Artículo 1:
Definición de persona
lat
Objeciones por las que parece inaceptable la definición de persona
que da Boecio en el libro De Duabus Naturis y que
es la siguiente: Persona es la sustancia individual de naturaleza
racional.
1. Ningún singular se define. Pero persona indica algo
singular. Luego persona no admite definición.
2. Sustancia, al entrar en la definición de persona,
o es tomada por sustancia primera o por sustancia
segunda. Si por sustancia primera, de nada sirve el añadido individual, porque la sustancia primera es sustancia individual.
Si por sustancia segunda, el añadido es falso e implica contradicción,
ya que sustancias segundas lo son los géneros o las especies. Por lo
tanto, la definición no es adecuada.
3. Un término intencional no debe entrar en una
definición. No sería adecuado decir: El hombre es una especie
animal: pues hombre es el nombre, y especie es un
término intencional. Así, pues, como persona es
el nombre (ya que indica una determinada sustancia de naturaleza
racional), añadir individuo, que es un término intencional,
resulta inadecuado.
4. Como se dice en II Physic., naturaleza es el principio de movimiento y reposo en aquello en lo
que se está esencial pero no accidentalmente. Pero persona
se encuentra en seres inmutables como Dios y los ángeles. Luego en la
definición de persona no debe ponerse naturaleza, sino, más
bien, esencia.
5. El alma separada es sustancia individual de naturaleza
racional. Pero no es persona. Luego no es adecuada la definición de
persona.
Respondo: Aun cuando lo
universal y lo particular se encuentran en todos los géneros, sin
embargo, el individuo se encuentra de modo especial en el género de la
sustancia. Pues la sustancia se individualiza por sí misma, pero los
accidentes se individualizan por el sujeto, que es la sustancia.
Ejemplo: Esta blancura es tal blancura en cuanto que está en este
sujeto. Por eso también las sustancias individuales tienen un nombre
especial que no tienen otras: hipóstasis o sustancias primeras. Pero particular e individuo se encuentran de
un modo mucho más específico y perfecto en las sustancias racionales
que dominan sus actos, siendo no sólo movidas, como las demás, sino
que también obran por sí mismas. Las acciones están en los singulares.
Es así como, de entre todas las sustancias, los singulares de
naturaleza racional tienen un nombre especial. Este nombre es persona. Por eso, en la definición de persona que se ofreció,
entra la sustancia individual por significar lo singular en el género
de la sustancia. Y se le añade naturaleza racional por significar lo
singular en las sustancias racionales.
A las objeciones:
1. Aun cuando este o aquel singular
no pueda ser definido, sin embargo, sí puede definirse lo que
pertenece al concepto general de singularidades. De hecho, el
Filósofo define la sustancia primera. Y lo mismo hace
Boecio con persona.
2. Según algunos,
en la definición de persona, sustancia equivale a sustancia
primera, que es la hipóstasis. Sin embargo, no resulta banal tampoco
añadir individual. Porque en la palabra hipóstasis o sustancia primera queda excluida la razón de universal y de parte
(pues no decimos que el hombre común sea hipóstasis, como tampoco lo decimos
de la mano, que es parte del hombre). Pero al añadirle individuo, se excluye de la persona la razón de asunción. En
Cristo, la naturaleza humana no es persona, porque es asumida por
alguien más digno, la Palabra de Dios. Pero es mejor decir que sustancia se toma en general, por dividirse en primera y segunda.
De ahí que se le añada individual, como equivalente a sustancia
primera.
3. Porque nosotros no conocemos
las diferencias sustanciales, como tampoco son nombradas, es necesario
hacer uso de las diferencias accidentales en lugar de las
sustanciales, como si se dijera, por ejemplo: El fuego es un cuerpo
simple, cálido y seco, pues los accidentes propios son efectos de
las formas sustanciales y las expresan; de modo parecido, los nombres
intencionales pueden ser tomados para definir algo, en cuanto que son
tomados por otros nombres de las cosas que no se aplican. Así, el
nombre individuo entra en la definición de persona para indicar
el modo de subsistir propio de las sustancias particulares.
