les enseñó a pedir, pero no
cumplen lo que les mandó. Pero esto no es otra cosa que un acto de
presunción, y la presunción se opone a la esperanza. Luego parece que
la tentación de Dios es un pecado que se opone a la
esperanza.
3. Sobre aquellas palabras del salmo 77,18: Y han
tentado a Dios en sus corazones, dice la Glosa: Tentar a Dios equivale a suplicar con engaño, de modo y manera que, al hacerlo, hay inocencia en las palabras, malicia en el corazón. Pero el engaño se opone a la virtud de la verdad. Luego la tentación de Dios no se opone a la religión, sino a la verdad.
Contra esto: está el que, conforme a las palabras de la
Glosa, ya citadas, tentar a Dios equivale a
suplicarle de un modo indebido. Pero el suplicar debidamente, como ya
se dijo (
q.83 a.15), es acto de religión. Luego el tentar a Dios es un
pecado opuesto a la religión.
Respondo: Que, según lo dicho (
q.81 a.5), el
fin de la religión es reverenciar a Dios. Por tanto, todas aquellas
cosas que implican sobre todo irreverencia hacia Dios, se oponen a la
religión. Ahora bien: es evidente que el tentar a alguien tiene no
poco de irreverencia hacia él, pues nadie se atreve a tentar a una
persona de cuya excelencia está seguro. Por tanto, es cosa manifiesta
que tentar a Dios es un pecado opuesto a la religión.
A las objeciones:
1., como ya queda dicho (
q.81 a.7), es acto propio de la religión declarar públicamente nuestra fe
mediante ciertos signos exteriores, ordenados a expresar nuestra
reverencia a Dios. Por tanto, es una muestra de irreligiosidad el que
un hombre, por su falta de convicción en materia de fe, realice actos
de irreverencia para con Dios, tales como el tentarlo. Tal tentación
es, por consiguiente, una especie de irreligiosidad.
2. Quien antes de la oración
no prepara su espíritu, perdonando si tiene algo contra el
prójimo (Me 11,25), o no se dispone para la devoción de otras
maneras, no hace lo que está de su parte para ser escuchado por Dios.
Y, por tanto, cabe interpretarse de algún modo esta conducta como
tentación de Dios. Y aunque parece que lo que en este caso
consideramos como tentación puede provenir de presunción o
indiscreción, no deja, sin embargo, de ser irreverencia hacia Dios el
que el hombre se comporte de forma presuntuosa y sin la debida
diligencia en lo que a Dios se refiere, pues se nos dice en 1 Pe 5,6: Humillaos bajo la mano poderosa de Dios; y en la 2 Tim
2,15: Cuida diligentemente de ti mismo, para presentarte como
conviene ante Dios. Luego también la tentación de que hablamos es
una especie de irreligiosidad.
3. Con lo de orar dolosamente
no queremos decir que alguien trate de engañar a Dios, que conoce lo
oculto del corazón, sino a los hombres. El modo, por consiguiente, es
algo accidental en la tentación de Dios. No es, por consiguiente,
necesario que la tentación de Dios se oponga directamente a la
verdad.
Artículo 4:
La tentación a Dios, ¿es un pecado más grave que el de
superstición?
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Objeciones por las que parece que la tentación de Dios es un pecado
más grave que la superstición.
1. Porque se impone un castigo mayor por un pecado mayor. Pero los
judíos fueron castigados más severamente por el pecado de haber
tentado a Dios que por el de idolatría, con ser ésta la principal
entre las supersticiones. En efecto, por el pecado de idolatría se dio
muerte a tres mil hombres, como leemos en Ex 32,28; mientras que por
tentar a Dios perecieron todos en el desierto, no logrando entrar en
la tierra prometida, según aquello del salmo 94,9: Vuestros padres
me tentaron, que, después (v.11), prosigue así: a los que he
jurado en mi cólera que no entrarán en mi descanso. Luego la
tentación de Dios es un pecado más grave que el de
superstición.
2. Parece que un pecado es tanto más grave cuanto más se
opone a la virtud. Pero la irreligiosidad, de la que la tentación es
una especie, se opone más a la virtud de la religión que la
superstición, que tiene con ella cierta semejanza. Luego la tentación
de Dios como pecado es más grave que la superstición.
3. Mayor pecado parece faltar al respeto a los padres
que mostrar a otras personas el respeto a ellos debido. Pero Dios ha
de ser honrado por nosotros como Padre común de todos, tal como leemos
en Mal 1,6. Luego la tentación de Dios, por la que le faltamos al
respeto, parece que es un pecado mayor que la idolatría, que muestra a
las criaturas el respeto que sólo se debe a Dios.
Contra esto: está el que sobre aquellas palabras del Dt 17,2: En el
caso de que haya donde vives, etc., dice la Glosa: La ley reprueba como lo que más este
error idolátrico, porque no hay crimen más grande que
dar a las criaturas el honor debido al Creador.
Respondo: Que los pecados contrarios a la
religión son tanto más graves cuanto más opuestos al honor debido a
Dios. Y a este honor se opone menos la duda que la certeza contraria a
la excelencia divina. Porque así como es más infiel quien está
enteramente convencido de la falsedad que el que duda de la verdad de
la fe, así también va más en contra del honor debido a Dios quien con
hechos avala públicamente un error contrario a la excelencia divina
que quien sólo manifiesta públicamente sus dudas. Ahora bien: el
supersticioso avala públicamente un error, como consta por lo dicho
(
q.94 a.1 ad 2), mientras que el que tienta a Dios con palabras o con
obras expresa sólo sus dudas acerca de la excelencia divina, conforme
a lo dicho (
a.2). Por consiguiente, es más grave el pecado de
superstición que el de tentación de Dios.
A las objeciones:
1. Al pecado de idolatría no se le
aplicó ese castigo como si se pensase que con él bastaba, sino que se
le reservó para el futuro un castigo más severo, puesto que leemos en
Ex 32,34: Yo, a pesar de todo, revisaré el pecado que éstos
cometieron, en el día de la venganza.
2. La superstición es semejante a
la religión en lo que hay de material en sus actos: que ambas ofrecen
de manera parecida. Pero, en cuanto al fin, se opone más a ella que la
tentación de Dios, porque, según hemos dicho, implica una mayor
irreverencia hacia Dios.
3. La excelencia divina es, por
esencia, singular e incomunicable y, por tanto, cometen el mismo
pecado quienes realizan alguna acción contraria a la reverencia divina
y quienes otorgan a otro el honor debido únicamente a Dios. No ocurre
algo semejante con el respeto debido a los padres, que puede, sin
culpa alguna, tributarse a otras personas.