Artículo 1:
¿Debe un hombre obedecer a otro?
lat
Objeciones por las que parece que un hombre no debe obedecer a
otro.
1. Porque nada debe hacerse contra el plan divino. Pero el plan de
Dios consiste en que el hombre se rija por su propio albedrío, según
aquello del Eclo 15,14: Dios hizo al hombre desde el principio y
lo dejó en manos de su albedrío. Luego un hombre no debe obedecer
a otro.
2. Si alguien estuviese obligado a obedecer a otro, debería
tener la voluntad del que manda como norma de su acción. Pero sólo la
voluntad divina, la cual siempre es recta, es norma de la acción
humana. Luego el hombre a nadie debe obedecer sino a
Dios.
3. Los servicios son tanto más aceptos cuanto más
gratuitos. Pero lo que el hombre hace por obligación no es gratuito.
Luego si el hombre por obligación tuviese que obedecer a otros en la
práctica de las buenas obras, la obra buena, por eso mismo y porque se
obraría por obediencia, sería menos acepta. Por lo tanto, no debe un
hombre obedecer a otro.
Contra esto: está lo que se manda en Heb, últ, 17: Obedeced a
vuestros prelados y estadles sumisos.
Respondo: Lo mismo que las acciones de los
agentes naturales proceden de potencias naturales, así también las
operaciones humanas proceden de la voluntad humana. Pero lo normal en
la naturaleza es que los seres superiores muevan a los inferiores a
realizar sus acciones mediante el poder natural superior que Dios les
dio. Por lo que es normal también que en la actividad humana los
superiores muevan a los inferiores mediante su voluntad, en virtud de
la autoridad establecida por Dios. Ahora bien: mover por medio de la
razón y voluntad es mandar. Y, en consecuencia, así como en virtud del
mismo orden natural establecido por Dios los seres naturales
inferiores se someten necesariamente a la moción de los superiores,
así también en los asuntos humanos, según el orden del derecho
natural, los súbditos deben obedecer a los superiores.
A las objeciones:
1. Dios dejó al hombre en manos de
su albedrío, no porque le sea lícito hacer todo lo que quiera, sino
porque no está forzado a obrar por necesidad natural
como las criaturas irracionales, gozando, por el contrario, de libre
elección según su propio criterio. Y así como para sus otras acciones
debe proceder por propia determinación, otro tanto en la obediencia a
sus superiores; pues nos dice San Gregorio, últ. Moral., que mientras nos sometemos humildemente al
mandato ajeno, interiormente nos superamos a nosotros
mismos.
2. La voluntad divina es la
primera norma con que se regulan todas las voluntades racionales,
acercándose a ella unas más que otras, según el orden establecido por
Dios. Y así, la voluntad de un hombre que manda puede ser como una
segunda norma con respecto a la voluntad del otro que
obedece.
3. Se puede decir que una obra es
gratuita de dos modos. Uno, por parte de la obra en sí, porque se
trata de una acción que el hombre no está obligado a realizar.
Segundo, por parte del agente, porque ciertamente actúa por su libre
voluntad. Ahora bien: la causa principal por la que una obra es
virtuosa, laudable y meritoria es su procedencia de la voluntad. Y
así, aunque la obediencia sea un deber, si uno obedece
voluntariamente, no disminuye por eso su mérito, sobre todo ante Dios,
que no sólo ve nuestras obras exteriores, sino también la voluntad
interior con que se hacen.
Artículo 2:
¿Es virtud especial la obediencia?
lat
Objeciones por las que parece que la obediencia no es virtud
especial.
1. Porque a la obediencia se opone la desobediencia. Pero la
desobediencia es pecado general, pues dice San Ambrosio
que el pecado es la desobediencia a la ley de Dios. Por tanto,
la obediencia no es virtud especial, sino general.
2. Toda virtud especial o es teologal o moral. Pero la
obediencia no es virtud teologal, por no hallarse contenida ni en el
concepto de fe, ni en el de esperanza, ni en el de caridad. Tampoco es
virtud moral, por no estar justamente en el medio entre el exceso y el
defecto, puesto que uno es tanto más ensalzado cuanto es más
obediente. Luego la obediencia no es virtud especial.