4. Según el Filósofo en V Metaphys., el nombre de naturaleza es
aplicado para indicar, sobre todo, la generación de los vivientes
llamada nacimiento. Y porque esta generación y otras similares brotan
de un principio intrínseco, se aplica también para indicar el
principio intrínseco de cualquier movimiento. Así es
definida la naturaleza en II Physic. Y porque
este principio es formal y material, tanto la materia como la forma
son llamadas, generalmente, naturaleza. Y porque la forma complementa
la esencia de cualquier cosa, generalmente la esencia de cualquier
cosa, indicada en su definición, es llamada naturaleza. En este
sentido se toma aquí naturaleza. Por eso, en el mismo
libro Boecio dice: Naturaleza es la diferencia
específica que informa cada cosa. Pues la diferencia específica es
la que complementa la definición, siendo asumida por la forma. De este
modo resultó muy oportuno que en la definición de persona, qué es lo
singular de un género determinado, se utilizara el nombre de
naturaleza más que el de esencia, que se toma de ser, que es lo más general.
5. El alma es parte de la especie
humana. Así, aun cuando esté separada, como por naturaleza conserva
capacidad de unión, no puede ser llamada sustancia individual en el sentido de hipóstasis o sustancia primera; como tampoco puede ser llamada
así la mano o cualquier otra de las partes del hombre. Y así no le
corresponde ni la definición ni el nombre de persona.
Artículo 2:
Persona, ¿es o no es lo mismo que hipóstasis, subsistencia y
esencia?
lat
Objeciones por las que parece que persona es lo mismo que hipóstasis,
subsistencia y esencia.
1. Dice Boecio en el libro De Duab. Natur.: Los griegos llamaron hipóstasis a la sustancia individual de naturaleza racional. Pero esto es lo que para nosotros significa persona. Luego persona es completamente idéntica a hipóstasis.
2. Como decimos que hay tres personas divinas, también
decimos que hay tres subsistencias. No lo haríamos si persona y
subsistencia no significaran lo mismo. Luego persona y subsistencia
significan lo mismo.
3. En el comentario Praedicamentorum, Boecio dice que usía, que es lo mismo que esencia, significa compuesto de materia y forma. Lo que es compuesto de materia y forma es un individuo del género de la sustancia que es llamado hipóstasis y persona. Luego todos estos nombres significan lo mismo.
Contra esto: está lo que dice Boecio en el libro
De Duab.
Natur.:
Los géneros y las especies sólo
subsisten; los individuos, por su parte, no sólo subsisten, sino que
también sustentan. Pero por
subsistir son llamadas
subsistencias, como por
sustentar son llamadas sustancias o
hipóstasis. Así, pues, como a los géneros y las especies no les
corresponde ser hipóstasis o personas, las hipóstasis o personas no
son lo mismo que las subsistencias.
Además: Boecio, en el comentario Praedicamentorum dice que la hipóstasis se llama materia y que la usiosis, esto es, la subsistencia, se llama forma. Pero ni la materia ni la forma pueden ser llamadas personas. Luego persona se diferencia de hipóstasis, subsistencia y esencia.
Respondo: Según el Filósofo en V Metaphys., sustancia tiene dos acepciones. 1) Una, por la que sustancia es tomada como la esencia de
algo, y se la indica con la definición, y, así, decimos que la definición expresa la sustancia de algo. Esta sustancia los
griegos la llaman ousía, y que nosotros podemos traducir por esencia. 2) Otra acepción es la de sustancia como sujeto
o supuesto que subsiste en el género de la sustancia. Esta
acepción, en su sentido general, puede ser denominada con un nombre
intencional. Es llamada supuesto. Hay también
tres nombres con los que se expresa algo y que corresponden a la
triple consideración que puede hacerse de la sustancia, a saber: realidad natural, subsistencia e hipóstasis. Pues por existir
por sí mismo y no estar en otro es llamada subsistencia; pues
decimos que subsiste lo que existe en sí mismo y no en otro. Por ser
supuesto de alguna naturaleza común es llamada realidad
natural. Así, este hombre es una realidad natural humana.
