Artículo 1:
¿Puede ser causa de pecado la ignorancia?
lat
Objeciones por las que parece que la ignorancia no puede ser causa de
pecado:
1. Porque lo que no es, no es causa de nada. Pero la ignorancia es
«no ser», pues es una cierta privación de conocimiento. Luego la
ignorancia no es causa de pecado.
2. Además, las causas del pecado se toman por razón de la conversión
(a las criaturas), como,es claro por lo dicho anteriormente (
q.75 a.1). Mas la ignorancia parece referirse a la aversión. Luego no debe
considerarse como causa de pecado.
3. Todo pecado se verifica en la voluntad, como hemos dicho
más arriba (
q.74 a.1). Pero la voluntad no se va sino tras algo
conocido, porque el objeto de la voluntad es el bien conocido. Luego
la ignorancia no puede ser causa de pecado.
Contra esto: está lo que dice Agustín en el libro De natura et
gratia: que algunos pecan por
ignorancia.
Respondo: Según el Filósofo, en el libro VIII
de los
Físicos, la causa motora es doble: una
directa y otra indirecta. Es directa la que mueve por su propia
fuerza; así, el principio generativo es una causa que mueve (los
elementos) graves y ligeros. Y es indirecta si remueve un impedimento,
o es ella misma la remoción del impedimento. Y de este modo la
ignorancia puede ser causa del acto pecaminoso: pues es la privación
del conocimiento perfectivo de la razón que impide el acto pecaminoso,
en cuanto que dirige los actos humanos.
Pero hay que tener en cuenta que la razón es rectora de los actos
humanos según un doble conocimiento: esto es, universal y particular.
Pues, razonando sobre lo que debe hacer, emplea un silogismo, cuya
conclusión es el juicio, o elección u operación. Mas las acciones
tienen lugar en (el terreno de) los singulares. Por donde la
conclusión del silogismo práctico es singular. Mas una proposición
singular no se deduce de una universal sino mediante alguna
proposición singular; así, uno es impedido del acto del parricidio
porque sabe que no se debe matar al padre propio y porque sabe que
éste es su padre. La ignorancia de una y otra cosa puede ser causa del
parricidio; esto es, la del principio universal, que es una cierta
regla de la razón, y la de la circunstancia singular.
Por donde se ve claro que no es causa del pecado cualquier ignorancia
del que peca, sino sólo aquella que sustrae el conocimiento impeditivo
del acto pecaminoso. Por lo tanto, si la voluntad de uno estuviese
dispuesta de tal manera que no se contuviese del acto del parricidio
aun si reconociese a su padre, el no saber que es su padre no sería
para éste causa del pecado, sino algo concomitante del mismo. Y, por
ende, ese tal no peca por ignorancia, sino que peca ignorando, según el Filósofo, en el libro III de los Éticos.
A las objeciones:
1. El no ser no puede ser causa
directa de algo; pero puede ser causa indirecta, como remoción de los
impedimentos.
2. Como el conocimiento, de que
priva la ignorancia, considera el pecado por parte de la conversión (a
las criaturas), así también la ignorancia es causa del pecado por
parte de la conversión (a ellas), como causa que remueve lo que
impide.
3. La voluntad no puede ir tras
aquello que es totalmente desconocido; pero, si hay algo que en parte
es conocido y en parte desconocido, la voluntad puede quererlo. Y de
este modo es la ignorancia causa del pecado; por ejemplo, cuando uno
sabe que es un hombre aquel a quien mata, pero no sabe que es su
padre; o cuando uno sabe que un acto es deleitable, mas no sabe que
sea pecado.
Artículo 2:
¿Es pecado la ignorancia?
lat
Objeciones por las que parece que la ignorancia no es
pecado:
1. El pecado es
un dicho, hecho o deseo contra la ley de Dios,
como hemos expuesto anteriormente (
q.71 a.6). Mas la ignorancia no
implica acto alguno, ni interior ni exterior. Luego la ignorancia no
es pecado.
2. Además, el pecado se opone más directamente a la gracia que al
conocimiento. Pero la privación de la gracia no es pecado, sino más
bien una pena consiguiente al pecado. Luego la ignorancia, que es
privación de conocimiento, no es pecado.
3. Si la ignorancia es pecado, no lo es sino en cuanto
voluntaria. Mas si la ignorancia es pecado en cuanto es voluntaria, el
pecado parece más bien consistir en el acto mismo de la voluntad que
en la ignorancia. Luego la ignorancia no será pecado, sino más bien
algo consiguiente al pecado.
