Suma teológica - Parte II-IIae - Cuestión 187
Las funciones propias de los religiosos
Artículo 1: ¿Está permitido a los religiosos enseñar, predicar y desempeñar otras funciones similares? lat
Objeciones por las que parece que no está permitido a los religiosos enseñar, predicar ni ejercer otras funciones similares.
1. Se dice en el Decreto VII q.1, en una disposición del concilio de Constantinopía: La vida monástica significa sujeción y aprendizaje, no oficio de enseñanza, de presidencia o de pastor. San Jerónimo dice también, en Ad Riparium et Desiderium: El monje no tiene por misión enseñar, sino hacer penitencia. También el papa San León dice, como aparece en XVI q.1: Fuera de los sacerdotes del Señor, nadie se atreva a predicar, sea monje o seglar, por mucha fama de ciencia que tenga. Ahora bien: no está permitido sobrepasar los límites del oficio y quebrantar las determinaciones de la Iglesia. Luego parece que no está permitido a los religiosos el enseñar, predicar, etc.
2. En un decreto del concilio de Nicea, que encontramos en XVI, se decreta lo siguiente: Ordenamos seria y firmemente a todos que ningún monje dé la absolución a otras personas, sino uno a otro, como es justo. No entierre a nadie, excepto a un monje que viva con él en el monasterio o a cualquiera de los hermanos huéspedes que muere allí. Pero, al igual que estos oficios, el predicar y el enseñar son propios de los clérigos. Por tanto, dado que, como dice San Jerónimo en Ad Heliodorum, son distintas la condición del clérigo y la del monje, parece que no está permitido a los religiosos predicar ni enseñar, como tampoco otros menesteres.
3. Dice San Gregorio en Regist.: Nadie puede desempeñar oficios eclesiásticos y vivir como está mandado bajo la regla monástica. Esto mismo está recogido en la Decretal XVI q.1. Pero los monjes están obligados a vivir tal como manda la regla. Luego parece que no pueden desempeñar oficios eclesiásticos. Ahora bien: el enseñar y el predicar son oficios eclesiásticos. Luego parece que no les está permitido predicar, ni enseñar, ni ejercer ministerios similares.
Contra esto: está el hecho de que San Gregorio dice en un documento que se halla en la misma cuestión: En virtud de este decreto, que damos en virtud de nuestra autoridad apostólica y para bien de la religión, puedan los monjes sacerdotes, que representan a los Apóstoles, predicar, bautizar, dar la comunión, rezar por los pecadores, imponer penitencias y perdonar pecados.
Respondo: Una cosa puede estar prohibida a alguien por dos razones. En primer lugar, porque hay en él algo incompatible con ella, y así, a ningún hombre le está permitido pecar, porque el hombre tiene en sí mismo la razón y, además, la obligación de obedecer a la ley divina, a las cuales se opone el pecado. En este sentido, se dice que alguien no puede predicar, enseñar, ni desempeñar ninguna otra función si tiene en sí algo que se opone a dichos ministerios, bien sea por razón de precepto, como en el caso de irregularidad que impide acercarse a las órdenes por disposición de la Iglesia, bien por algún pecado, según se dice en el salmo 49,16: Dijo Dios al pecador: ¿por qué te atreves a publicar mis leyes?

En este sentido no está prohibido a los religiosos predicar, enseñar ni otros menesteres, puesto que ni están obligados a abstenerse de ello en virtud de sus votos, ni por precepto de su regla, ni por ser menos aptos para ello a causa de algún pecado, sino, al contrario, más aptos por la aplicación a la santidad que profesaron.

Sería una necedad decir que, por el hecho de ser elevado a una santidad más excelente, sea uno menos idóneo para desempeñar los oficios espirituales. Por eso es necia la opinión de algunos que sostienen que el mismo estado religioso representa un impedimento para desempeñarlos. Este error es combatido adecuadamente por el papa Bonifacio con los argumentos antes expuestos, diciendo, como tenemos en XVI q.1: Hay algunos que, sin apoyarse en ninguna razón, llevados de un celo sumamente audaz de despecho más que de amor, afirman que los monjes, puesto que están muertos para el mundo y viven para Dios, son indignos de ejercer el ministerio sacerdotal. Pero se engañan totalmente. Y lo demuestra, en primer lugar, porque no va contra la regla, al añadir: Pues San Benito, el venerable maestro de los monjes, no lo prohibe en modo alguno. Tampoco está prohibido en otras reglas. En segundo lugar, refuta dicho error basándose en la idoneidad de los monjes, al decir al final: Cuanto más excelente es uno, tanto más apto es para ellos; es decir, para los oficios espirituales.

En segundo lugar decimos que a uno no le está permitido hacer algo no porque tenga ningún impedimento que se le oponga, sino porque le falten los elementos necesarios para hacerlo. Así, al diácono no le está permitido decir misa porque no posee el orden sacerdotal, y al presbítero se le prohibe pronunciar una sentencia porque carece de autoridad episcopal. Pero es necesario hacer una distinción. Las funciones propias de una orden sagrada sólo pueden encomendarse a quienes han recibido esa orden: no se puede encomendar al diácono decir misa sin ser ordenado sacerdote. Pero las que son de mera jurisdicción pueden ser encomendadas a quienes carecen de jurisdicción ordinaria, y así el obispo delega en un simple sacerdote el pronunciar una sentencia.

En este sentido, se dice que los monjes y otros religiosos no pueden predicar, ni enseñar, ni desempeñar otras funciones: el estado religioso no les da autoridad para ello. Pero pueden hacerlo si reciben la orden o la jurisdicción ordinaria, o supuesto que se les encomienden ministerios que llevan consigo jurisdicción.