Por ser supuesto de los accidentes es llamada hipóstasis o
sustancia. Estos tres nombres son comunes a todo género de
sustancias. El nombre de persona sólo lo es en el género de las
sustancias racionales.
A las objeciones:
1. Para los griegos,
hipóstasis significa, etimológicamente, individuo del género de
la sustancia. Pero por el uso pasó a indicar el individuo de
naturaleza racional por su excelencia.
2. Así como nosotros decimos que
hay tres personas y tres subsistencias divinas, los griegos dicen que
hay tres hipóstasis. Pero como la palabra sustancia, cuyo
significado propio corresponde al de hipóstasis, para
nosotros tiene un sentido equívoco, pues unas veces significa esencia
y otras hipóstasis, para no inducir a error, prefirieron traducir hipóstasis por subsistencia más que por sustancia.
3. Esencia es, propiamente, lo
expresado por la definición. La definición comprende los principios de
la especie, pero no los principios individuales. Por eso, en las cosas
compuestas de materia y forma, la esencia significa no sólo la forma,
ni sólo la materia, sino el compuesto de materia y forma en cuanto que
son los principios de la especie. Pero el compuesto de
esta
materia y de
esta forma tiene razón de hipóstasis y de
persona. Pues el alma, y la carne y el hueso pertenecen a la razón de
hombre, pero esta alma y esta carne y este hueso pertenecen a la razón
de
este hombre. Así,
hipóstasis y
persona a la
razón de esencia añaden los principios individuales, que no son lo
mismo que la esencia en los compuestos de materia y forma, como ya se
señaló al tratar la simplicidad divina (
q.3 a.3).
4. Boecio dice que
los géneros y las especies subsisten en cuanto que a algunos
individuos les corresponde subsistir por el hecho de estar en los
géneros y especies comprehendidos en el predicamento de la sustancia;
pero no quiso decir que subsistieran las mismas especies y los
géneros, a no ser que se acepte la opinión de Platón,
para quien las especies de las cosas subsisten independientemente de
los singulares. Por otra parte, sostener es algo que
corresponde a los mismos individuos con respecto a los accidentes, que
están fuera de la razón de géneros y especies.
5. El individuo compuesto de
materia y forma, por su materia sostiene los accidentes. Por eso, en
el libro De Trin., Boecio dice: la forma
simple no puede ser sujeto. Pero que subsista por sí mismo le
viene de la forma que no se une a lo subsistente, sino que da el ser
actual a la materia para que el individuo pueda subsistir. Así, la
hipóstasis se atribuye a la materia, y usiosin o subsistencia a
la forma, porque la materia es principio para sostener, y la forma es
principio para subsistir.
Artículo 3:
El nombre persona, ¿se puede o no se puede dar a lo
divino?
lat
Objeciones por las que parece que el nombre persona no puede
darse a lo divino:
1. Dice Dionisio al comienzo del De Div. Nom.: De todo lo oculto de la sublime sustancia divina nadie debe
atreverse a decir o pensar más que lo que nos ha sido comunicado
directamente en las Santas Escrituras. Pero el nombre persona no nos ha sido dado en toda la Sagrada Escritura, ni en el
Antiguo ni en el Nuevo Testamento. Luego no hay que utilizar el nombre
persona aplicándolo a lo divino.
2. Dice Boecio en el libro De Duab. Natur.: Parece que el nombre de persona tiene su origen en aquellas personas que, en las comedias y tragedias, representaban a alguien. Pues persona viene de personar, ya que en algo hueco el sonido necesariamente es mayor. Pues bien, estas personas los griegos las llamaban prosopa, que son las máscaras que se ponían delante de la cara y de los ojos tapando el rostro. Pero esto no le corresponde a lo divino, a no ser, quizás, como metáfora. Luego el nombre persona no se da a Dios más que metafóricamente.