4. Todo pecado se borra por la penitencia y, fuera del
pecado original, no hay ningún pecado que, suprimida la culpa,
permanezca en acto. Mas la ignorancia no desaparece con la penitencia,
sino que permanece en acto aun quitado todo el reato. Luego la
ignorancia no es pecado, a no ser que sea el original.
5. Y también, si la ignorancia fuese pecado, pecaría uno tanto tiempo
cuanto permaneciese la ignorancia. Mas la ignorancia permanece
continuamente en el ignorante. Luego el ignorante pecaría
continuamente. Lo cual, evidentemente, es falso, pues entonces la
ignorancia sería el pecado más grave. Luego la ignorancia no es
pecado.
Contra esto: está (el hecho de) que nada merece castigo si no es pecado.
Mas la ignorancia merece castigo, según aquello de 1 Cor 14,38: Si
alguno ignora, será ignorado. Luego la ignorancia es
pecado.
Respondo: La ignorancia difiere de la
nesciencia en que la nescencia denota mera negación de conocimiento;
por ende, si uno no posee el conocimiento de algunas cosas, se puede
decir que no las sabe, y en este sentido pone Dionisio nesciencia en
los ángeles, c.7
De cael, hier. Mas la ignorancia
implica privación de conocimiento: esto es, cuando le falta a uno el
conocimiento de aquellas cosas que tiene aptitud para conocer por su
naturaleza. Y algunas de éstas está uno obligado a saber: aquellas sin
cuyo conocimiento no puede cumplir bien el acto debido. Por
consiguiente, todos están obligados a saber en general
las cosas de la fe y los preceptos universales del derecho; y cada
uno, las cosas tocantes a su estado u oficio. Mas hay ciertas cosas
que, aunque uno sea naturalmente capaz de conocer, sin embargo, no
está obligado a saberlas, excepto en algún caso, v. gr., los teoremas
de la geometría y los singulares contingentes.
Ahora bien, es evidente que cualquiera que descuida tener o hacer lo
que está obligado a tener o hacer, peca por omisión. Por lo tanto, la
ignorancia de aquello que uno debe saber es pecado por la negligencia.
Mas no se le imputa a uno como negligencia el que no sepa aquello que
no puede saber. De ahí que la ignorancia de esto se llame invencible:
porque no se puede superar por el empeño (o diligencia). Y por eso tal
ignorancia, no siendo voluntaria, ya que no está en nuestra facultad
el superarla, no es pecado. Por lo cual es evidente que ninguna
ignorancia invencible es pecado. Mas es pecado la ignorancia vencible
si es respecto de aquellas cosas que uno está obligado a saber; pero
no si es de lo que no está obligado a saber.
A las objeciones:
1. Como hemos indicado más arriba
(
q.71 a.6 ad 1) en la expresión
dicho, hecho o deseo hay que
entender también las negaciones correlativas, en conformidad con lo
cual la omisión tiene razón de pecado. Y así, la negligencia por la
cual la ignorancia es pecado está contenida bajo aquella definición
del pecado, en cuanto que se pasa por alto algo que se debió decir,
hacer o desear para adquirir el conocimiento debido.
2. Aunque la privación de la
gracia, de suyo, no sea pecado, sin embargo, como la ignorancia, puede
tener razón de pecado por la negligencia en prepararse para ella. Y
sin embargo, en cuanto a esto, es diferente, porque el hombre puede
adquirir algún conocimiento por sus actos; mas la gracia no se
adquiere por nuestros actos, sino por donación de Dios.
3. Así como en el pecado de
transgresión el pecado no consiste en el solo acto de la voluntad,
sino en el acto querido, imperado por la voluntad; así, en el pecado
de omisión, no sólo es pecado el acto de la voluntad, sino también la
misma omisión, en cuanto que es voluntaria de algún modo. De esta
manera es pecado la negligencia misma de saber o la
inconsideración.
4. Aunque quitado el reato (de la
culpa) por la penitencia permanezca la ignorancia, en cuanto es
privación de conocimiento, sin embargo, no queda la negligencia, por
la cual la ignorancia es pecaminosa.
5. Como en los demás pecados de
omisión, uno sólo peca de hecho en el tiempo en que obliga el precepto
afirmativo; y así ocurre también con el pecado de ignorancia. El
ignorante, pues, no peca continuamente, sino sólo cuando es tiempo de
adquirir el conocimiento que debe tener.
Artículo 3:
¿Excusa totalmente de pecado la ignorancia?
lat
Objeciones por las que parece que la ignorancia excusa totalmente de
pecado:
1. Como dice Agustín, todo pecado es voluntario. Pero
la ignorancia es causa de involuntariedad, como hemos expuesto
anteriormente (
q.6 a.8). Luego la ignorancia excusa totalmente de
pecado.