3. Dice San Gregorio, últ. Moral.,
que la obediencia es tanto más meritoria y laudable cuanto menos
tiene de personal. Pero cualquier virtud especial es tanto más
laudable cuanto es más personal, por el hecho de que para la virtud se
requieren voluntad y discernimiento, conforme dice el Filósofo en el
II Ethic. Luego la obediencia no es virtud
especial.
4. Las virtudes difieren en especie por sus objetos. Pero
el objeto de la obediencia es, según parece, el mandato del superior,
el cual parece diversificarse de muchas maneras, según los diversos
grados de superioridad. Por tanto, la obediencia
es una virtud general que engloba en sí muchas virtudes
especiales.
Contra esto: está el que algunos mencionan la obediencia
como parte de la justicia, como se dijo antes (q.80 arg.3).
Respondo: De todas las buenas obras que tienen
una razón especial de bondad se hace cargo una virtud especial, pues
lo propio de una virtud es
hacer la obra buena. Por otra
parte, obedecer al superior es un deber según el orden de cosas
establecido por Dios, como antes hemos mostrado (
a.1). Por
consiguiente, se trata de un bien, pues el bien consiste, conforme
dice San Agustín, en el libro
De Nat. Boni, en
la medida, la perfección y el orden. Tiene asimismo este acto,
por su objeto especial, una razón especial de bien, pues siendo muchos
los deberes de los inferiores para con sus superiores, éste, el de
obedecer a sus mandatos, es entre los demás el único especial. Por
tanto, la obediencia es virtud especial, y su objeto especial es el
mandato tácito o expreso. Porque la voluntad del superior, de
cualquier modo que se nos sugiera, es un mandato tácito, y tanto más
pronta parece nuestra obediencia cuanto más se
adelanta al mandato expreso, después de haber adivinado la voluntad
del superior.
A las objeciones:
1. Nada impide el que dos razones
especiales, objeto formal de dos virtudes especiales, se den juntas en
un mismo objeto material; de la misma manera que un soldado,
defendiendo el campamento real, realiza un acto de fortaleza no
hurtando el cuerpo a los peligros de muerte para conseguir un bien, y
una obra de justicia sirviendo como debe a su señor. Así, pues, la
razón de precepto, que es la que considera la obediencia, va adjunta
con los actos de las virtudes; pero no con todos los actos de las
virtudes, porque no todos los actos virtuosos obligan bajo precepto,
como antes dijimos (
1-2 q.96 a.3;
q.100 a.2). Como también hay a veces
ciertas cosas que obligan bajo precepto sin pertenecer a ninguna otra
virtud, tal como nos consta por las que sólo son malas porque están
prohibidas.
Por consiguiente, si se toma la obediencia en su sentido propio, en
cuanto que mira intencionadamente a la razón de precepto, será en este
caso una virtud especial, y la desobediencia, pecado especial. Según
esto, se requerirá, para que haya obediencia, el cumplimiento de un
acto de justicia o de cualquier otra virtud con la intención de
cumplir un precepto, y para la desobediencia, el desprecio actual de
un precepto. Pero si se toma la obediencia en sentido amplio, por la
ejecución de cualquier acto que puede obligar bajo precepto, y la
desobediencia por su omisión, cualquiera que sea la intención con que
se obra, la obediencia será entonces virtud general y la desobediencia
pecado general.
2. La obediencia no es virtud
teologal. Porque su objeto directo no es Dios, sino el mandato de
cualquier superior, expreso o interpretativo, una simple palabra del
prelado que da a conocer su voluntad, y que el súbdito obediente
cumple sin demora, según aquello de la carta a Tito 3,1:
Amonéstales a que se sometan a los príncipes y potestades, y que
obedezcan a sus órdenes, etc. Pero sí es virtud moral, por ser
parte de la justicia, y es medio entre el exceso y el
defecto.