3. Toda persona es hipóstasis. Pero el nombre hipóstasis parece que no le corresponde a Dios, pues, según
Boecio, significa lo que sostiene los accidentes, que
en Dios no hay. Y Jerónimo también dice que en el
nombre hipóstasis, el veneno se oculta bajo la miel. Luego el
nombre persona no hay que darlo a Dios.
4. Suprimida la definición, suprimido lo definido. Pero
parece que la definición de persona anteriormente dada (
a.1), no le
corresponde a Dios. Porque conlleva conocimiento discursivo, que no le
corresponde a Dios, como ya se demostró (
q.14 a.7), y, así, no se
puede decir: Dios de
naturaleza racional. Y también porque no
puede decirse: Dios
sustancia individual, pues el principio de
individuación es la materia, y Dios es inmaterial; y no sustenta
accidentes para que se le pueda llamar sustancia. Luego a Dios no debe
atribuírsele el nombre
persona.
Contra esto: está lo que se dice en el Símbolo de Atanasio: Una es la persona del Padre, otra la del Hijo y otra la del Espíritu Santo.
Respondo: Persona significa lo que es más perfecto en toda la naturaleza, es decir, el subsistente en naturaleza
racional. Por eso, como a Dios hay que atribuirle todo lo que
pertenece a la perfección por el hecho de que su esencia contiene en
sí misma toda perfección, es conveniente que a Dios se le dé el nombre
de persona. Sin embargo, no en el mismo
sentido con que se da a las criaturas, sino de un modo
más sublime; así como los otros nombres que damos a Dios, como ya
dijimos anteriormente al tratar sobre los nombres de Dios (
q.13 a.3).
A las objeciones:
1. Aun cuando el nombre persona no se encuentre en la Escritura del Antiguo y del Nuevo
Testamento aplicado a Dios, sin embargo, su significado sí se
encuentra muchas veces y aplicado a Dios. Es decir, El es el Ser en
grado sumo y absolutamente inteligente. Si se requiriera que se
hablase de Dios sólo con aquellas mismas palabras con
que se nos habló de Dios en la Sagrada Escritura, se seguiría que
nunca se podría hablar de Dios con una lengua distinta a la usada en
la Escritura del Antiguo y del Nuevo Testamento. Encontrar nuevas
palabras que expresen la antigua fe sobre Dios empezó a ser necesario
para poder discutir con los herejes. Y esta novedad de palabras no hay
por qué evitarla, pues no es profana, ya que no discrepa del sentido
de la Escritura. El Apóstol (1 Tim 6,20), lo que enseña es a evitar las novedades de las palabras profanas.
2. Aun cuando el sentido original
del nombre
persona no le corresponde a Dios, sin embargo, su
significado sí le corresponde a Dios en grado sumo. Pues, porque en
las comedias y tragedias se representaba a personajes famosos, se
impuso el nombre de persona para indicar a alguien con dignidad. Por
eso en las iglesias empezó la costumbre de llamar personas a los que
tienen alguna dignidad. Por lo cual algunos definen la
persona diciendo que es la
hipóstasis distinguida por la propiedad
relativa a la dignidad. Como quiera que subsistir en la naturaleza
racional es de la máxima dignidad, todo individuo de naturaleza
racional es llamado persona, como ya dijimos (
a.1). Pero la dignidad
de la naturaleza divina supera toda dignidad. Por eso, en grado sumo a
Dios le corresponde el nombre de
persona.
3. El nombre hipóstasis en
su sentido original no le corresponde a Dios, puesto que El no
sustenta accidentes; pero sí le corresponde indicando la realidad
subsistente. Jerónimo dice que bajo este nombre se esconde veneno,
porque antes de que este nombre fuera plenamente conocido por los
latinos, los herejes con este nombre confundían a la gente sencilla
para que confesaran muchas esencias como se confiesan muchas
hipóstasis; debido a que el nombre de sustancia, cuyo
equivalente griego es el de hipóstasis, generalmente es tomado
entre nosotros por esencia.