2. Lo que uno hace sin intención, lo hace accidentalmente. Mas la
intención no puede tener por objeto lo desconocido. Luego lo que se
hace por ignorancia es accidental en los actos humanos. Pero lo que es
accidental no confiere especie. Nada, pues, que se haga por ignorancia
debe estimarse pecado o virtud en los actos humanos.
3. El hombre es sujeto de la virtud y del pecado en cuanto
está dotado de razón. Mas la ignorancia excluye el conocimiento, por
el cual se perfecciona la razón. Luego la ignorancia excusa totalmente
de pecado.
Contra esto: está lo que dice Agustín en el libro De lib.
arb.: que algunas cosas hechas por ignorancia,
justamente son condenadas. Mas sólo se condenan
justamente aquellas cosas que son pecado. Luego algunas cosas hechas
por ignorancia son pecado. Luego la ignorancia no excusa totalmente de
pecado.
Respondo: La ignorancia, por su misma
naturaleza, hace que el acto realizado con ella sea involuntario. Mas
ya hemos dicho (
a.1 y
2) que la ignorancia se dice causar el acto que
el conocimiento opuesto hubiera impedido. Y así, tal acto, si se diese
el conocimiento, sería contrario a la voluntad, que es lo que implica
la palabra involuntario. Mas si el conocimiento del cual está uno
privado por la ignorancia no impidiese el acto, por la inclinación de
la voluntad hacia el mismo, la ignorancia de tal conocimiento no hace
al hombre involuntario, sino «no volente» (que no quiere), como se
dice en el libro III de los
Éticos. Y tal
ignorancia, que no es causa del acto pecaminoso, como hemos dicho
(
a.1), porque no causa voluntariedad, no excusa de pecado. La misma
razón vale para la ignorancia que no es causante del acto pecaminoso,
sino consiguiente o concomitante (del mismo). Sin embargo, la
ignorancia que es causa del acto por causar la involuntariedad, por su
misma naturaleza excusa del pecado, ya que la voluntariedad es
esencial al pecado.
Pero el que a veces no excuse totalmente de pecado puede ocurrir por
dos razones. Primero, por parte de la cosa misma ignorada. Pues en
tanto la ignorancia excusa de pecado en cuanto se ignora que algo es
pecado. Mas puede ocurrir que uno ignore alguna circunstancia del
pecado que, si la conociera, se retraería de pecar, entre o no entre
dicha circunstancia en la razón de pecado; y no obstante aún queda en
su conocimiento algo por lo que sabe que aquello es un acto
pecaminoso. Como si uno, al herir a alguien, sabe que es un hombre -lo
cual basta para la razón de pecado—; pero no sabe que es su padre, lo
cual es una circunstancia que constituye una nueva especie de pecado.
O acaso ignora que aquél, defendiéndose, le va a herir a él mismo a su
vez; circunstancia ésta que no pertenece a la razón de pecado, mas
que, de haberla conocido, le habría impedido herir. Por lo tanto,
aunque ese tal peque por ignorancia, sin embargo, no se le puede
excusar de pecado, porque aún le queda el conocimiento del pecado. En
segundo lugar puede ocurrir esto por parte de la misma ignorancia;
esto es, porque la misma ignorancia es voluntaria: o directamente,
como cuando uno intencionadamente quiere ignorar algunas cosas para
pecar más libremente; o indirectamente, como cuando uno, por la
molestia o por otras ocupaciones, descuida aprender aquello por lo que
se retraería de pecar. Tal negligencia hace que la ignorancia misma
sea voluntaria y pecado, mientras sea de aquellas cosas que debe y
puede saber. Y por tanto, tal ignorancia no excusa totalmente de
pecado.
Mas si es tal la ignorancia que sea totalmente involuntaria o porque
es invencible, o porque es de aquello que no está uno obligado a
saber, tal ignorancia excusa totalmente de pecado.
A las objeciones:
1. No toda ignorancia es causa de
involuntariedad, como hemos dicho (en sol. y q.6 a.8). Por
consiguiente, no toda ignorancia excusa totalmente de
pecado.
2. En la medida que queda
voluntariedad en el que ignora, en ésa queda la intención de pecar. Y
por este lado su pecado no será accidental.
3. Si fuese tal la ignorancia que
privara totalmente del uso de la razón, excusaría totalmente de
pecado, como en (el caso de) los furiosos y dementes. Mas no siempre
es tal la ignorancia que causa el pecado. Y así no siempre excusa
totalmente de pecado.