A las objeciones:
1. De esas palabras se deduce que los monjes, por el mero hecho de serlo, no adquieren la autoridad para llevar a cabo esos ministerios; no que el ser monjes suponga en ellos la existencia de un impedimento que les inhabilite para esos actos.
2. Ese decreto del concilio de Nicea también ordena que los monjes, por el mero hecho de serlo, no se arroguen autoridad para ejercer esos ministerios. Pero no prohibe que los ejerzan.
3. No son incompatibles el tener encomendados los ministerios eclesiásticos y el observar la regla monástica. Esto no impide que los monjes y demás religiosos pueden, de cuando en cuando, ocuparse de los oficios eclesiásticos por comisión de los prelados, que son los encargados ordinarios, sobre todo aquellos cuya orden fue fundada para este fin, como veremos más tarde (q.188 a.4).
Artículo 2: ¿Pueden los religiosos ocuparse de negocios seculares? lat
Objeciones por las que parece que los religiosos no pueden ocuparse de negocios seculares.
1. En el decreto del papa Bonifacio, ya citado, se recuerda que San Benito ordenó a sus monjes que estuvieran libres de negocios seculares. Esto se prohibe, en documentos apostólicos y en las disposiciones de todos los Santos Padres, no sólo a los monjes, sino también a todos los canónigos, basándose en lo que se dice en 2 Tim 2,4: Nadie que esté al servicio de Dios se mezcle en negocios seculares. Ahora bien: de todos los religiosos puede decirse que están al servicio de Dios. Luego no les está permitido ocuparse de negocios seculares.
2. Dice el Apóstol en 1 Tes 4,11: Y a que llevéis una vida quieta, y que os ocupéis de vuestros menesteres. La Glosa añade: Dejando los ajenos, porque os será útil en la enmienda de vuestra vida. Ahora bien, los religiosos se dedican especialmente a la enmienda de su vida. Luego no pueden desempeñar negocios seculares.
3. A propósito de Mt 11,8: He aquí que los que viven muellemente habitan en los palacios de los reyes, dice San Jerónimo: Con ello quiere decir que la vida rígida y la predicación austera deben estar lejos de las mansiones de los reyes y no deben acudir a los palacios de los hombres que viven muellemente. Pero la necesidad de ocuparse de negocios seculares es la que obliga a los hombres a frecuentar los palacios de los reyes. Por tanto, no está permitido a los religiosos dedicarse a estos negocios.
Contra esto: está lo que el Apóstol dice en Rom 16,1: Os encomiendo a Febes, hermana nuestra, añadiendo después (v.2): Para que la asistáis en todo negocio en que necesite de vosotros.
Respondo: Como ya dijimos antes (q.186 a.1 sedcontra; a.7 ad 1), el estado religioso tiene como fin el conseguir la perfección de la caridad, que lleva consigo principalmente el amor a Dios y, secundariamente, el amor al prójimo. Por ello, los religiosos deben procurar, ante todo, entregarse a Dios. Pero, si lo exigen las necesidades del prójimo, deben ocuparse de los negocios de éste, conforme se dice en Gál 6,2: Ayudaos mutuamente a llevar vuestras cargas, y así cumpliréis la ley de Cristo, ya que sirviendo al prójimo por Dios cumplen con el amor de Dios. Por eso se dice en Sant 1,27: La religión pura e inmaculada ante Dios Padre es visitar a los huérfanos y a las viudas en sus tribulaciones. Y la Glosa añade: Es decir, socorrer a quienes carecen de ayuda cuando lo necesitan.

Hay que decir, por consiguiente, que mezclarse en negocios seculares por codicia no está permitido a los monjes ni a los clérigos. Pero por caridad, y con la debida moderación, pueden hacerlo con el permiso de los superiores, dirigiendo y aconsejando. Por eso se dice en las Decretales, LXXXVIII: Ordena el santo Sínodo que ningún clérigo administre posesiones ni se mezcle en negocios seculares, a no ser para atender a niños, huérfanos o viudas, o en caso de que el obispo le confíe la administración de bienes eclesiásticos. Esto se aplica a religiosos y clérigos, puesto que a unos y a otros les están prohibidos los negocios seculares, según dijimos.

