Artículo 1:
¿El poder judicial debe atribuirse especialmente a
Cristo?
lat
Objeciones por las que parece que el poder judicial no debe
atribuirse especialmente a Cristo.
1. El juicio de los otros parece que pertenece al señor de los
mismos; de donde, en Rom 14,4, se dice: ¿Quién eres tú para juzgar
al criado ajeno? Ahora bien, el ser Señor de las criaturas es
común a toda la Trinidad. Luego el poder judicial no debe atribuirse
especialmente a Cristo.
2. En Dan 7,9 se dice: El Anciano de días se sentó; y
después (v.10) se añade: se sentó para juzgar y se abrieron los
libros. Pero por el Anciano de días se entiende el Padre,
porque, como dice Hilario, en el Padre se asienta la
eternidad. Luego el poder judicial debe atribuirse más al Padre
que al Hijo.
3. Parece que el juzgar pertenece al mismo que compete el
argüir. Pero el argüir pertenece al Espíritu Santo, puesto que el
Señor, en Jn 16,8, dice: Cuando venga aquél, es a saber, el
Espíritu Santo, argüirá al mundo de pecado, de justicia y de
juicio. Luego el poder judicial debe atribuirse más al Espíritu
Santo que a Cristo.
Contra esto: está lo que en Act 10,42 se dice de Cristo: Este es el
que ha sido constituido por Dios juez de vivos y muertos.
Respondo: El juicio requiere tres cosas:
Primero, el poder de corregir a los súbditos; por lo cual se dice en
Eclo 7,6:
No quieras buscar ser hecho juez a no ser que cuentes con
fuerzas para reprimir la iniquidad. Segundo, el celo de la
rectitud, con el fin de que uno no emita juicio por odio o por envidia
sino por amor de la justicia, según aquellas palabras de Prov 3,12:
El Señor corrige al que ama; y se complace en él como un padre en su
hijo. Tercero, la sabiduría, en cuya virtud se forma el juicio; de
donde en Eclo 10,1 se dice:
El juez sabio juzgará a su pueblo.
Los dos primeros requisitos son necesarios antes del juicio; sin
embargo, la forma del juicio radica propiamente en el tercero, porque
la norma del juicio es la ley de la sabiduría o de la verdad, conforme
a la cual se emite el juicio.
Y por ser el Hijo la Sabiduría engendrada, y la Verdad que
procede del Padre y que le representa perfectamente, por eso el poder
judicial se atribuye al Hijo con toda propiedad. De donde dice
Agustín, en De Vera Relig.: Esta es la Verdad
inmutable, llamada justamente la ley de todas las artes, y el arte del
Artífice omnipotente. Pues, como nosotros y todos los
seres racionales juzgamos con rectitud y conforme a verdad de las
cosas inferiores, así sólo juzga de nosotros la misma Verdad, cuando
nos unimos a ella. Pero de ella no juzga ni el Padre, pues no es
aquélla menor que éste. Y, por este motivo, lo que juzga el Padre, lo
juzga por medio de ella. Y después concluye: El
Padre, pues, no juzga a nadie, sino que ha entregado al Hijo todo
juicio.
A las objeciones:
1. Ese argumento prueba que el
poder judicial es común a toda la Trinidad; lo cual es cierto. No
obstante, por una cierta aprobación, el poder judicial se atribuye al
Hijo, como se acaba de decir (en la sol.).
2. Como escribe Agustín en VI De Trin., la eternidad se atribuye al Padre por su
título de principio, lo cual va implicado también en el concepto de
eternidad. En ese lugar dice asimismo Agustín que el
Hijo es el arte del Padre. Así pues, la potestad de juzgar se
atribuye al Padre en cuanto que es principio del Hijo; pero la razón
misma del juicio se atribuye al Hijo, por ser el arte y la sabiduría
del Padre; de manera que, como el Padre hizo todas las cosas por su
Hijo por ser su arte, así también juzga todas las cosas por medio de
su Hijo, por ser éste su sabiduría y su verdad. Y esto se da a
entender en Daniel, donde primero se dice que el Anciano de días se
sentó (Dan 7,9), y luego se añade (v.13-14) que el Hijo del
hombre llegó hasta el Anciano de días, y éste le dio el poder, el
honor y el reino. Con esto se da a entender que la autoridad de
juzgar reside en el Padre, de quien el Hijo recibe el poder de
juzgar.