El exceso en ella no depende de la cantidad, sino de otras
circunstancias; por ejemplo, de que uno obedezca a quien no debe o en
lo que no debe, como queda dicho al hablar de la religión (q.81 a.5 ad 3). Puede decirse igualmente que así como en la justicia el exceso se
da en quien retiene lo ajeno, y el defecto en la persona a la que no
se da lo que se le debe, conforme escribe el Filósofo en V Ethic., así también, en el caso de la obediencia,
ella es el medio entre el exceso por parte del que rehusa obedecer
como debe al superior, porque obrando así se excede en el cumplimiento
de su propia voluntad, y el defecto, por parte del superior a quien no
se obedece. De ahí que, según esto, la obediencia no es el justo medio
entre dos vicios, como acerca de la justicia queda dicho (q.58 a.10 ad 2).
3. La obediencia, como cualquier
otra virtud, debe tener la voluntad pronta hacia su propio objeto, no
hacia lo que a ella se opone. Pero el objeto propio de la obediencia
es el mandato, que procede sin duda alguna de la voluntad de otro.
Luego la obediencia apronta la voluntad del hombre para el
cumplimiento de la voluntad ajena, o sea, de la del que manda. Ahora
bien: si lo que nos han mandado por su misma naturaleza es querido
prescindiendo de que haya sido mandado, como acontece con lo que nos
gusta, ya por propia voluntad tendemos hacia ello y no da la impresión
de que lo cumplimos en virtud del precepto, sino por nuestra propia
voluntad. Por el contrario, cuando lo que se nos manda de ningún modo
nos agrada por sí mismo, sino que en sí considerado se opone a nuestra
propia voluntad, como ocurre con lo enojoso, entonces es del todo
evidente que no lo cumplimos por otra causa sino porque está mandado.
Por eso dice San Gregorio en el libro
Moral. que
la obediencia en que interviene la propia afición, por tratarse de
algo que nos gusta, es menor o nula, porque parece que la propia
voluntad lo que se propone no es cumplir el precepto, sino hacer lo
que quiere; mientras que
en lo que se opone a nuestros gustos o
nos resulta difícil, la obediencia es mayor, porque la propia
voluntad ninguna otra cosa se propone sino cumplir el
precepto.
Todo esto a juzgar por lo que aparece al exterior. Sin embargo, según
el juicio de Dios, que escudriña los corazones, puede ocurrir que aun
la obediencia en lo' que nos agrada, pese a tener su parte de
afición personal, no por eso sea menos laudable,
siempre que la propia voluntad del que obedece no sea menos fervorosa
en el cumplimiento del precepto.
4. La reverencia recae
directamente sobre la persona por razón de su excelencia; por tanto,
la hay de diversas especies, según las diversas razones de excelencia.
La obediencia, en cambio, tiene por objeto el mandato del superior, y,
por consiguiente, la razón del obedecer es única. Pero, puesto que por
reverencia a la persona se obedece a sus mandatos, síguese que toda
obediencia es de una misma especie, aunque proceda de causas
específicamente diversas.
Artículo 3:
¿Es la obediencia la mayor de las virtudes?
lat
Objeciones por las que parece que la obediencia es la mayor de las
virtudes.
1. Porque se dice en 1 Re 15,22:
Mejor es la obediencia que las
víctimas. Pero la oblación de las víctimas pertenece a la
religión, que es la principal entre todas las virtudes morales, como
consta por lo dicho anteriormente (
q.81 a.6). Luego la obediencia es
la principal de las virtudes.
2. Dice San Gregorio, últ. Moral.,
que la obediencia es la única virtud que siembra en el alma las
demás virtudes y, después de sembradas, cuida de ellas. Pero la
causa es superior al efecto. Luego la obediencia es superior a todas
las virtudes.