A las objeciones:
1. A los monjes les está prohibido ocuparse de negocios seculares si lo hacen por codicia, no si lo hacen por caridad.
2. No es curiosidad, sino caridad, el mezclarse en los negocios cuando lo exige la necesidad.
3. No es propio de los religiosos frecuentar los palacios de los reyes por los placeres, la gloria o la codicia, pero sí el ir a ellos por causas piadosas. Por eso, en 4 Re 4,13, se narra que Eliseo dijo a la mujer: ¿Tienes algún asunto del que desees que hable al rey o al general del ejército? También compete a los religiosos el ir a los palacios de los reyes para corregirlos o aconsejarlos. Así, San Juan Bautista corregía a Herodes, como se dice en Mt 14,4.
Artículo 3: ¿Están los religiosos obligados al trabajo manual? lat
Objeciones por las que parece que los religiosos están obligados a practicar el trabajo manual.
1. Los religiosos no están dispensados del cumplimiento de los preceptos. Ahora bien: el trabajo manual está ordenado, conforme a lo que se manda en 1 Tes 4,11: Trabajad con vuestras manos, como os ordenamos. Por eso dice San Agustín en De Operibus Monach.: Por lo demás, ¿quién puede tolerar que estos hombres contumaces, es decir, los religiosos que no quieren trabajar, de los que allí habla, que se resisten a los saludables consejos, sean, no ya soportados como más débiles, sino alabados como mejores que los demás? Luego parece que los religiosos están obligados a trabajar manualmente.
2. A propósito de 2 Tes 3,10: El que no trabaje, que no coma, dice la Glosa: Algunos pretenden que el Apóstol se refiere aquí a los trabajos espirituales, no al trabajo corporal que practican los agricultores y los obreros. Y añade luego: En vano tratan, sin embargo, de cerrarse los ojos a sí mismos y a los demás, no sólo para no cumplir este consejo de caridad, sino incluso para no entenderlo. Y más adelante: Quiere que los siervos de Dios trabajen manualmente para vivir. Pero siervos de Dios se refiere principalmente a los religiosos, en cuanto dedicados enteramente al servicio divino, como claramente manifiesta Dionisio en IV De Eccles. Hier.. Por tanto, parece que están obligados a trabajar manualmente.
3. Dice San Agustín en De Operibus Monach.: Quisiera saber qué hacen los que no quieren trabajar corporalmente. Nos entregamos, responden, a cantar salmos, a la lectura y a la palabra de Dios. Pero demuestra que ninguna de estas actividades los excusa. Empezando por la oración, dice: Antes es escuchada una oración del obediente que diez mil del soberbio, entendiendo por soberbios e indignos de ser escuchados aquellos que no trabajan con sus manos. En segundo lugar, añade, a propósito de las alabanzas divinas: También pueden cantar fácilmente las alabanzas divinas trabajando con sus manos. En tercer lugar, escribe, a propósito de la lectura: Quienes dicen que se dedican a la lectura, ¿no han encontrado en ella el precepto del Apóstol? ¿Qué perversidad es ésta de leer y no poner en práctica lo que se lee? En cuarto lugar, escribe sobre la predicación: Si hay que confiar un sermón a alguno a quien ocupa de tal modo que no puede trabajar con sus manos, ¿acaso pueden hacer esto todos los que viven en el monasterio? Y si no todos pueden hacerlo, ¿por qué, bajo este pretexto, quieren todos dispensarse del trabajo? Y, si todos pueden, debe hacerlo cada uno a su tiempo, no sólo para que los demás se ocupen en las obras necesarias, sino porque basta con que hable uno solo para muchos oyentes. Parece, pues, que los religiosos no deben dejar el trabajo manual por estas obras espirituales.
4. En Super Lc. 12,33: Vended lo que poseéis, dice la Glosa: No sólo debéis compartir vuestro alimento con los pobres, sino vender vuestras propiedades, para que, tras haber despreciado todas vuestras cosas por el Señor... Pero pertenece ciertamente a los religiosos el dejar todas sus cosas. Luego parece que también es obligación suya vivir del trabajo de sus manos y dar limosna.
5. Más todavía: parece que es obligación principalmente de los religiosos el imitar la vida de los Apóstoles, puesto que profesan el estado de perfección. Ahora bien: los Apóstoles trabajaban con sus manos, conforme a lo que se dice en 1 Cor 4,12: Trabajamos con nuestras manos. Luego parece que los religiosos deben trabajar manualmente.
Contra esto: está el hecho de que religiosos y seglares están obligados, por igual, a cumplir lo que se manda de un modo general a todos. Ahora bien: el trabajar manualmente está mandado a todos de un modo general, como se demuestra en 2 Tes 3,6: Apartaos de todo hermano que vive desordenadamente (y por hermano entiende a todos los cristianos, como en 1 Cor 7,12: Si algún hermano tiene una esposa no creyente..?). Y en el mismo pasaje (v.10) dice: El que no trabaje, que no coma. Luego los religiosos no están más obligados que los seglares a trabajar manualmente.
Respondo: Son cuatro los fines del trabajo manual. El primero y principal, procurar el sustento, por lo cual se dijo al primer hombre (Gén 3,29): Comerás el pan con el sudor de tu frente. Y en el salmo 127,2: Te alimentarás con el trabajo de tus manos. El segundo es suprimir la ociosidad, fuente de muchos males. Por eso se dice en Eclo 33,28-29: Envía a tu siervo a trabajar para que no esté ocioso, pues la ociosidad enseña mucha malicia. El tercero es refrenar las pasiones, en cuanto que el trabajo castiga al cuerpo. Por eso se dice en 2 Cor 6,5-6: En los trabajos, los ayunos, las vigilias, la castidad. Y el cuarto, el dar limosna. De ahí que se diga en Ef 4,28: El que robaba, que no robe más; antes bien, trabaje con sus manos en algo de provecho para tener de qué dar al necesitado.

Por consiguiente, en cuanto que el trabajo manual se ordena a ganarse la Vida, está sujeto a precepto, por ser necesario para conseguir ese fin, ya que lo que es necesario para un fin toma de él su necesidad, es decir, es necesario sólo en cuanto el fin no puede lograrse sin él. Por eso, quien no tiene de qué vivir está obligado a trabajar, cualquiera que sea su condición. Esto es lo que quieren decir las palabras del Apóstol (2 Tes 3,10): El que no quiera trabajar, que no coma, como si dijera: Tan necesario es al hombre trabajar con sus manos como comer. Por ello, si alguno pudiera pasar la vida sin comer, no estaría obligado a trabajar con sus manos. Lo mismo cabe decir de aquellos que tienen otros medios de vivir lícitamente, pues no se puede hacer lo que no podemos hacer lícitamente. Por eso no se sabe que el Apóstol mandara el trabajo manual sino para evitar el pecado de quienes vivían de medios ilícitos. En efecto, el Apóstol mandó el trabajo manual, en primer lugar, para que se evitara el hurto, como vemos en Ef 4,28: El que robaba, que no robe ya, sino que trabaje con sus manos. En segundo lugar, para evitar la codicia de las cosas ajenas, y por eso dice en 1 Tes 4,11: Trabajad con vuestras manos, como os hemos mandado, para portaros honestamente con los de fuera. En tercer lugar, para evitar los negocios sucios con los que algunos se ganaban la vida, y por eso dice en 2 Tes 3,10ss: Y mientras estuvimos entre vosotros os advertimos que el que no quiera trabajar que no coma. Porque hemos oído que algunos viven entre vosotros en la ociosidad, sin hacer nada, sólo ocupados en curiosearlo todo. La Glosa comenta: Los que se procuran lo necesario por medios vergonzosos. A estos tales les ordenamos y rogamos por amor del Señor Jesucristo que, trabajando sosegadamente, coman su pan (2 Tes 3,10). Por eso dice San Jerónimo, en Super Epist. ad Gal., que el Apóstol dijo esto no porque tenga que recomendarlo, sino porque hay gente que lo hace así. Sin embargo, hay que tener en cuenta que como trabajo manual entendemos los oficios que hacen posible que los hombres ganen el sustento lícitamente, sea con las manos, con los pies o con la lengua, ya que se supone que los centinelas, correos, etc., viven de su trabajo, del trabajo de sus manos. En efecto, dado que la mano es el órgano de los órganos, entendemos como trabajo manual toda ocupación que proporciona la posibilidad de vivir lícitamente.