3. Como escribe Agustín, In Ioann., Cristo dijo que el Espíritu Santo argüirá al mundo de pecado, así como si dijera: El derramará la
caridad en vuestros corazones. Así pues, echado el temor de vuestros
corazones, gozaréis de libertad para argüir. Por consiguiente, el
juicio se atribuye al Espíritu Santo, no bajo la razón de juicio, sino
por la inclinación a juzgar que tienen los hombres.
Artículo 2:
¿El poder judicial le conviene a Cristo en cuanto
hombre?
lat
Objeciones por las que parece que el poder judicial no le conviene a
Cristo en cuanto hombre.
1. Porque dice Agustín, en De Vera Relig., que
el juicio se atribuye al Hijo por ser la misma ley de la verdad
primera. Ahora bien, esto le corresponde al Hijo en cuanto Dios. Luego
el poder judicial no le conviene a Cristo en cuanto hombre, sino en
cuanto Dios.
2. Es propio del poder judicial premiar a los que practican
el bien, lo mismo que castigar a los malos. Pero el premio de las
obras buenas es la bienaventuranza eterna, que nadie otorga fuera de
Dios, pues dice Agustín, In loann., que el
alma se hace bienaventurada por la participación de Dios, y no por la
participación de un alma santa. Luego parece que el poder judicial
no le corresponde a Cristo en cuanto hombre, sino en cuanto
Dios.
3. Al poder judicial de Cristo corresponde juzgar los
secretos de los corazones, conforme a aquellas palabras de 1 Cor
4,5: No juzguéis antes de tiempo, hasta que venga el Señor, que
iluminará los escondrijos de las tinieblas y hará manifiestos los
propósitos de los corazones. Pero esto pertenece sólo al poder
divino, según Jer 17,9-10: Depravado e inescrutable es el corazón
del hombre; ¿quién lo conocerá? Yo, el Señor, que escudriño el corazón
y pongo a prueba los riñones, que retribuyo a cada uno según sus
caminos. Luego el poder judicial no conviene a Cristo en cuanto
hombre, sino en cuanto Dios.
Contra esto: está lo que se dice en Jn 5,27: Le dio el poder de
juzgar, por cuanto El es el Hijo del hombre.
Respondo: El Crisóstomo,
In
loann., da la impresión de pensar que el poder
judicial no le conviene a Cristo en cuanto hombre,
sino exclusivamente en cuanto Dios. Por lo que expone así el texto
alegado de Juan (5,27):
Le dio el poder de juzgar. Por cuanto El es
el Hijo del hombre, no os maravilléis (v.28).
No recibió, pues,
el poder de juzgar por ser hombre; sino que, al ser Hijo del Dios
inefable, por ese motivo es juez. Y por ser esta prerrogativa superior
a la condición humana, con el fin de solucionar ese parecer, dijo: No
os admiréis porque es el Hijo del hombre, pues también es el Hijo de
Dios. Y lo prueba por los efectos de la resurrección; de donde
añade Jesús (Jn 5,28):
Porque llega la hora en que todos los que
están en los sepulcros oirán la voz del Hijo de Dios.
Sin embargo, debe tenerse en cuenta que, si bien reside en Dios la
autoridad suprema de juzgar, el propio Dios confiere a los hombres el
poder judicial respecto a aquellos que están sometidos a su
jurisdicción. Por lo cual se dice en Dt I,I6: Juzgad lo que es
justo; y después se añade (v.17): Porque de Dios es el
juicio; lo cual quiere decir: Con su autoridad juzgáis vosotros.
Ya se dijo antes (q.8 a.1 y 4; q.20 a.1 ad 3) que Cristo, también en
su naturaleza humana, es la cabeza de toda la Iglesia, y que Dios
ha puesto todas las cosas bajo sus pies (cf. Sal 8,8). En
consecuencia, también le pertenece, aun en cuanto hombre, tener el
poder judicial. Por este motivo parece que el pasaje evangélico
alegado (Jn 5,27) debe entenderse así: Le dio el poder de juzgar
porque es el Hijo del hombre, y no por la condición de su
naturaleza (humana), porque, en ese caso, todos los hombres poseerían
un poder semejante, como objeta el Crisóstomo. Esa
prerrogativa pertenece a la gracia capital que recibió Cristo en la
naturaleza humana.