4. Dios puede ser llamado
naturaleza racional en cuanto que no implica proceso discursivo,
sino naturaleza intelectual.
Individuo, en cambio, no puede
corresponderle a Dios en cuanto referido a la materia como principio
de individuación, sino sólo en cuanto que implica incomunicabilidad.
Sustancia, por otra parte, le corresponde a Dios en cuanto que significa existir por sí mismo. Algunos dicen que la definición de Boecio que hemos citado anteriormente (
a.1), no es una definición de persona en el sentido en el que lo atribuimos a Dios. Por lo cual, Ricardo de San Víctor, queriendo corregir dicha definición, dijo que persona, aplicado a Dios, es
la existencia incomunicable de la naturaleza divina.
Artículo 4:
El nombre persona, ¿significa o no significa relación?
lat
Objeciones por las que parece que el nombre persona, en Dios, no
significa relación, sino sustancia:
1. Dice Agustín en el VIl De Trin.: Cuando
decimos persona del Padre, no estamos diciendo nada distinto a
sustancia del Padre. Pues con respecto a sí mismo es persona, no con
respecto al Hijo.
2. Investigar el qué de una cosa, es investigar su
esencia. Pero como dice Agustín en el mismo libro: Al
decir Tres son los que dan testimonio en el cielo: El Padre, el
Hijo y el Espíritu, si se pregunta ¿Qué tres? se
responde: Las Tres Personas. Luego el nombre persona
significa esencia.
3. Según el Filósofo en IV
Metaphys., lo indicado por el nombre es su definición. Pero, como se dijo (
a.1), la definición de persona es:
Sustancia individual de naturaleza racional. Luego el nombre
persona significa la sustancia.
4. En los hombres y los ángeles, persona no indica
relación, sino algo absoluto. Por lo tanto, si en Dios indicase
relación, tendría sentido equívoco al implicarlo a Dios, a los hombres
y a los ángeles.
Contra esto: está lo que dice Boecio en el libro De
Trin.: Todo nombre referente a las personas indica
relación. Pero ningún nombre está más referido a las personas que el
de persona. Luego el nombre persona significa
relación.
Respondo: En cuanto al significado del
nombre
persona aplicado a las Personas divinas, la dificultad
brota al aplicarlo a tres, hecho que va contra la naturaleza propia de
los nombres esenciales; y porque tampoco implica relación como los
nombres que la indican. Por eso algunos estimaron que
el nombre
persona en sí mismo, en cuanto palabra, aplicado a
Dios, significa la esencia, como lo pueden indicar
Dios o
Sabio; pero ante la provocación de los herejes y por orden
conciliar, se admitió que pudiera ser usada en el sentido de relación;
y de modo especial, usada en plural o en sentido partitivo, como
cuando decimos
Tres personas, o
una es la persona del Padre
y otra la del Hijo. Usada en singular, puede tener sentido
absoluto o relativo. No parece que este argumento sea suficiente.
Porque si el nombre
persona, en cuanto palabra, no significa
más que la esencia en lo divino, al decir
tres personas no sólo no
se solventa la calumnia de los herejes, sino que se les da pie para
otras aún mayores.
Fue así como otros estimaron que persona en lo
divino significa, al mismo tiempo, esencia y relación.
Algunos dijeron que significaba esencia directamente; indirectamente
significaba relación. Porque persona indica que es una por
sí misma; que la unidad pertenece a la esencia; y que por sí misma implica indirectamente relación. Así, el Padre existe
por sí mismo, siendo distinto del Hijo por relación.
Otros apuntaron lo mismo, pero al revés, es decir, que
directamente significaba relación, e indirectamente esencia. Porque,
en la definición de persona, naturaleza entra indirectamente.
Estos últimos se acercaron más a lo correcto.