Si el trabajo manual tiene como finalidad el evitar el ocio o la mortificación corporal, no está mandado en sí mismo, ya que la carne puede mortificarse y el vicio evitarse de otros muchos modos. La carne se mortifica mediante ayunos y vigilias, y el ocio se evita mediante las meditaciones de las Sagradas Escrituras y las alabanzas divinas. De ahí que, a propósito de las palabras del salmo 118,82: Mis ojos se consumen por el deseo de tu palabra, diga la Glosa: No está ocioso el que se dedica sólo al estudio de la palabra de Dios, ni es más el que trabaja fuera que el que se consagra al estudio de la verdad. Por estas razones, los religiosos no están obligados a realizar trabajos manuales, como tampoco los seglares, a no ser que les obliguen las constituciones de su Orden, como dice San Jerónimo en su Epistola ad Rusticum Monachum: Los monasterios egipcios tienen costumbre de no recibir a nadie sin imponerle ocupaciones y trabajos, no tanto para asegurar el sustento cuanto por el bien de sus almas, no sea que se entreguen a pensamientos perniciosos.

En cuanto que el trabajo manual se ordena a dar limosna, tampoco cae bajo precepto, a no ser que, por alguna obligación particular, alguien esté forzado a dar limosna y no tenga otro medio con qué hacerlo. En este caso, recaería sobre los religiosos y sobre los seglares la misma obligación de practicar trabajos manuales.

A las objeciones:
1. El precepto formulado por el Apóstol es de derecho natural. Por eso, al comentar el pasaje de 2 Tes 3,6: Apartaos de todos los hermanos de vida desordenada, dice la Glosa: No como lo pide el orden natural: se trata de los que abandonaban el trabajo manual. En efecto, la naturaleza ha dado al hombre las manos, en lugar de las armas o escamas que ha dado a los animales, para que por medio de ellas se procure todo lo necesario. De donde se deduce que este precepto, como otros de derecho natural, obliga por igual a religiosos y seglares.

Pero no pecan quienes no trabajan con sus manos, porque los preceptos relativos al bien de muchos no obligan a cada uno, sino que es suficiente que unos se dediquen a un oficio y otros a otro; por ejemplo, que unos se dediquen a un ministerio y otros a otro. Por ejemplo, que unos sean obreros, otros agricultores, otros jueces, otros doctores, etc., según lo que dice el Apóstol en 1 Cor 12,17: Si todo el cuerpo es ojo, ¿dónde estará el oído? Y si todo es oído, ¿dónde estará el olfato?

2. La Glosa citada está tomada de San Agustín en De Operibus Monach., en la que habla contra algunos monjes según los cuales no era lícito a los siervos de Dios trabajar con sus manos, porque el Señor dijo en Mt 6,25: No os inquietéis por vuestra vida sobre qué comeréis. Pero de las palabras citadas no se deduce la necesidad de que los religiosos trabajen manualmente, supuesto que tengan otros medios de vida, puesto que añade: Quiere que los siervos de Dios trabajen corporalmente para vivir. Pero no obliga a los religiosos más que a los seglares, lo cual se demuestra por dos razones. En primer lugar, se deduce del modo de hablar, frecuente en el Apóstol, cuando dice (2 Tes 3,6): Apartaos de todos los hermanos que llevan una vida desordenada, donde llama hermanos a todos los cristianos, ya que todavía no había órdenes religiosas. En segundo lugar, porque los religiosos no tienen unas obligaciones distintas de las que tienen los seglares, a no ser las de la regla que han profesado. Por consiguiente, si en las disposiciones de la regla no hay nada sobre el trabajo manual, la obligación de trabajar manualmente no afecta a los religiosos más que a los seglares.
3. A las obras que citaba San Agustín puede uno dedicarse de dos modos: para utilidad común y para utilidad personal. Por tanto, aquellos que se consagran a esas obras espirituales para el bien público quedan, por ello, dispensados de los trabajos manuales por un doble motivo. En primer lugar, porque conviene que estén enteramente ocupados en dichas obras. Y en segundo lugar, porque a los que las ejercen deben suministrarles el alimento aquellos a cuya utilidad se consagran.

Pero los que se dedican a esas obras no para bien público, sino privado, ni es conveniente que queden dispensados por ellas de los trabajos manuales, ni tienen derecho a vivir de los fieles. De estos segundos es de los que habla San Agustín. En cuanto a lo que dice, que los cánticos divinos pueden cantarse mientras se trabaja con las manos, como hacen los obreros que cuentan historias sin dejar de trabajar, es claro que no puede entenderse de los que cantan las horas canónicas en la iglesia, sino de aquellos que recitan salmos e himnos en privado. De igual modo, lo que dice de la lectura y de la oración ha de referirse a las oraciones y lecturas privadas que también los laicos hacen a veces, y no a los que hacen oraciones públicas en la iglesia o a los que dan lecciones públicas en las escuelas. Por eso no dice: Los que pretenden entregarse a la enseñanza, sino los que pretenden entregarse a la lectura. Del mismo modo, en cuanto a la predicación, no habla de la que se hace en público para el pueblo, sino de la que se hace expresamente para uno o para pocos con carácter de admonición privada. Por eso dice claramente: Si hay que hacer algún sermón, pues, como dice la Glosa al comentar el pasaje de 1 Cor 2,4: El sermón es privado, mientras que la predicación se hace en común.

4. Los que desprecian todo por Dios están obligados a trabajar con sus manos cuando no tienen otro medio de ganarse el sustento o de dar limosna cuando están obligados a darla, y no bajo ningún otro aspecto, como dijimos antes (In corp.). En este sentido habla la Glosa citada.
5. El hecho de que los apóstoles trabajaran se debió a veces a necesidad y otras veces fue de supererogación. Fue necesidad cuando otros no podían proporcionarles el sustento. De ahí que, al comentar el pasaje de 1 Cor 4,12: Trabajamos con nuestras manos, diga la Glosa: Porque nadie nos lo da. En cuanto a la supererogación, lo hallamos en 1 Cor 9,4.12-14, donde el Apóstol dice que no hizo uso del derecho de vivir del Evangelio.

El Apóstol obraba así por tres razones. En primer lugar, para impedir la predicación de los pseudo-apóstoles, que predicaban buscando sólo bienes temporales. Por eso dice en 2 Cor 11,12: Lo que yo hago ahora lo haré también en el futuro, para cortar toda ocasión. En segundo lugar, para evitar el ser una carga para aquellos a los que predicaba, ya que dice en 2 Cor 12,13: Pues ¿en qué habéis sido inferiores a las demás iglesias, sino en que no os fui gravoso? En tercer lugar, para dar a los ociosos un ejemplo de trabajo. Por eso dice en 2 Tes 3,8-9: Trabajando día y noche para daros ejemplo que imitar. El Apóstol no hacía esto en lugares donde tenía ocasión de predicar a diario, como en Atenas, como dice San Agustín en De Operibus Monach..