De este modo, el poder judicial compete a Cristo por tres motivos:
Primero, por su unión y afinidad con los hombres. Así como Dios obra
por las causas intermedias como más próximas a los efectos, así
también juzga a los hombres por medio de Cristo hombre, con el fin de
que el juicio sea más llevadero a los hombres. De donde dice el
Apóstol en Heb 4,15-16: No tenemos un Pontífice que no pueda
compadecerse de nuestras flaquezas; antes fue tentado en todo a
semejanza nuestra, excepto en el pecado. Acerquémonos, pues,
confiadamente al trono de su gracia.
Segundo, porque en el juicio final, como dice Agustín, In
loann., tendrá lugar la resurrección de los
cuerpos muertos, que Dios resucita por medio del Hijo del hombre,
lo mismo que resucita las almas por el propio Cristo en cuanto
que es el Hijo de Dios.
Tercero, porque, como escribe Agustín, en el libro De verbis
Domini, era justo que viesen al juez los que iban a ser
juzgados. Y los que iban a ser juzgados eran los buenos y los malos.
Quedaba que en el juicio se manifestase a los buenos y a los malos la
forma de siervo, reservándose la forma de Dios sólo para los
buenos.
A las objeciones:
1. El juicio pertenece a la verdad
como a la regla del juicio; pero le pertenece al hombre formado por la
verdad en cuanto que, en cierto modo, es una sola cosa con la verdad,
como una ley y una justicia animada. De donde, también en el
mismo lugar, Agustín introdujo lo que se lee en 1 Cor 2,15: El
espiritual juzga de todo. Ahora bien, el alma de Cristo estuvo más
unida a la verdad y más repleta de la misma que todas las criaturas,
conforme a las palabras de Jn 1,14: Le vimos lleno de gracia y de
verdad. Y, por consiguiente, el juzgar todas las cosas pertenece
al alma de Cristo en sumo grado.
2. Sólo a Dios pertenece hacer
bienaventuradas a las almas por la participación de sí mismo. Pero
conducir a los hombres a la bienaventuranza es propio de Cristo en
cuanto cabeza y autor de la salvación de aquéllos, según aquel pasaje
de Heb 2,10: Convenía que aquel que había llevado muchos hijos a la
gloria, perfeccionase mediante el sufrimiento al Autor de la salvación
de los mismos.
3. Conocer los secretos de los
corazones y juzgarlos, de suyo, compete exclusivamente a Dios; pero,
por la redundancia de la divinidad en el alma de Cristo, también a El
le conviene conocer y juzgar los secretos de los corazones, como antes
se ha dicho (
q.10 a.2), al tratar de la ciencia de Cristo. Y, por este
motivo, se dice en Rom 2,16:
En el día en que Dios juzgará las
acciones secretas de los hombres por Cristo Jesús.
Artículo 3:
¿Alcanzó Cristo por sus méritos el poder judicial?
lat
Objeciones por las que parece que Cristo no obtuvo por mérito el
poder judicial.
1. El poder judicial sigue a la dignidad regia, según aquellas
palabras de Eclo 20,8: Cuando el rey se sienta en su tribunal,
disipa todo mal con su mirada. Pero Cristo obtuvo la dignidad
regia sin méritos, puesto que le compete por el mismo hecho de ser el
Unigénito de Dios, ya que en Lc 1,32 se dice: Le dará el Señor Dios
el trono de David, su padre, y reinará en la casa de Jacob para
siempre. Luego Cristo no obtuvo por sus méritos el poder
judicial.
2. Como acabamos de decir (
a.2), el poder judicial le
compete a Cristo en cuanto que es nuestra cabeza. Ahora bien, la
gracia capital no le compete a Cristo por sus méritos, sino que es una
consecuencia de la unión personal de la naturaleza divina con la
humana, conforme a aquellas palabras:
Vimos su gloria, como la del
Unigénito del Padre, lleno de gracia y de verdad, y de su plenitud
hemos recibido todos (Jn 1,14), lo cual pertenece a la noción de
cabeza. Luego parece que Cristo no tuvo por sus méritos el poder
judicial.
3. En 1 Cor 2,15 dice el Apóstol: El espiritual lo
juzga todo. Pero el hombre se hace espiritual por la gracia, que
no procede del mérito, pues de otro modo, ya no seria gracia,
como se lee en Rom 11,6. Luego parece que el poder judicial no le
conviene a Cristo ni a los demás por méritos, sino sólo por
gracia.