Así, pues, para demostrar la solución a este problema hay que tener
presente que puede haber algo cuyo significado es aplicado a algo
reducido y, sin embargo, no se aplica a algo más extendido.
Ejemplo: Racional está incluido en el significado de hombre, y, sin embargo, no en el de animal. Por eso lo que
hay que analizar en el significado de animal es distinto de lo
incluido en el significado del animal que es el hombre. De modo
parecido, analizar el significado de persona en su aplicación
general es distinto de lo incluido en el significado de persona
aplicado a las personas divinas.
Pues, como ya se dijo (a.1), en general persona indica la sustancia individual de naturaleza racional. Individuo es lo
indistinto en sí mismo, pero distinto de los demás. Por lo tanto, en
cualquier naturaleza, persona significa lo que es distinto en aquella
naturaleza, como en la naturaleza humana indica esta carne, estos
huesos y esta alma, que son los principios que individualizan al
hombre. Estos principios, aun cuando no significan persona, sin
embargo, sí entran en el significado de persona humana.
Por otra parte, como ya dijimos (q.28 a.3), la distinción de las
personas divinas no tiene otro fundamento que las relaciones de
origen. Y la relación no es como la del accidente inherente al sujeto,
sino que es la misma esencia divina. Por lo tanto, así como la deidad
es Dios, la paternidad divina es Dios Padre, que es persona divina.
Así, pues, Persona divina significa relación subsistente. Y esto es lo
mismo que decir relación sustancial, que no es más que la hipóstasis
subsistente en la naturaleza divina; aun cuando lo subsistente en la
naturaleza divina no es distinto de la misma naturaleza
divina.
Según todo esto, es cierto que persona significa directamente
relación e indirectamente esencia; sin embargo, no significa relación
en cuanto relación, sino en cuanto relación hipostática. Igualmente,
también significa directamente esencia e indirectamente relación; en
cuanto que la esencia es lo mismo que la hipóstasis. Y la hipóstasis
se distingue por la relación. De este modo, la relación en cuanto tal,
indirectamente está en la razón de persona.
Según todo esto, también puede decirse que este significado de persona no se tenía presente antes de las calumnias de los
herejes; por eso no se usaba este significado de persona, a no
ser sólo como uno de los nombres absolutos. Pero después se admitió
que fuera usado en sentido de relación debido a lo congruente de su
significado. Es decir, no sólo que equivaliera a relación por el uso,
como decían algunos, sino que fuera equivalente por su mismo
significado.
A las objeciones:
1. El nombre persona se dice
con respecto a sí, no a otro, porque indica relación; pero no en
cuanto relación sino en sentido sustancial, que es propio de la
relación hipostática. Por eso dice Agustín que significa la esencia,
en cuanto que en Dios esencia e hipóstasis son lo mismo. Pues en Dios
no hay diferencia entre lo que es y aquello por lo que
es.
2. ¿Qué? algunas veces es una
pregunta sobre la naturaleza que indica la definición; como cuando se
pregunta: ¿Qué es el hombre? y se responde: Animal racional
mortal. Otras veces es una pregunta sobre el sujeto; como cuando
se pregunta: ¿Qué nada en el mar?, y se responde: El
pez. Así, a la pregunta: ¿Qué tres?, la respuesta: Tres
Personas.
3. Como ya se dijo, la
sustancia individual, distinta e incomunicable, en Dios tiene que ser
entendida como la relación.
4. Aunque en algo reducido haya
conceptos distintos, no es motivo para provocar
equívocos en algo más extendido. Pues, aun cuando la definición de
caballo y de asno sea distinta, sin embargo, ambas entran unívocamente
en la de
animal; porque la definición general de animal les
corresponde a ambos. Por eso, aun cuando la relación esté contenida en
la significación de persona divina y no en la significación de persona
angélica o humana, no se puede concluir que
persona se aplica
equívocamente. Tampoco quiere decir esto que se aplique unívocamente,
pues, como ya quedó demostrado (
q.13 a.5), nada puede decirse
unívocamente de Dios y de las criaturas.