Pero los religiosos no están obligados a imitar al Apóstol en esto, dado que no están obligados a hacer todo lo que es de supererogación. Por eso tampoco los demás Apóstoles practicaron este trabajo.

Artículo 4: ¿Está prohibido a los religiosos vivir de limosna? lat
Objeciones por las que parece que no está permitido a los religiosos vivir de limosna.
1. El Apóstol manda, en 1 Tim 5,16, que las viudas que pueden vivir por otros medios no vivan de las limosnas de la Iglesia, para que la Iglesia pueda socorrer a las viudas desamparadas. Y San Jerónimo dice, en Ad Damasum Papam, que aquellos que pueden vivir de los bienes de sus padres o de sus rentas cometen sacrilegio si reciben algo de los pobres, y por el abuso que hacen de esos bienes, comen y beben su propia condenación. Pero los religiosos pueden vivir del trabajo de sus manos si no están enfermos. Luego parece que pecan si viven de las limosnas de los pobres.
2. Vivir a expensas de los fieles es el salario que se debe a los predicadores del Evangelio por su trabajo, según se dice en Mt 10,10: El obrero es digno de su sustento. Pero el predicar el Evangelio no es una función propia de los religiosos, sino, en primer lugar, de los prelados, que son pastores y doctores. Por tanto, los religiosos no pueden lícitamente vivir de las limosnas de los fieles.
3. Los religiosos viven en el estado de perfección. Ahora bien: es más perfecto dar limosna que recibirla, pues en Act 20,35 se dice: Más dichoso es el que da que el que recibe. Luego no deben vivir de limosna, sino más bien dar limosna con el fruto del trabajo de sus manos.
4. Es propio de los religiosos evitar los obstáculos a la virtud y las ocasiones de pecado. Pero el recibir limosna proporciona ocasión de pecado e impide el acto virtuoso. De ahí que, al comentar el pasaje de 2 Tes 3,9: para daros ejemplo en nosotros mismos, diga la Glosa: Quien se sienta frecuentemente a la mesa ajena por su ociosidad es preciso que adule al que le da de comer. También se dice en Ex 23,8: No recibas regalos, que ciegan a los prudentes y cambian el lenguaje de los justos. Y en Prov 22,7 se nos dice: Quien recibe algo prestado es esclavo del que le presta, lo cual es contrario a la vida religiosa. Por eso, al comentar el pasaje de 2 Tes 3,9: para daros ejemplo en nosotros mismos, dice la Glosa: Nuestra religión llama a los hombres a la libertad. Luego parece que los religiosos no deben vivir de limosna.
5. Más todavía. Los religiosos están especialmente obligados a imitar la perfección de los apóstoles. Por eso dice el Apóstol en Flp 3,15: Y cuantos somos perfectos, esto mismo sintamos. Ahora bien: el Apóstol no quería vivir a expensas de los fieles, para impedir la predicación de los falsos apóstoles, como él dice en 2 Cor 11,12-13, y para no escandalizar a los débiles. Luego parece que, por estas mismas razones, los religiosos deben abstenerse de vivir de limosna. Por eso dice San Agustín en De Operibus Monach.: Quitad las ocasiones de sucios tráficos, que hieren vuestra fama y escandalizan a los débiles, y enseñad a los hombres que no buscáis en la ociosidad un fácil sustento, sino que buscáis el reino de Dios por un camino estrecho y difícil.
Contra esto: está el hecho de que, como dice San Gregorio en su Dialog., San Benito estuvo tres años en una cueva, alimentándose de lo que le daba el monje Romano, después de haber abandonado su casa y a sus padres. Y, sin embargo, estando en condiciones de trabajar, no se nos dice que buscara su sustento en el trabajo. Luego los religiosos pueden lícitamente vivir de limosna.
Respondo: Cada uno puede vivir de lo que es suyo o se le debe. Ahora bien: una cosa es propia por la generosidad del que la da. Por consiguiente, los religiosos y clérigos cuyos monasterios o iglesias han sido dotados por la generosidad de los príncipes o de los fieles, de modo que aseguren su sustento, pueden vivir sin trabajar con sus manos. Y esto es, ciertamente, vivir de limosna. De igual modo, si los religiosos reciben bienes de los fieles, pueden lícitamente vivir de ellos, pues parece absurdo pensar que pueden recibirse, como limosna, grandes posesiones, pero no pan o una pequeña cantidad de dinero. Pero, puesto que parece que estos beneficios se hacen a los religiosos para que puedan entregarse más libremente a las obras religiosas, de las que quieren participar quienes les ayudan en el orden temporal, sería para ellos ilícito el uso de esos beneficios si dejaran de dedicarse a esas obras, ya que, por su parte, defraudarían la esperanza de aquellos que les hicieron tales favores.

Una cosa puede ser debida por dos conceptos. Primero, por necesidad, la cual hace todas las cosas comunes, como dice San Ambrosio. Por ello, si los religiosos sufren necesidad, pueden lícitamente vivir de las limosnas. Esa necesidad puede ser consecuencia, en primer lugar, de una enfermedad corporal, que hace que no puedan procurarse el sustento mediante el trabajo. En segundo lugar, si no les basta para vivir con lo que sacan de su trabajo manual. Por ello dice San Agustín, en De Operibus Monach., que no deben faltar las limosnas de los fieles a los servidores de Dios que trabajan con sus manos, para que no los asalte la miseria cuando hayan de interrumpir su trabajo y dar la necesaria libertad al espíritu. En tercer lugar, por la condición anterior de aquellos que no estaban acostumbrados a trabajar con sus manos. Por eso dice San Agustín, en De Operíbus Monach., que, si tenían en el siglo con qué poder vivir fácilmente sin trabajar y lo repartieron a los pobres cuando se convirtieron a Dios, debe ser comprendida y soportada su debilidad, ya que, por la delicadeza de su educación, a éstos les es difícil soportar las fatigas del trabajo corporal.