Contra esto: está lo que se dice en Job 36,17: Tu causa ha sido
juzgada como la del impío; recibirás el juicio y la causa. Y
Agustín escribe en el libro De verbis Domini: Se sentará como juez
el que compareció ante el juez condenará a los verdaderos reos el que
falsamente fue reputado reo.
Respondo: Nada impide que una y misma cosa le
sea debida a alguien por diversos motivos; como la gloria del cuerpo
resucitado le fue debida a Cristo no sólo por conformidad con la
divinidad y por la gloria del alma, sino también por el mérito del
abatimiento de la pasión. Y del mismo modo debe decirse que el
poder judicial le compete a Cristo hombre tanto por su persona divina
cuanto por la dignidad de cabeza, y por la plenitud de su gracia
habitual; y, no obstante, lo obtuvo también por mérito, de modo que,
conforme a la justicia de Dios, fuera juez el que luchó y venció por
la justicia de Dios, y el que injustamente fue juzgado. Por eso dice
El mismo, en Ap 3,21: Yo vencí y me senté en el trono de mi
Padre. Por trono se entiende el poder judicial, conforme a
aquellas palabras del Sal 9,5: Se sienta en su trono, y administra
la justicia.
A las objeciones:
1. Esa dificultad procede de
considerar el poder judicial en cuanto debido a Cristo por razón de su
unión con el Verbo de Dios.
2. Tal objeción dimana de la
consideración de la gracia capital.
3. Esa objeción procede de la
consideración de la gracia habitual, que perfecciona el alma de
Cristo. Sin embargo, por el hecho de que a Cristo se le deba el poder
judicial de esos modos, no se excluye el que se le deba por sus
méritos.
Artículo 4:
¿Pertenece a Cristo el poder judicial respecto de todas las cosas
humanas?
lat
Objeciones por las que parece que el poder judicial no compete a
Cristo en relación con todas las cosas humanas.
1. Como se lee en Lc 12,13-14, cuando uno de la muchedumbre le
dijo: Di a mi hermano que parta conmigo la herencia, él le
respondió: Pero, hombre, ¿quién me ha constituido juez o partidor
entre vosotros? Luego no tiene poder judicial sobre todas las
cosas humanas.
2. Nadie tiene poder de juzgar sino sobre las cosas que le
están sometidas. Pero todavía no vemos que todas las cosas estén
sometidas a Cristo, como se dice en Heb 2,8. Luego da la impresión
de que Cristo no tiene el poder de juzgar sobre todas las cosas
humanas.
3. Dice Agustín en XX De Civ. Dei
que cae dentro del juicio divino el que, a veces, los
buenos sean afligidos en este mundo, y otras veces prosperen, y lo
mismo los malos. Pero esto ya sucedió también antes de la encarnación
de Cristo. Luego no todos los juicios de Dios sobre las cosas humanas
pertenecen al poder judicial de Cristo.
Contra esto: está lo que se dice en Jn 5,22: El Padre ha entregado
todo juicio al Hijo.
Respondo: Si hablamos de Cristo en cuanto Dios,
es evidente que pertenece al Hijo todo el poder judicial del Padre,
pues, así como el Padre hace todas las cosas por su Verbo, así también
las juzga todas por el mismo Verbo.
Pero, aun hablando de Cristo en cuanto hombre, es también manifiesto
que todas las cosas humanas están sujetas a su poder judicial. Y esto
es claro: Primero, si tenemos en cuenta la relación entre el alma de
Cristo y el Verbo de Dios. Pues si el espiritual lo Juzga todo,
como se lee en 1 Cor 2,15, por cuanto su mente está unida al Verbo de
Dios, con mucho mayor razón tendrá poder judicial sobre todas las
cosas el alma de Cristo, por estar llena de la verdad del Hijo de
Dios.
Segundo, aparece lo mismo por los méritos de su muerte. Porque, como
se dice en Rom 14,9, por esto murió Cristo y resucita, para dominar
sobre vivos y muertos. Y, por tal motivo, tiene el poder de juzgar
sobre todos. Por lo cual añade el Apóstol en el mismo pasaje (v.10)
que todos compareceremos ante el tribunal de Cristo. Y en Dan
7,14 se lee que le dio el poder, el honor y el reino; y todos los
pueblos, tribus y lenguas le servirán.