3. San Gregorio dice, últ. Moral.,
que nunca por obediencia se hace nada malo, aunque alguna vez por
obedecer se interrumpe el bien que se está haciendo. Pero ninguna
acción debe interrumpirse si no es por otra mejor. Luego la
obediencia, por la que se interrumpen los actos buenos de las demás
virtudes, es mejor que las otras virtudes.
Contra esto: está el que la obediencia en tanto es laudable en cuanto
que procede de la caridad; ya que dice San Gregorio, últ.
Moral., que no se debe obedecer por temor
servil, sino por caridad; no por temor al castigo, sino por amor a la
Justicia. Luego la caridad es una virtud superior a la
obediencia.
Respondo: De la misma manera que el pecado
consiste, por parte del hombre, en el desprecio de Dios y adhesión a
los bienes pasajeros, el mérito del acto virtuoso consiste, por el
contrario, en la unión con Dios y en el desprecio de los bienes
creados. Ahora bien: el fin es superior a los medios que a él
conducen. Por tanto, aunque los bienes creados se desprecian para
unirse más a Dios, es mayor el valor de la virtud por unirnos a Dios
que por el desprecio de los bienes terrenos. Y, por lo mismo, las
virtudes teologales, con las que nos unimos directamente al mismo
Dios, son más importantes que esas virtudes morales por las que
despreciamos algo terreno para unirnos con Dios.
Y, entre tales virtudes morales aquélla es más importante: desprecia
un bien mayor para unirse a Dios. Y hay tres clases de bienes que el
hombre puede despreciar por Dios: los ínfimos son los bienes
exteriores; los medianos, los corporales, y los bienes supremos, los
del alma; entre ellos, la voluntad es en cierto modo el principal, en
cuanto que por ella el hombre se sirve de todos los demás. Según esto,
hablando con propiedad, la virtud de la obediencia, que renuncia por
Dios a la propia voluntad, es más importante que las otras virtudes
morales, que renuncian por Dios a algunos otros bienes. Por esto dice
San Gregorio, en últ. Moral., que con
razón se antepone la obediencia a las víctimas: porque por éstas se
sacrifica la carne ajena, mientras que por la obediencia se inmola la
propia voluntad.
También se sigue de aquí que las demás obras, cualesquiera que sean,
de las virtudes en tanto son meritorias ante Dios en cuanto van hechas
con la intención de obedecer al Señor. Porque, aunque alguien sufriese
el martirio o distribuyera todos sus bienes entre los pobres, tales
actos no serían meritorios si no estuviesen ordenados al cumplimiento
de la voluntad divina, y esto indudablemente pertenece a la
obediencia. Como tampoco serían meritorios si se obra sin caridad,
virtud que sin obediencia no puede darse. Y, en efecto, en 1 Jn 2,4-5
leemos que el que dice que conoce a Dios y no cumple sus
mandamientos, es un mentiroso; mientras que quien guarda sus
mandamientos, en ése verdaderamente la caridad de Dios es
perfecta. Y esto es así porque la amistad produce un mismo
querer y no querer.
A las objeciones:
1. La obediencia procede de la
reverencia, que tributa al superior el culto y honor que se le debe. Y
en este sentido forma parte de diversas virtudes, mientras que, en sí
considerada, en cuanto que lo que en su objeto considera es la razón
de precepto, es una virtud especial. Así, pues, en cuanto proviene de
la reverencia a los superiores, va incluida en el concepto de
observancia; en cuanto que se deriva del respeto debido a los padres,
en el de piedad; en cuanto proviene de la reverencia a Dios, en el de
la religión; y pertenece en este caso a la devoción, pues es el acto
principal de religión. Según esto, vale más obedecer a Dios que
ofrecerle sacrificios. Y, asimismo, porque, como dice San
Gregorio,
en el sacrificio se inmola carne ajena;
en la obediencia, en cambio, se inmola la propia voluntad.
Pero en el caso especial de que hablaba Samuel, mejor hubiera sido la
obediencia a Dios por parte de Saúl que el ofrecer en sacrificio
contra Dios los animales bien cebados de los amalecitas
(v.23-26).
