Pasamos ahora a tratar el tema de los preceptos que atañen a estos
hábitos virtuosos. Sobre este tema se plantean dos
problemas:
Artículo 1:
¿Se debieron dar preceptos sobre la fe en la ley antigua?
lat
Objeciones por las que parece que se debieron dar preceptos sobre la
fe en la ley antigua:
1. Los preceptos versan sobre lo debido y necesario. Ahora bien, al
hombre le es del todo necesario el creer, conforme al testimonio de la
Escritura: Sin la fe es imposible agradar a Dios (Heb 11,6).
Fue, pues, muy conveniente que se dieran preceptos sobre la
fe.
2. El Nuevo Testamento se contiene en el Antiguo como lo
figurado en la figura, según hemos expuesto (1-2 q.107 a.3). Pues
bien, en el Nuevo Testamento se da mandamiento expreso sobre la fe a
tenor de estas palabras: Creéis en Dios, creed también en mí
(Jn 14,1). En consecuencia, parece que en la ley antigua debieron
darse también preceptos sobre la fe.
3. Es idéntico el motivo para prescribir el acto de la
virtud y para prohibir el vicio opuesto. Ahora bien, en la ley antigua
hay muchos preceptos que prohiben la infidelidad, como dan testimonio
estas palabras: No tendrás dioses extraños en mi presencia (Ex
20,3), y en otro lugar (Dt 13,1-3) se prescribe que no den oído a las
palabras del profeta o soñador que pretenda apartarles de la fe en
Dios. Por lo tanto, la ley antigua debió dar también preceptos sobre
la fe.
4. Más todavía: La confesión es acto de fe, como hemos expuesto (q.3 a.1). Pues bien, en la ley antigua se da el precepto de confesar y de
promulgar la fe. Y así, en el Éxodo (20,3) se ordena dar al hijo
explicación cumplida de la observancia de la pascua, y en el
Deuteronomio (13) se prescribe dar muerte a quien difunda enseñanzas
contrarias a la fe. Luego la ley antigua debió dar preceptos sobre la
fe.
5. Por último, todos los libros del Antiguo Testamento se contenían
en la ley, y por eso dice el Señor (Jn 15,25) que estaba escrito en la
ley me aborrecieron sin motivo, y en realidad está escrito en
el salmo (2,8) se afirma: Los que
teméis al Señor, escuchadle (6,4). En consecuencia, en la ley
antigua se debieron dictar preceptos sobre la fe.
Contra esto: está el testimonio del Apóstol, que llama a la ley
antigua ley de las obras, contraponiéndola a la ley de la
fe (Rom 3,27). Luego en la ley antigua no se debieron dictar
preceptos sobre la fe.
Respondo: La ley la impone un señor solamente a
su súbditos, y por eso los preceptos de cualquier ley presuponen la
sumisión de quien recibe a quien da la ley. Ahora bien, la primera
sumisión del hombre a Dios se da por la fe, según las palabras del
Apóstol: Es preciso que quien se acerca a Dios crea que existe
(Heb 11,6). Por eso la verdad de fe se presupone a los preceptos de la
ley. De ahí que en el Éxodo lo que respecta a la fe se pone como
preámbulo a los preceptos de la ley, al decir: Yo soy el Señor tu
Dios, que te ha sacado de la tierra de Egipto (Ex 20,2). De igual
modo, en el Deuteronomio (6,4) se pone en primer término: Oye,
Israel, el Señor es uno e inmediatamente después presenta los
preceptos. Pero dado que hay muchas cosas ordenadas a la fe por la que
creemos que existe Dios, que es lo primero y principal de cuanto
creemos, como hemos dicho (q.1 a.7), por eso, presupuesta la fe en
Dios por la que está asegurada la sumisión de la mente del hombre a
Dios, pueden dictarse ya otros preceptos sobre cosas que se deben
creer. En ese sentido, exponiendo las palabras de Jn 15,12: Este es
mi mandamiento, afirma San Agustín que son múltipes los preceptos
de la fe. Pero en la ley antigua no se debían exponer
al pueblo los secretos de la ley. Por eso, presupuesta la fe en un
solo Dios, no se dio en la ley antigua ningún otro precepto sobre lo
que debía creerse.