Tercero, resulta lo mismo por la comparación de las cosas humanas con
el fin de la salvación de los hombres. A todo el que se le encarga lo
principal, se le encomienda también lo accesorio. Pero todas las cosas
humanas se ordenan al fin de la bienaventuranza, que es la salvación
eterna, a lo cual los hombres son admitidos o también rechazados por
el juicio de Cristo, como es manifiesto por Mt 25,31 ss. Y por tanto
resulta evidente que todas las cosas humanas caen bajo el poder
judicial de Cristo.
A las objeciones:
1. Como se ha dicho (a.3 arg.1), el
poder judicial sigue a la dignidad real. Pero Cristo, a pesar de haber
sido constituido rey por Dios, no quiso, mientras vivió en la tierra,
administrar temporalmente un reino terreno. Por eso, él mismo dice en
Jn 18,36: Mi reino no es de este mundo. E igualmente no quiso
ejercer el poder judicial sobre las cosas temporales, puesto que El
había venido para hacer pasar a los hombres a las cosas divinas. Como
escribe Ambrosio a propósito de ese mismo pasaje: Con razón declina ocuparse de las cosas terrenales el que había
descendido por causa de las divinas; ni se digna ser juez de los
pleitos y arbitro de las haciendas, teniendo el poder de juzgar a los
vivos y a los muertos, y el arbitrio de los méritos.
2. Todas las cosas están sujetas
a Cristo por lo que se refiere al poder que ha recibido del Padre
sobre todo lo existente, conforme a aquellas palabras de Mt 28,18: Me ha sido dado todo poder en el cielo y en la tierra. Sin
embargo, todavía no le están sujetas todas las cosas en cuanto a la
ejecución de su poder. Eso sucederá en el futuro, cuando cumplirá su
voluntad acerca de todas las cosas, salvando a unos y castigando a
otros.
3. Antes de la encarnación ejercía
Cristo esa clase de juicios por ser el Verbo de Dios, de cuyo poder
vino a participar, por la encarnación, el alma que le estaba
personalmente unida.
Artículo 5:
¿Después del juicio que se realiza en este mundo, habrá todavía otro
juicio universal?
lat
Objeciones por las que parece que, después del juicio que tiene lugar
en el mundo presente, no hay otro juicio universal.
1. Después de la retribución definitiva de los premios y castigos, el
juicio se aplicaría inútilmente. Ahora bien, en el tiempo presente se
realiza la retribución de premios y castigos, pues el Señor dijo al
ladrón en la cruz: Hoy estarás conmigo en el paraíso (Lc
23,43); y en Lc 16,22 se lee que murió el rico y fue sepultado en
el infierno. Luego en vano se espera un juicio
final.
2. En Nah 1,9 se dice, según un texto distinto: Dios no juzgará dos veces una misma cosa. Pero, al presente, el juicio de Dios se ejercita lo mismo respecto de las cosas temporales que respecto de las espirituales. Luego parece que no debe esperarse otro juicio final.
3. El premio y el castigo corresponden al mérito y al
demérito. Pero el mérito y el demérito no pertenecen al cuerpo más que
en cuanto es instrumento del alma. Luego ni el premio ni el castigo se
deben al cuerpo sino por causa del alma. No se requiere, pues, otro
juicio al final, para que el hombre sea premiado o castigado en el
cuerpo, aparte de aquel con que ahora son castigadas o premiadas las
almas.
Contra esto: está lo que se lee en Jn 12,48: La palabra que yo os he
hablado, ésa os juzgará en el último día. Luego habrá otro juicio
el último día, distinto del juicio que ahora tiene
lugar.
Respondo: No es posible dar un juicio
definitivo sobre una cosa mudable antes de su consumación. Así como no
es posible emitir un juicio exacto sobre la calidad de una acción
antes de que esté consumada en sí misma y en sus efectos, pues hay
muchas acciones que parecen ser útiles que, por los efectos, se ve que
eran nocivas. E igualmente no es posible dar un juicio completo sobre
un hombre mientras no se termine su vida, ya que muchas veces puede
cambiarse de bueno en malo o al revés; o de bueno en mejor, o de malo
en peor. Por lo cual dice el Apóstol en Heb 9,27 que
a los hombres
les está establecido morir una vez y después de esto, el
juicio.