Artículo 4:
¿Disminuye la ignorancia el pecado?
lat
Objeciones por las que parece que la ignorancia no disminuye el
pecado:
1. Aquello que es común a todo pecado no disminuye el pecado. Pero la
ignorancia es común a todo pecado, pues dice el Filósofo, en el libro
III de los Éticos, que todo
(hombre) malo es ignorante. Luego la ignorancia no disminuye el
pecado.
2. Además, un pecado añadido a otro pecado lo hace mayor. Mas la
ignorancia misma es pecado, como hemos dicho (
a.2). Luego no disminuye
el pecado.
3. No corresponde a la misma cosa agravar y disminuir el
pecado. Pero la ignorancia agrava el pecado, pues a propósito de
aquello del Apóstol: ¿No sabes que la benignidad de Dios, etc.
(Rom 2,4), dice Ambrosio: Si (lo) ignoras, pecas
gravísimamente. Luego la ignorancia no disminuye el
pecado.
4. Si alguna ignorancia disminuye el pecado, esto parece
que debiera ser de aquella que quita totalmente el uso de la razón.
Mas una tal ignorancia no disminuye el pecado, sino que más bien lo
aumenta, pues dice el Filósofo, en el libro III de los Éticos, que el ebrio merece doble increpación.
Luego la ignorancia no disminuye el pecado.
Respondo: Puesto que todo pecado es voluntario,
en tanto puede la ignorancia disminuir el pecado en cuanto disminuya
la voluntariedad; mas si no disminuye la voluntariedad, no disminuirá
el pecado de ningún modo. Mas es evidente que la ignorancia que excusa
totalmente de pecado, porque quita totalmente la voluntariedad, no
disminuye el pecado, sino que lo quita totalmente. Mientras que la
ignorancia que no es causa del pecado, sino que es concomitante del
mismo, ni lo disminuye ni lo aumenta. Sólo, pues, puede disminuir el
pecado aquella ignorancia que es causa del mismo, y sin embargo, no
excusa totalmente de él.
Mas sucede a veces que tal ignorancia es directa y esencialmente
voluntaria: como cuando uno libremente ignora algo para pecar más
libremente. Tal ignorancia parece que acrecienta la voluntariedad y el
pecado: pues el acrecentamiento de la fuerza de la voluntad para pecar
proviene de que uno quiere sufrir el daño de la ignorancia por la
libertad de pecar. Otras veces la ignorancia que es causa del pecado
no es voluntaria directamente, sino indirecta o accidentalmente: como
cuando uno no quiere fatigarse en el estudio, de lo cual se sigue que
es ignorante; o cuando uno quiere beber vino inmoderadamente, de lo
cual se sigue la embriaguez y la carencia de discreción. Tal
ignorancia disminuye la voluntariedad y, consiguientemente, el pecado.
Pues cuando no se sabe que una cosa es pecado, no se puede decir que
la voluntad se vaya directamente y de suyo tras el pecado, sino
accidentalmente. Por tanto, se da en ello menor desprecio y,
consiguientemente, menor pecado.
A las objeciones:
1. La ignorancia en razón de la
cual toda persona mala es ignorante, no es causa del pecado, sino algo
que sigue a la causa: esto es, a la pasión o hábito que inclina al
pecado.
2. Un pecado añadido a otros
aumenta el número de pecados, mas no siempre produce un pecado mayor;
porque posiblemente no coinciden en lo mismo, sino que son diversos. Y
(hasta) puede ocurrir, si el primero disminuye al segundo, que ambos
juntos no tengan tanta gravedad como tendría uno solo. Así, el
homicidio es un pecado más grave perpetrado por un hombre sobrio que
si lo hubiera cometido uno ebrio, aunque éstos sean dos pecados porque
la embriaguez disminuye la gravedad del pecado siguiente más que lo
que implica su propia gravedad.
3. El dicho de Ambrosio se puede
entender de la ignorancia afectada. O puede entenderse del género del
pecado de ingratitud, en la cual lo sumo consiste en que el hombre
tampoco reconozca los beneficios. O de la ignorancia de la
incredulidad, que arruina el fundamento del edificio
espiritual.
4. El ebrio merece doble
increpación por el doble pecado que comete: la embriaguez y el pecado
que de ella se siga. Sin embargo, la embriaguez aminora el pecado
siguiente, por razón de la ignorancia adjunta, y acaso más que sea la
gravedad de la misma embriaguez, como hemos dicho (ad 2). O puede decirse que aquel dicho se aduce por la disposición de un
tal Pitaco, legislador, quien decretó que los borrachos, si
hiriesen a alguien, se les castigara más gravemente, no atendiendo a
la venia (o indulgencia) a la que en cierto modo los borrachos son más
acreedores, sino a la utilidad, pues los ebrios injurian a más que los
sobrios, como es claro por el Filósofo, en el libro II de los Políticos.