A las objeciones:
1. La fe es necesaria como
principio de vida espiritual. Por eso se presupone a la recepción de
la ley.
2. También allí presupone el Señor
algo en relación con la fe, es decir, la fe en un solo Dios, cuando
dice: Creéis en Dios, y prescribe igualmente alguna otra cosa,
es decir, la fe en la encarnación, por la cual Dios se hace hombre.
Pero esta explicación de la fe pertenece al Nuevo Testamento. Por eso
añade: Creed también en mí.
3. Los preceptos prohibitivos
conciernen a los pecados que corrompen la virtud, y ésta, como ya
hemos dicho (q.10 a.5), se destruye por defectos particulares. Por
eso, en la ley antigua, presupuesta la fe, hubo que dar muchos
preceptos que vedaran a los hombres los defectos particulares que
pudieran corromper la fe.
4. La confesión o la enseñanza de
la fe presuponen también la sumisión del hombre a Dios por la fe. Por
eso, en la ley antigua se podían dar mejor preceptos sobre la
confesión y la doctrina de la fe que sobre la misma
fe.
5. En la autoridad citada se
presupone también la fe por la que creemos que existe Dios. Por eso se
pone primero: Los que teméis a Dios; esto no se podría dar sin
la fe. Mas respecto a lo que añade: Creedle, hay que referirlo
a algunas verdades especiales de fe, y sobre todo a las que promete
Dios a quienes le obedecen. Por eso añade: Y vuestra recompensa no
será vana.
Artículo 2:
¿Están bien propuestos en la ley antigua los preceptos acerca de la
ciencia y del entendimiento?
lat
Objeciones por las que parece que no están bien propuestos en la ley
antigua los preceptos acerca de la ciencia y el entendimiento:
1. La ciencia y el entendimiento pertenecen al conocimiento. Ahora
bien, el conocimiento precede y dirige la acción. En consecuencia,
esos preceptos de ciencia y de entendimiento deben preceder a los que
se refieren a la acción. Por consiguiente, dado que los preceptos del
decálogo constituyen los primeros preceptos de la ley, parece que
debieran darse algunos sobre la ciencia y el entendimiento.
2. El aprendizaje antecede a la doctrina; el
hombre, efectivamente, antes de enseñar, aprende de otro. Pues bien,
en la ley antigua se dan algunos preceptos acerca de la doctrina; unos
afirmativos, como éste: Los enseñarás a tus hijos y nietos (Dt
4,9); y otros negativos, como el siguiente: No añadirás ni quitarás
nada a la palabra que os hablo (Dt 4,2). Parece, pues, que también
se deberían haber prescrito preceptos que indujeran al hombre a
aprender.
3. Los preceptos de ciencia y de entendimiento parecen más
necesarios al sacerdote que al rey, y así se dice: Los labios del
sacerdote guardarán la ciencia, y la ley se buscará en su boca
(Mal 2,7). Y en otro lugar: Porque abandonaste la ciencia, te
abandonaré también yo a ti para que no me desempeñes el sacerdocio
(Os 4,6). Al rey, en cambio, se le manda aprender la ciencia de la
ley, como se ve claramente en la Escritura (Dt 17,18-19). Luego con
mayor motivo se debió mandar en la ley que la aprendieran los
sacerdotes.
4. Finalmente, la reflexión sobre cuanto atañe a la ciencia y al
entendimiento no se puede realizar durmiendo, y lo impiden también
ocupaciones ajenas. Por eso, sin razón se manda: Meditarás en ellas
estando en tu casa, de viaje, al dormir y al levantarte (Dt 6,7).