Sin embargo, se ha de tener en cuenta que, si bien la vida temporal
del hombre en sí mismo se termina con la muerte, subsiste de forma
relativa dependiendo del futuro de varios modos. Primero, perviviendo
en la memoria de los hombres, en los cuales subsiste a veces contra la
verdad de la buena o mala fama. Segundo, perdura en los hijos, que son
como algo del padre, según aquellas palabras del Eclo 30,4: Murió
su padre, pero es como si no hubiera muerto, pues ha dejado en pos de
sí uno semejante a él. Y, sin embargo, los hijos de muchos hombres
buenos son malos, y viceversa. Tercero, pervive en cuanto al efecto de
sus obras, como la infidelidad va echando renuevos hasta el fin del
mundo por el engaño de Arrio y de otros seductores; y también hasta el
fin del mundo hace progresos la fe por la predicación de los
Apóstoles. Cuarto, pervive en cuanto al cuerpo que, a veces, es
sepultado con gran honor, quedando otras veces insepulto, y,
finalmente, por ser incinerado, se deshace totalmente. Quinto,
subsiste en cuanto a determinadas cosas en las que puso su afecto, por
ejemplo en algunos bienes temporales, de los cuales unos se acaban
pronto, durando otros más tiempo.
Pero todas esas cosas están sometidas a la apreciación del juicio
divino. De ellas no se puede formar un juicio perfecto y claro
mientras dura el curso del tiempo presente. Y, debido a esto, es
necesario que haya un juicio final en el último día en el que se
juzgue perfecta y claramente sobre cada uno de los hombres y de cuanto
le atañe de cualquier modo.
A las objeciones:
1. Fue opinión de
algunos que las almas de los santos no son premiadas en
el cielo, ni las almas de los condenados son castigadas en el
infierno, hasta el día del juicio. Esto resulta
claramente falso por lo que dice el Apóstol en 2 Cor 5,8:
Confiamos
y quisiéramos más salir del cuerpo y vivir con el Señor, lo cual
no es ya
caminar en la fe, sino
en la visión (v.7), como
es claro por lo que sigue. Y esto es ver a Dios en esencia, en lo cual
consiste
la vida eterna, como es evidente por Jn 17,3. De donde
resulta manifiesto que las almas separadas de los cuerpos gozan de la
vida eterna.
Y, en consecuencia, hay que decir que, después de la muerte, en lo
que se refiere al alma, el hombre alcanza un estado inmutable. Y, por
tanto, en cuanto al premio del alma no hay por qué aplazar el juicio
para más adelante. Mas, por haber algunas otras cosas
relativas al hombre, que se desarrollan a todo lo largo del tiempo,
que no son ajenas al juicio divino, conviene que de nuevo, al fin de
los tiempos, todas ellas sean llevadas a juicio. Y, si bien el hombre
no merece ni desmerece por tales cosas, pertenecen, sin embargo, a un
cierto premio o a una cierta pena. Por eso es necesario que todas
estas cosas sean estimadas en el juicio final.
2. Dios no juzga dos veces una
misma cosa, esto es, bajo el mismo aspecto. Pero no hay
inconveniente en que Dios juzgue dos veces una misma cosa bajo
diversos aspectos.
3. Aunque el premio o el castigo
del cuerpo dependa del premio o del castigo del alma, no obstante,
como el alma no es mutable más que indirectamente por razón del
cuerpo, al instante de separarse del cuerpo adquiere un estado
inmutable, y recibe su juicio. Pero el cuerpo permanece sometido al
cambio hasta el fin de los tiempos. Y, por este motivo, es necesario
que reciba entonces el premio o el castigo en el juicio
final.
Artículo 6:
¿El poder judicial de Cristo se extiende a los ángeles?
lat
Objeciones por las que parece que el poder judicial de Cristo no se
extiende a los ángeles.
1. Los ángeles, tanto los buenos como los malos, fueron juzgados
desde el principio del mundo, cuando, cayendo unos en el pecado, otros
fueron confirmados en la bienaventuranza. Ahora bien, los que han sido
juzgados, no necesitan ser juzgados de nuevo. Luego el poder judicial
de Cristo no se extiende a los ángeles.
2. No pertenece a la misma persona juzgar y ser juzgado.
Pero los ángeles vendrán con Cristo para juzgar, según aquellas
palabras de Mt 25,31: Cuando el Hijo del hombre venga en su gloria,
y todos sus ángeles con El. Luego parece que los ángeles no han de
ser juzgados por Cristo.
3. Los ángeles son superiores a las demás criaturas. Por
consiguiente, si Cristo es juez no sólo de los hombres sino también de
los ángeles, por igual motivo será juez de todas las criaturas. Esto
parece que es falso, por ser propio de la providencia de Dios; de
donde se dice en Job 34,13: ¿A qué otro constituyó sobre la
tierra? ¿O a quién puso sobre el orbe que hizo? Luego Cristo no es
juez de los ángeles.