2. Son actos de obediencia todos
los de las virtudes en cuanto preceptuados. Por eso, en tanto se dice
que la obediencia siembra en nuestra mente todas las virtudes, y una
vez sembradas cuida de ellas, en cuanto que los actos virtuosos obran
causal o dispositivamente en la generación o conservación de las
virtudes.
De ello no se sigue, sin embargo, que la obediencia sea de forma
absoluta la primera entre todas las virtudes por estas dos razones. La
primera, sin duda alguna, porque aunque el acto de la virtud sea de
precepto, puede uno cumplirlo sin atender a esta razón. Por lo cual,
si hay alguna virtud cuyo objeto, por su naturaleza, es anterior al
precepto, decimos que tal virtud, por su naturaleza, está antes que la
obediencia: como es evidente en el caso de la fe, por medio de la cual
nos llega el conocimiento de la autoridad divina, que es por lo que
tiene el poder de mandar. La segunda, porque la infusión de la gracia
y las virtudes puede preceder, incluso en el tiempo, a todo acto
virtuoso. Según esto, la obediencia no es anterior a las otras
virtudes ni en el tiempo ni por naturaleza.
3. Hay dos clases de bien. Una es
la del bien que el hombre necesariamente debe hacer, como amar a Dios
u otros actos similares; tal bien nunca debe omitirse por obedecer.
Otra es la del bien que no obliga necesariamente al hombre. Y éste
debe omitirse algunas veces por obediencia a un mandato que el hombre
necesariamente está obligado a cumplir: porque no debe nadie realizar
una obra buena cuando por desobedecer incurre en un pecado. Sin
embargo, como en el mismo pasaje dice San Gregorio, quien prohíbe a sus súbditos realizar una obra buena cualquiera
debe sentirse forzado a compensar su prohibición con múltiples
concesiones, para que quien le obedece psicológicamente no se hunda
por completo al verse con tal repulsa ayuno de todo bien. Y así,
mediante la obediencia y otras ventajas, puede quedar compensado el
daño por la pérdida de un bien.
Artículo 4:
¿Se debe obedecer a Dios en todo?
lat
Objeciones por las que parece que no se debe obedecer a Dios en
todo.
1. Porque leemos en Mt 9,30-31 que el Señor mandó a los dos ciegos
curados: Mirad que nadie lo sepa. Pero ellos, una vez fuera, lo
divulgaron por toda aquella tierra. Y, sin embargo, no se les
reprocha por eso. Por tanto, parece que no estamos obligados a
obedecer a Dios en todo.
2. Nadie está obligado a obrar contra una virtud. Pero hay
ciertos preceptos de Dios contrarios a algunas virtudes, como los que
dio a Abraham de matar a su hijo inocente (Gén 22,2); a los judíos, de
robar los bienes de los egipcios (Ex 11,2), lo que va en contra de la
justicia; y a Oseas, de que tomase una mujer adúltera (Os 1,2), lo que
va contra la castidad. Luego no se debe obedecer a Dios en
todo.
3. Quien obedece a Dios conforma su voluntad con la
divina incluso en lo simplemente querido. Pero no estamos obligados a
conformar nuestra voluntad con la divina en todo lo simplemente
querido por Dios, como antes dijimos (
1-2 q.19 a.10). Luego el hombre
no está obligado a obedecer a Dios en todo.
Contra esto: está lo que se dice en Ex 24,7: Haremos todo lo que el
Señor ha ordenado, y seremos obedientes.
Respondo: Conforme a lo explicado (
a.1), el
que obedece es movido por la autoridad de aquel a quien obedece, como
las cosas naturales lo son por sus motores. Pero, así como Dios es el
primer motor de todas las cosas que se mueven naturalmente, también lo
es de todas las voluntades, como consta por lo dicho (
1-2 q.9 a.6). Y,
por tanto, lo mismo que todas las cosas naturales están sometidas por
necesidad natural a la moción divina, así también, por cierta
necesidad de justicia, todas las voluntades tienen que obedecer a la
autoridad divina.