No están, pues, bien presentados en la ley antigua los preceptos sobre
la ciencia y el entendimiento.
Contra esto: está el testimonio siguiente: Todos los que oigan estos
preceptos dirán: he aquí un pueblo sabio e inteligente (Dt
4,3).
Respondo: En la ciencia y el entendimiento se
pueden considerar tres cosas: la primera, su consecución; la segunda,
su uso; la tercera, su conservación. La ciencia y el entendimiento se
consiguen a través de la doctrina y la disciplina, y las dos cosas
están prescritas en la ley. Así se dice: Las palabras que yo te
mando estarán en tu corazón (Dt 6,6), y esto corresponde a la
disciplina, ya que el discípulo debe aplicar el corazón a lo que se le
enseña. A la doctrina pertenece lo que se añade a continuación: Y
Las comentarás a tus hijos (v.7). El uso de la ciencia y del
entendimiento es la reflexión sobre lo que se aprende y entiende, y
sobre ello se dice: Las meditarás estando en casa... (ib.). Su
conservación se logra con la memoria, y sobre ello se prescribe: Las ligarás como señal en tu mano y estarán y se moverán ante tus
ojos y las has de escribir en el umbral y en las puertas de tu
casa (v.8-9). Y esto indica recuerdo continuo de los mandamientos
de Dios, ya que lo que está constantemente ante nuestros sentidos, sea
a través del tacto, como lo que tenemos entre manos; sea de la vista,
como lo que continuamente está ante los ojos de la mente, sea algo a
lo que tenemos que recurrir con frecuencia, como la puerta de casa, no
se puede borrar de nuestro recuerdo. Esto se nos dice de manera más
terminante con estas palabras: No olvides las palabras que han
visto tus ojos y no caigan de tu corazón en todos los días de tu
vida (Dt 4,9). Tales mandatos se leen también con mayor profusión
en el Nuevo Testamento, tanto en la enseñanza evangélica como en la
apostólica.
A las objeciones:
1. Cuando se afirma en el
Deuteronomio (4,6): Esta es vuestra sabiduría y vuestro
entendimiento delante de los pueblos, se quiere dar a entender que
la ciencia y el entendimiento de los pueblos está en los preceptos de
la ley. Por eso, primero se deben proponer los preceptos de la ley;
después hay que inducir a los hombres a su ciencia y entendimiento. De
ahí que estos dos preceptos no se debían introducir entre los del
decálogo, que son los primeros.
2. Como hemos expuesto, entre los
preceptos de la ley van incluidos también los relacionados con la
disciplina. Sin embargo, está expresada de forma más explícita la
doctrina que la disciplina, porque aquélla atañe a los mayores, que
son independientes y están directamente bajo la ley; y a ellos, por
consiguiente, se les deben dar sus preceptos. La disciplina, en
cambio, atañe a los menores, a quienes deben llegar los preceptos de
la ley a través de los mayores.
3. La ciencia de la ley está tan
vinculada al sacerdote, que la conexión con el cargo conlleva también
aneja la ciencia de la ley. Por eso no se consideró necesario formular
precepto alguno sobre la instrucción de los sacerdotes. Sin embargo,
la doctrina de la ley no va aneja al oficio real, porque el rey está
constituido sobre el pueblo en los asuntos temporales. Por eso se
prescribe especialmente la instrucción del rey por el sacerdote en lo
que atañe a la ley de Dios.
4. Ese precepto de la ley no se
debe interpretar en el sentido de que el hombre, mientras duerme,
medite sobre la ley, sino que, cuando se duerme, o sea, yendo a
dormir, medite sobre ella. Los hombres, ciertamente, durmiendo logran
imágenes más aptas en cuanto que pasan del estado de vigilia al del
sueño, como escribe el Filósofo en I Ethic. De la
misma manera se ordena que en toda acción se medite en la ley, no en
el sentido de que se piense en ella, sino en el de que cuanto se haga
vaya regulado por la ley.