Contra esto: está lo que dice el Apóstol en 1 Cor 6,3: ¿Acaso no
sabéis que juzgaremos a los ángeles? Pero los santos no juzgarán
sino con la autoridad de Cristo. Luego con mayor motivo tendrá Cristo
poder judicial sobre los ángeles.
Respondo: Los ángeles están sometidos al poder
judicial de Cristo, no sólo por razón de su naturaleza divina, en
cuanto que es el Verbo de Dios, sino también por razón de su
naturaleza humana. Esto es evidente por tres motivos. Primero, por la
proximidad a Dios de la naturaleza asumida, porque, como se dice en
Heb 2,16:
Nunca tomó a los ángeles, sino que tomó la descendencia
de Abrahán. Y por tanto el alma de Cristo está más llena de la
verdad del Verbo de Dios que cualquiera de los ángeles. Por lo cual
también ilumina a los ángeles, como dice Dionisio en el c.7 del
De
Cael. Hier.. De donde tiene poder para
juzgarles.
Segundo, porque, mediante la humildad de la pasión, el alma de Cristo
mereció ser exaltada por encima de los ángeles, de manera que como se
dice en Flp 2,10, al nombre de Jesús se doble toda rodilla en el
cielo, en la tierra y en los abismos. Y, por tanto, Cristo tiene
poder judicial sobre los ángeles buenos y malos. En señal de lo cual
se dice en Ap 7,11 que todos los ángeles estaban en pie alrededor
del trono.
Tercero, por razón de los ministerios que cumplen acerca de los
hombres, de los cuales Cristo es cabeza de un modo especial. Por lo
que, en Heb 1,14, se dice: Todos son espíritus administradores,
enviados para un servicio en favor de aquellos que reciben la herencia
de la salvación.
Están, pues, sometidos al juicio de Cristo: Primero, por razón de los
servicios que realizan. Tales servicios se cumplen también por medio
de Cristo hombre, al que los ángeles servían, como se dice en
Mt 4,15; y a quien los demonios pedían que los enviase a los puercos,
como se lee en Mt 8,31.
Segundo, en cuanto a los otros premios accidentales de los ángeles
buenos, que son los gozos que disfrutan por la
salvación de los hombres, conforme a aquellas palabras de Lc 15,10: Los ángeles de Dios gozan por un pecador que hace penitencia. Y
también en cuanto a las penas accidentales de los demonios, con que
son atormentados aquí o en el infierno. Y esto pertenece asimismo a
Cristo hombre. Por lo que en Mc 1,24 se dice que el demonio gritó: ¿Qué hay entre ti y nosotros, Jesús Nazareno? ¿Has venido a
perdernos?
Tercero, en cuanto al premio esencial de los ángeles bienaventurados,
que es la bienaventuranza eterna; y también en cuanto a la pena
esencial de los ángeles malos, que es la condenación eterna. Pero esto
lo realizó Cristo, como Verbo de Dios, desde el principio del
mundo.
A las objeciones:
1. Esa dificultad proviene del
juicio sobre el premio esencial y sobre la pena principal.
2. Como escribe Agustín, en el
libro De Vera Relig., aunque el espiritual
juzgue de todas las cosas, él es juzgado, no obstante, por la
misma verdad. Y, por este motivo, aunque los ángeles, por ser
espirituales, juzguen, son juzgados por Cristo, en cuanto que El es la
verdad.
3. Cristo tiene poder judicial no
sólo sobre los ángeles, sino también sobre la administración de todas
las criaturas. Si, como dice Agustín, en el III
De
Trin., los seres inferiores son gobernados con
cierto orden por Dios mediante los superiores, es preciso decir que
todas las cosas son gobernadas por el alma de Cristo, que está por
encima de todas las criaturas. Por lo cual también dice el Apóstol en
Heb 2,5:
Dios no sometió a los ángeles el mundo venidero, esto
es,
el mundo sujeto a aquel de quien hablamos, es decir, Cristo..
Y, sin embargo, no por esto constituyó Dios a otro sobre la
tierra. Porque uno mismo es Dios y el hombre Jesucristo el
Señor. Sobre cuyo misterio de la encarnación
baste con lo dicho hasta el presente.