A las objeciones:
1. El Señor les dijo a los ciegos
que no hablasen del milagro, no pretendiendo obligarlos al
cumplimiento de un precepto divino, sino que, conforme dice San
Gregorio (XIX Moral.), daba así ejemplo a
sus siervos venideros para que también ellos deseasen mantener ocultas
sus virtudes; y si se divulgan contra su voluntad, para que otros se
aprovechen de su ejemplo.
2. Así como Dios no hace nada
contra la naturaleza, porque, como dice la Glosa (Rom 11,24), la naturaleza de cada cosa es lo que Dios obra en ella, y, sin embargo, sí que hace algo contra el curso ordinario de la naturaleza; del mismo modo tampoco puede mandar Dios nada contra la virtud, porque la virtud y la rectitud de la voluntad humana consisten principalmente en su conformidad con la voluntad divina y en obedecer sus mandamientos, aunque sean contrarios al modo ordinario de practicar la virtud. Según esto, el precepto dado a Abraham de matar a su hijo inocente no fue contra la justicia: porque Dios es autor de la muerte y de la vida. Tampoco fue contra la justicia el mandar a los judíos que se apoderasen de los bienes de los egipcios: porque suyas son todas las cosas, y se las da a quien le place. Y asimismo no fue contra la castidad el precepto dado a Oseas de casarse con una adúltera: porque Dios mismo es el ordenador de la generación humana, y el debido modo de usar de las mujeres es el que El establece. Por tanto, es evidente que éstos de quienes hablamos no pecaron ni obedeciendo ni queriendo obedecer a Dios.
3. Aunque no siempre esté
obligado el hombre a querer lo que Dios quiere, siempre lo está, sin
embargo, a querer lo que quiere Dios que quiera. Y esto llega a
conocerlo principalmente por los mandamientos divinos. Y, por
consiguiente, el hombre está obligado a obedecer tales preceptos en
todo.
Artículo 5:
¿Están obligados los súbditos a obedecer en todo a sus
superiores?
lat
Objeciones por las que parece que los súbditos están obligados a
obedecer a sus superiores en todo.
1. Dice el Apóstol (Col 3,20): Hijos, obedeced a vuestros padres
en todo. Y más adelante (v.22) añade: Siervos, obedeced en
todo a vuestros amos según la carne. Luego por la misma razón
deben los otros súbditos obedecer a sus superiores en
todo.
2. Los superiores son el medio entre Dios y los súbditos,
según aquellas palabras del Dt 5,5: Yo fui arbitro y mediador para
anunciaros sus palabras. Pero no se llega de un extremo a otro si
no es a través del medio. Luego los preceptos del superior deben
reputarse como preceptos de Dios. De ahí las palabras del Apóstol en
Gál 4,14: Me recibisteis como a un ángel de Dios, como a Cristo
Jesús; y en 1 Tes 2,13: Porque cuando recibisteis la palabra de
Dios oyéndola a nosotros, la recibisteis no como palabra de hombres,
sino, cual en verdad es, como palabra de Dios. Por tanto, así como
el hombre debe obedecer a Dios en todo, tiene obligación de obedecer
también a los superiores.
3. Los religiosos prometen por igual en la profesión
castidad, pobreza y obediencia. Pero el religioso debe observar la
castidad y la pobreza en todo. Luego también en todo está obligado a
obedecer.
Contra esto: está lo que se dice en Act 5,29: Es preciso obedecer a
Dios antes que a los hombres. Ahora bien: a veces los preceptos de
los superiores van contra Dios. Luego no se les debe obedecer en
todo.
Respondo: Conforme a lo ya expuesto (
a.1.4),
el obediente se mueve a cumplir las órdenes de quien le manda por
cierta necesidad de justicia, como las cosas naturales son movidas con
necesidad natural por la fuerte acción sobre ellas de su motor. Y el
que una cosa natural no se mueva por la fuerza de su motor puede
acontecer por dos razones: Una, por un impedimento proveniente de la
fuerza mayor de otro motor, y así un leño no es quemado por el fuego
si la fuerza superior del agua se lo impide. Otra, por cierta falta de
subordinación del móvil al motor, porque, aunque aquél depende de la
acción de éste en parte, su dependencia no es total. De esta forma, el
agua depende de la acción del fuego en cuanto al calentarse, mas no en
cuanto a secarse o consumirse.