En segundo lugar, una cosa puede ser debida a uno como premio por lo que hace, sea esto temporal o espiritual, conforme a lo que leemos en 1 Cor 9,11: Si sembramos en vosotros bienes espirituales, ¿qué mucho que recojamos bienes materiales? Según esto, los religiosos pueden vivir de limosna, como de algo que les es debido, por cuatro motivos. Primero, si predican con la autorización de los prelados. En segundo lugar, si son ministros del altar, ya que, como se dice en 1 Cor 9,13-14: Los que ejercen las funciones sagradas viven del santuario: así el Señor mandó que los que predican el Evangelio vivan del Evangelio. San Agustín dice en De Operibus Monach.: Si son evangelistas, confieso que tienen derecho a vivir a expensas de los fieles; si son ministros del altar, administradores de los sacramentos, no usurpan ese derecho, pueden reclamarlo. Y ello porque el sacramento del altar, dondequiera que se realice, es común a todos los fieles. En tercer lugar, si se dedican al estudio de la Sagrada Escritura para utilidad común de toda la Iglesia. Por eso dice San Jerónimo en Contra Vigilantium: Existe en Judea la costumbre, conservada hasta hoy día no sólo entre nosotros, sino también entre los hebreos, según la cual aquellos que meditan la ley del Señor día y noche no tienen en la tierra más padre que a Dios, por lo cual reciben la ayuda de todo el mundo. En cuarto lugar, si se dan los bienes que el monasterio poseía, pueden vivir de las limosnas hechas al monasterio. Por eso dice San Agustín, en De Operibus Monach., que a aquellos que, después de haber abandonado o distribuido su fortuna, quieren formar parte de los pobres de Cristo por una piadosa y saludable humildad, los bienes de la comunidad y la caridad fraterna deben asumir el deber de sustentarlos. Estos, si quieren trabajar con sus manos, son dignos de alabanza. Pero, si no quieren hacerlo, ¿quién se atreverá a obligarles? Y no hay por qué tener en cuenta —añade - a qué monasterio o en qué lugar han dado sus bienes a los pobres, puesto que todos los cristianos forman una sola república.

Pero si hay religiosos que, sin necesidad de trabajar, quieren vivir ociosamente de las limosnas que se dan para los pobres, esto ya es ilícito, y es por ello por lo que San Agustín dice en De Operibus Monach.: Con frecuencia se consagran al servicio de Dios por la profesión quienes proceden de una condición humilde, de vida campesina, o que han ejercido una labor de obreros acostumbrados al trabajo manual. De ellos no se sabe si vienen a servir a Dios o si, huyendo de una vida pobre y laboriosa, quieren ser alimentados y vestidos, e incluso honrados, por aquellos que solían despreciarlos y maltratarlos. Estos tales no pueden quedar exentos del trabajo por la debilidad corporal, pues les contradice su condición anterior. Y añade más adelante: Si no quieren trabajar, que no coman tampoco. Y no se humilla a los ricos para que los pobres se engrían, ya que en modo alguno es propio el que, en una vida en que los senadores se hacen obreros, los obreros se hagan viciosos, y allí donde viven los que han abandonado sus placeres cuando eran señores de sus dominios, los rústicos se hagan delicados.

A las objeciones:
1. Los textos aducidos han de entenderse referidos al tiempo de necesidad, cuando no se puede socorrer de otro modo a los pobres, ya que, en ese caso, estarían obligados no sólo a renunciar a recibir limosnas, sino también a dar sus bienes, si tuviesen alguno, para ayudar a los pobres.
2. A los prelados les compete la predicación en virtud de su mismo ministerio, pero a los religiosos puede pertenecerles por delegación. Así, pues, cuando trabajan en el campo del Señor, pueden vivir de ello, conforme a lo que se dice en 2 Tim 2,6: Conviene que el labrador que trabaja se beneficie primero de los frutos. Y la Glosa comenta: Es decir, el predicador que cultiva los corazones de los oyentes con el azadón de la palabra de Dios en el campo de la Iglesia.

También pueden vivir de limosna los que ayudan a los predicadores. Por ello, a propósito de Rom 5,27: Si los gentiles participan de sus bienes espirituales, deben ayudarles en los temporales, dice la Glosa: Es decir, a los judíos, que enviaron predicadores desde Jerusalén.

Hay, sin embargo, otras razones que dan derecho a vivir a expensas de los fieles, como dijimos antes (In corp.).

3. En igualdad de condiciones, es mejor dar que recibir. No obstante, dar o dejar todo por Cristo y recibir una cantidad módica para atender al propio sustento es mejor que dar limosnas parciales a los pobres, como ya dijimos (q.186 a.3 ad 6).
4. El recibir presentes para aumentar la riqueza, o recibir el alimento no debido de otro, sin utilidad y necesidad, puede ser ocasión de pecado. Pero esto no se da en la religión, como es evidente por lo dicho antes (In corp.).
5. Cuando existe una clara necesidad y utilidad debido a la cual algunos religiosos viven sin trabajar manualmente, no se escandalizan los débiles, sino los maliciosos, igual que los fariseos, cuyo escándalo dice el Señor, en Mt 15,14, que es despreciable. Pero si no hubiere una necesidad y utilidad evidente podría servir de escándalo a los débiles, lo cual habría de ser evitado. Pero el mismo escándalo podría derivarse de aquellos que, sin trabajar, viven de los bienes de la comunidad.
Artículo 5: ¿Está permitido a los religiosos pedir limosna? lat
Objeciones por las que parece que a los religiosos no les está permitido pedir limosna.
1. Dice San Agustín en De Operibus Monach.: El astuto enemigo ha distribuido por todas partes un gran número de hipócritas con hábito de monjes, que vagan por las provincias. Y añade luego: Todos piden, todos exigen o los gastos de su lucrativa necesidad o el precio de su pretendida santidad. Luego parece que es reprobable la vida de los religiosos mendicantes.
2. Se dice en 1 Tes 4,11: Trabajad con vuestras manos, como os mandamos, para que os portéis bien con los extraños y no pidáis nada a nadie. Y la Glosa: Por tanto, hay que trabajar y no estar ociosos, porque es una conducta honrada y como una luz para los infieles, y no deseéis las cosas de otro, ni le pidáis ni le quitéis nada. Comentando el pasaje de 2 Tes 3,10: El que no trabaje..., dice la Glosa: Quiere que los siervos de Dios trabajen para vivir y para que no los empuje la necesidad a pedir lo ajeno. Ahora bien: esto es pedir limosna. Luego parece que no está permitido el no trabajar manualmente y pedir limosna.
3. No deben hacer los religiosos lo que está prohibido y es contrario a la ley. Pero el mendigar está prohibido por la ley divina, puesto que en Dt 15,4 se lee: No habrá entre vosotros ningún necesitado ni mendigo. Y en el salmo 36,25 se dice: No vi al justo abandonado ni a sus hijos pidiendo pan. Además, en la ley civil se castiga al mendigo sano, como hallamos en el Código De Validis Mendicantibus. Luego no es propio de los religiosos el mendigar.
4. La vergüenza tiene por objeto algo torpe, según dice San Juan Damasceno. Ahora bien: dice San Ambrosio, en De Offic., que la vergüenza de pedir traiciona a los hombres bien nacidos. Luego el mendigar es algo torpe, impropio de los religiosos.
5. Más todavía: el vivir de limosna es propio, sobre todo, de los que predican el Evangelio, según el deseo del Señor, como dijimos antes (a.4). Pero no es propio de ellos el mendigar, ya que, al comentar 2 Tim 2,6: El labrador trabaja..., comenta la Glosa: El Apóstol quiere que el evangelista comprenda que tomar lo necesario de aquellos para los cuales trabaja no es mendicidad, sino un derecho. Luego parece que no es propio de los frailes el pedir limosna.
Contra esto: está el hecho de que a los religiosos les conviene vivir a imitación de Cristo. Pero Cristo pidió limosna, según se dice en el salmo 39,18: Yo soy mendigo y pobre; sobre lo cual escribe la Glosa: Cristo dice esto de sí mismo. Y más adelante: Es mendigo el que pide a otro, y pobre el que no tiene lo suficiente. En el salmo 69,6 leemos: Yo soy indigente y pobre; lo cual comenta la Glosa: Yo soy indigente, es decir, un hombre que pide; pobre, es decir, no tengo lo suficiente, porque no poseo riquezas mundanas. Y San Jerónimo dice en una carta: No amontones riquezas ajenas mientras tu Señor, es decir, Cristo, pide limosna. Luego está permitido a los religiosos pedir limosna.
Respondo: Acerca de la mendicidad pueden considerarse dos cosas. Una de ellas es el mismo acto de pedir limosna, que lleva consigo cierta humillación, puesto que los más abyectos de los hombres parecen ser quienes no sólo son pobres, sino tan indigentes que necesitan pedir a otros el alimento. Bajo este aspecto, algunos hacen algo laudable mendigando por humildad, al igual que realizan otras cosas que llevan consigo alguna abyección, como medicina sumamente eficaz contra la soberbia, a la que quieren vencer tanto en sí mismos como en los demás. En efecto, del mismo modo que la enfermedad que da excesivo calor se cura eficazmente mediante cosas excesivamente frías, así la inclinación al orgullo se cura eficazmente mediante aquellas cosas que parecen sumamente despreciables. Por eso se legisla en las Decretales, De Poenit. dist.II can. Si quis semel: Es un ejercicio de humildad el someterse a oficios humildes y a servidos despreciables, porque así se puede curar el vicio de la arrogancia y de la gloria humana. De ahí que San Jerónimo, en su carta Ad Oceanum, alabe a Fabiola porque deseaba vivir de limosna después de haber distribuido sus riquezas por Cristo. Esto mismo hizo San Alejo, quien, después de deshacerse de todas sus cosas por Cristo, se alegraba de haber recibido limosna de sus propios criados. Y de San Arsenio se dice, en Vitis Patrum, que se alegraba de haberse visto en la necesidad de pedir. Por eso se impone como penitencia a algunos, por culpas graves, el hacer peregrinaciones pidiendo limosna. Pero dado que la humildad, como las demás virtudes, no puede subsistir sin cierta discreción, por eso, al aceptar la mendicidad como humillación, ha de procurarse no caer en la codicia ni en ningún otro vicio.

En segundo lugar, puede considerarse la mendicidad por parte de lo que se adquiere mendigando. Bajo esta consideración, el hombre puede ser inducido a practicarla por dos motivos: por codicia de riquezas o como medio de vivir sin trabajar, en cuyo caso es ilícita, y por necesidad o por utilidad. Por necesidad se da cuando uno no tiene otro modo de vivir, y por utilidad cuando se pretende llevar a cabo algo útil que no se puede hacer sin las limosnas de los fieles. Así, se piden limosnas para la construcción de un puente o de una iglesia, o para otra obra de utilidad común, como el sostenimiento de alumnos para que puedan dedicarse al estudio de la sabiduría. En este caso, el pedir limosna es lícito a los religiosos, como también a los seglares.