Del mismo modo hay dos razones por las que puede acontecer que el
súbdito no esté obligado a obedecer en todo a su superior. Primero,
por un precepto de una autoridad mayor. Así, comentando aquel texto de
Rom 13,2: Quienes resisten a la autoridad atraen sobre sí la
condenación, dice la Glosa: Si algo te
manda el procurador, ¿deberás cumplirlo si va en contra del procónsul?
Más aún: si el procónsul manda una cosa y el emperador otra, ¿puede
haber alguna duda en no hacer caso de aquél y servir a éste? Luego si
el emperador manda una cosa y Dios otra, se debe obedecer a éste y no
hacer caso de aquél.
Segundo, el inferior no está obligado a obedecer al superior si le
manda algo en lo que el súbdito no depende de él. Y, en efecto, dice
Séneca en el III De Benef.: Se equivoca el
que cree que la servidumbre afecta al hombre entero. Su parte más
noble está exenta. Los cuerpos están sometidos y entregados como
esclavos a sus dueños; pero el alma es dueña de sí misma. Por
consiguiente, en lo que se refiere a los actos interiores de la
voluntad, el hombre no está obligado a obedecer a los hombres, sino
sólo a Dios.
Está obligado, sin embargo, un hombre a obedecer a otro en las obras
externas corporales. Lo que no quita para que aun en éstas se excluyan
los actos que interesan a su naturaleza corporal, en los que no debe
obedecer a los hombres, sino únicamente a Dios, porque todos los
hombres por naturaleza son iguales; por ejemplo, en lo que se refiere
al sustento del cuerpo y a la generación de la prole. De ahí que no
estén obligados ni los siervos a obedecer a sus señores ni los hijos a
sus padres en lo tocante a contraer matrimonio o guardar virginidad y
en otros asuntos semejantes. Pero en lo que se refiere a la
disposición de los actos y asuntos humanos, el súbdito está obligado a
obedecer a su superior según los distintos géneros de superioridad: y
así, el soldado debe obedecer a su jefe en lo referente a la guerra;
el siervo, a su señor en la ejecución de los trabajos serviles; el
hijo, a su padre en lo que tiene que ver con su conducta y el gobierno
de la casa; y lo mismo en otros casos.
A las objeciones:
1. Cuando el Apóstol dice «en
todo» debe entenderse en todo lo que pertenece al derecho de la patria
potestad o de la potestad dominativa.
2. El hombre está sometido
sin restricción alguna a Dios en todo, en lo interior y en lo
exterior; y, por consiguiente, debe obedecerle en todo. Los súbditos,
en cambio, con respecto a sus superiores, no lo están en todo, sino en
determinadas materias, y en éstas los superiores son intermedios entre
Dios y sus súbditos. En las otras cosas, sin embargo, están sometidos
inmediatamente a Dios, que los instruye por la ley natural o por la
escrita.
3. Los religiosos hacen profesión
de obediencia en cuanto a las observancias regulares, y de acuerdo con
su regla se someten a sus superiores. Por lo tanto, están obligados a
obedecer sólo en aquello que puede pertenecer a la vida regular. Tal
es la obediencia suficiente para conseguir la salvación eterna. Mas,
si quieren obedecerles en otras materias, pertenecerá en este caso a
un grado superior de perfección, siempre que no sean
contrarias a Dios o contra la regla profesada; porque
tal obediencia sería ilícita.
Así, pues, cabe distinguir tres clases de obediencia: una, la
obediencia suficiente para la salvación eterna, que obedece en lo que
está mandado; otra, la obediencia perfecta, que obedece en todo lo que
es lícito; otra, la obediencia indiscreta, la que obedece incluso en
las cosas ilícitas.