A las objeciones:
1. San Agustín, en el texto aducido, habla expresamente de los que piden limosna por codicia.
2. La primera Glosa se refiere al acto de pedir limosna por codicia, como demuestran las mismas palabras del Apóstol. La segunda Glosa habla de los que, sin utilidad ninguna, piden lo necesario para vivir ociosamente. Pero no vive ociosamente quien es útil de algún modo.
3. De ese precepto de ley divina no se deduce que esté prohibido a nadie pedir limosna, sino que se prohibe a los ricos que sean tan avaros que obliguen a otros a mendigar por su pobreza. Y la ley civil castiga a los que están sanos y mendigan sin utilidad o necesidad.
4. Existen dos clases de vergüenza: una, consecuencia del vicio; otra, producto de un defecto externo, como la enfermedad o la pobreza. Esta segunda es la que lleva consigo el pedir limosna y, por tanto, no tiene nada de pecado, sino, en tal caso, de humillación, como dijimos arriba (In corp.).
5. Los predicadores tienen derecho a recibir el sustento de aquellos a quienes predican. No obstante, si quieren renunciar a ese derecho y pedirlo como limosna, eso es signo de mayor utilidad.
Artículo 6: ¿Pueden los religiosos vestir ropa de peor calidad que los demás? lat
Objeciones por las que parece que los religiosos no pueden llevar ropa de peor calidad que los demás.
1. Según el Apóstol dice en 1 Tes 5,12, debemos apartarnos de toda apariencia de mal. Ahora bien: la excesiva mala calidad de la ropa tiene apariencia de mal, puesto que dice el Señor en Mt 7,15: Guardaos de los falsos profetas, que vienen a vosotros con vestiduras de ovejas. Y comentando el pasaje de Ap 6,8: He aquí el caballo amarillo..., dice la Glosa: Viendo el diablo que no puede lograr nada mediante tribulaciones y herejías manifiestas, envía a falsos hermanos que, vestidos de religiosos, se mudan en caballos negros y rojos y pervierten la fe. Luego los religiosos no deben vestir descuidadamente.
2. Dice San Jerónimo en Ad Nepotianum: Evita la ropa pura, es decir, negra, tanto como la blanca. Hay que evitar los adornos tanto como el descuido, porque los primeros son efecto del lujo y el segundo de la vanagloria. Por tanto, dado que la vanagloria es pecado más grave que el lujo, parece que los religiosos, que deben aspirar a lo más perfecto, deben evitar la ropa descuidada más que la lujosa.
3. Los religiosos deben dedicarse, ante todo, a la penitencia. Pero en la penitencia no han de usarse signos externos de tristeza, sino más bien de alegría, pues dice el Señor en Mt 6,16: Cuando ayunáis, no os pongáis tristes como los hipócritas. Y más adelante (v.17) añade: Tú, cuando ayunas, unge tu cabeza y lava tu cara. Comentando este pasaje, dice San Agustín en De Serm. Dom. in Monte: Al leer este pasaje hay que tener en cuenta que la jactancia puede darse no sólo en la limpieza y brillo de las cosas corpóreas, sino también en los vestidos luctuosos, y esta segunda es más peligrosa, por cuanto engaña bajo la apariencia de servicio a Dios. Por consiguiente, parece que los religiosos no deben usar ropa descuidada.
Contra esto: está el hecho de que el Apóstol dice en Heb 11,37: Anduvieron errantes, cubiertos de pieles de cabra. Sobre ello comenta la Glosa: Como Elias y otros. Y en las Decretales XXI q.4: Si se ve a alguno que se burla de los que llevan ropa pobre y religiosa, corríjasele, porque en tiempos pasados toda persona sagrada usaba ropa pobre y vil.
Respondo: Como afirma San Agustín en III De Doct. Christ., En todas las cosas externas no está el pecado en el uso, sino en la pasión. Para determinar esta pasión hay que tener en cuenta que podemos considerar la ropa como vil y descuidada bajo un doble aspecto. Primero, como signo de una disposición o un estado humano, dado que, como se dice en Eclo 19,17, El vestido del hombre denuncia lo que hay en él. Bajo esta consideración, la condición humilde del vestido es, a veces, signo de tristeza. Por eso los hombres tristes suelen vestir ropa de peor calidad, como, a la inversa, en ocasión de solemnidad o de gozo visten ropa más elegante. Por ello, los penitentes visten ropa de condición humilde, como en Jon 3,6 se nos dice que el rey se vistió de saco. Y en 3 Re 2,27 se dice de Acab que cubrió su carne con cilicio. Pero otras veces es signo de desprecio de las riquezas y de la pompa del mundo. Por eso dice San Jerónimo en Ad Rusticum Monachum: El vestido descuidado es señal de alma pura, y una túnica vil demuestra desprecio por el mundo, con tal de que el alma no se enorgullezca y de que el vestido no esté en desacuerdo con el lenguaje. Bajo estos dos aspectos conviene a los religiosos la humildad en los vestidos, puesto que el estado religioso es estado de penitencia y de desprecio de la gloria mundana.

Pero al querer manifestarse a los demás esta penitencia puede buscarse una triple finalidad. En primer lugar, la propia humillación, puesto que así como el hombre se enorgullece con el esplendor de los vestidos, también se humilla con la pobre condición de los mismos. Por eso dijo el Señor a Elias, a propósito de Acab, quien se cubrió con cilicio: ¿No has visto a Acab humillado en mi presencia?, como se narra en 3 Re 2,29. En segundo lugar, se puede buscar el dar ejemplo. Por eso, al comentar el pasaje de Mt 3,4: Iba vestido de piel de camello, dice la Glosa: El que predica penitencia lleva un vestido de penitencia. En tercer lugar, se puede buscar la vanagloria. Así, San Agustín dice que puede haber jactancia incluso en los vestidos de penitencia. Por consiguiente, el vestir ropa humilde es digno de alabanza en los dos primeros casos, mientras que es pecado en el tercero.

También puede considerarse el vestido humilde como fruto de avaricia o negligencia, en cuyo caso también es pecado.

A las objeciones:
1. La condición humilde de la ropa no tiene, en sí misma, apariencia de mal, sino más bien de virtud, a saber: de desprecio del mundo. Prueba de ello es que los malos ocultan su malicia bajo la humildad de los vestidos. Por eso dice San Agustín, en De Serm. Dom. in Monte, que las ovejas no deben odiar su vestido por el hecho de que los lobos se ocultan frecuentemente bajo él.
2. San Jerónimo, en el texto aducido, habla de los vestidos humildes que se llevan por gloria humana.
3. Según la doctrina del Señor, en lo concerniente a la santidad los hombres no deben hacer nada por afán de apariencia, la cual se da, sobre todo, cuando se hace algo nuevo. Por eso dice San Juan Crisóstomo en Super Mt.: El que ora no haga nada raro que atraiga las miradas de los hombres, como gritar, golpearse el pecho, levantar los brazos..., porque la misma novedad atraería la atención. Sin embargo, no toda novedad que atraiga la atención de los hombres es reprochable, porque puede hacerse con buena o con mala intención. Por eso dice San Agustín, en De Serm. Dom. in Monte: Quien atrae la atención de los hombres por una pobreza excesiva en la profesión de su cristianismo, si lo hace voluntariamente y no por necesidad, habrá de ser juzgado por sus otras obras para ver si lo hace por desprecio del fausto superfluo o por ambición. Ahora bien: es evidente que los religiosos, que llevan un hábito humilde como símbolo de su profesión, la cual consiste en el desprecio del mundo, no lo hacen por ambición.