Artículo 6:
¿Deben los cristianos obedecer al poder secular?
lat
Objeciones por las que parece que los cristianos no están obligados a
obedecer a las autoridades seculares.
1. Porque sobre aquel texto de Mt 17,25: Luego los hijos están
exentos, dice la Glosa: Si en cualquier
reino los hijos del rey que allí reina están exentos, sigúese que los
hijos de un rey universal deben estarlo en todos los reinos. Pero
los cristianos por la fe en Cristo han pasado a ser hijos de Dios,
según aquella frase de Jn 1,12: Dioles poder de llegar a ser hijos
de Dios a aquellos que creen en su nombre. Luego no tienen
obligación de obedecer al poder secular.
2. En Rom 7,4 leemos: Habéis muerto con respecto a la
ley por el cuerpo de Cristo, refiriéndose a la ley divina del
Antiguo Testamento. Pero la ley humana, por la que los hombres deben
sumisión al poder secular, es inferior a la ley divina del Antiguo
Testamento. Por tanto, con más razón los hombres, por haber llegado a
ser miembros del cuerpo de Cristo, quedan exentos de la ley de
sujeción con que estaban obligados a obedecer a las autoridades
seculares.
3. Los hombres no están obligados a obedecer a los
ladrones que por fuerza los oprimen. Pero San Agustín dice, en el IV De Civ. Dei: Sin justicia, ¿qué son los
reinos sino grandes latrocinios? Luego, por el hecho de que el
dominio secular de los príncipes ordinariamente se ejerce injustamente
o proviene de una usurpación injusta, parece que los cristianos no
tienen obligación de obedecer a los príncipes seculares.
Contra esto: está lo que se nos dice en Tit 3,1: Amonéstales a que
vivan sumisos a los príncipes y a las autoridades;
y en 1 Pe 2,13-14: Por amor de Dios estad sujetos a toda autoridad
humana, ya sea al rey como soberano, y a a los jefes como delegados
suyos.
Respondo: La fe en Cristo es el principio y la
causa de nuestra justicia, según aquellas palabras de Rom 3,33: La
justicia de Dios por la fe en Jesucristo. Así, pues, por la fe en
Cristo no se destruye el orden de la justicia, sino que más bien se
confirma. Ahora bien: este orden requiere que los inferiores obedezcan
a sus superiores; pues, de otra manera, no podría conservarse el orden
social. Luego por la fe en Cristo no quedan exentos los fieles de la
obediencia a las autoridades seculares.
A las objeciones:
1. Como antes dijimos (
a.1), la
servidumbre de un hombre a otro afecta al cuerpo, no al alma, la cual
permanece libre. Mas en el estado actual de esta vida, la gracia de
Cristo nos libra de los defectos del alma, no de los del cuerpo, como
nos consta por las palabras del Apóstol (Rom 7,25), el cual dice de sí
mismo que
con la mente sirve a la ley de Dios; con la carne a la
ley del pecado. Y, en consecuencia, quienes son hechos hijos de
Dios por la gracia están libres de la servidumbre espiritual del
pecado, pero no de la servidumbre corporal por la que deben sumisión a
sus señores temporales, como dice la
Glosa
sobre aquellas palabras de 1 Tim 6,1:
Todos los siervos que están
bajo el yugo de la servidumbre, etc.
2. La antigua ley era figura del
Nuevo Testamento, y por serlo, debió cesar al llegar la verdad. Mas no
hay semejanza entre esto y la ley humana, por la que un hombre está
sometido a otro. Y, aparte de esto, aun por la ley divina está un
hombre obligado a obedecer a otro hombre.
3. El hombre tiene obligación de
obedecer a las autoridades seculares en tanto lo exija el orden de la
justicia. Por consiguiente, si su poder de gobernar no es legítimo,
sino usurpado, o mandan cosas injustas, el súbdito no
está obligado a obedecerles, a no ser en casos excepcionales, para
evitar el escándalo o peligro.