Artículo 1:
¿Hay o no hay trinidad en Dios?
lat
Objeciones por las que parece que en Dios no hay trinidad:
1. Todo lo que hay en Dios significa sustancia o relación. Pero el
nombre Trinidad no significa sustancia, pues se predicaría de
cada uno. Tampoco significa relación, pues no se aplica con
relación a otro. Por lo tanto, no hay que usar el nombre Trinidad al hablar de Dios.
2. Trinidad parece nombre colectivo, pues implica
multitud. Por lo tanto, tal nombre no le corresponde a Dios, pues la
unidad que implica un nombre colectivo es mínima, y en Dios la unidad
existente es máxima. Luego a Dios no le corresponde el
nombre Trinidad.
3. Todo lo trino es triple. Pero en Dios no hay triplicidad, ya que es una especie de desigualdad. Luego tampoco
hay trinidad.
4. Lo que está en Dios está en la unidad de la esencia,
porque Dios es su esencia. Por lo tanto, si en Dios hay trinidad, la
habrá en la unidad de la esencia divina. De ser así, habría tres
unidades esenciales. Y esto es herético.
5. En todo lo que se dice de Dios lo concreto se predica
de lo abstracto; pues la deidad es Dios y la paternidad es el Padre.
Pero la trinidad no puede ser llamada trina; porque, de ser
así, habría nueve realidades en Dios. Y esto es erróneo. Por lo tanto,
no hay que usar el nombre trinidad en lo referente a
Dios.
Contra esto: está lo que dice Atanasio: Hay que adorar
la trinidad en la unidad y la unidad en la trinidad.
Respondo: El nombre Trinidad en Dios
significa un determinado número de personas. Así, pues, como se pone
pluralidad de personas en Dios, así hay que usar el nombre trinidad;
porque lo que de indefinido tiene pluralidad, de concreto lo
tiene trinidad.
A las objeciones:
1. Etimológicamente, el nombre trinidad parece indicar una esencia de tres personas, pues se dice
trinidad como unidad de tres. Pero, atendiendo al sentido
propio de la palabra, significa más bien el número de personas de
esencia única. Por eso no podemos decir que el Padre sea trinidad,
porque no es tres personas. Y no significa las mismas relaciones de
las personas, sino más bien el número de personas relacionadas entre
sí. Por eso, el nombre implica relación a otro.
2. El nombre colectivo implica
tanto pluralidad de sujetos como cierta unidad de orden de algo.
Ejemplo: Pueblo es la multitud de hombres comprehendidos bajo
un determinado orden. Con respecto a la pluralidad, trinidad
concuerda con el significado de los nombres colectivos. Con respecto a
la unidad, se diferencia en el hecho de que en la trinidad divina no
sólo hay unidad de orden, sino que también la hay de
esencia.
3. Trinidad en sentido absoluto
significa terna de personas. Pero triplicidad significa proporción de
desigualdad; pues tal como dice Boecio en Arithmetica, hay una especie de la proporción desigual. Así, en Dios no hay triplicidad, sino trinidad.
4. En la trinidad divina hay que
ver tanto el número como las personas numeradas. Al decir Trinidad
en la unidad no ponemos el número en la unidad de esencia, como si
fuese tres veces uno, sino que en la unidad de naturaleza ponemos las
personas numeradas, como se dice que los supuestos de una naturaleza
están en aquella naturaleza. Y, al revés, decimos unidad en la
trinidad, como se dice que la naturaleza está en sus
supuestos.
5. Al decir la trinidad es
trina, por el número que ahí se incluye, se da a entender
multiplicación del mismo número por sí mismo. Al decir trino,
este número conlleva la distinción de supuestos en aquello de lo que
se dice. Así, no puede decirse que la trinidad sea trina, porque se
seguiría que, si la trinidad fuese trina, los supuestos de la trinidad
serían tres. Como cuando se dice Dios es trino, se sigue que
los supuestos de la deidad son tres.
Artículo 2:
¿Es o no es el Hijo otro que el Padre?
lat
Objeciones por las que parece que el Hijo no es otro que el
Padre:
1. Otro es un relativo que expresa diversidad de sustancia.
Por lo tanto, si el Hijo es otro que el Padre, parece que sea diverso del Padre. Y esto va contra lo que dice Agustín en el
VIII De Trin.: Cuando decimos tres personas
no queremos dar a entender diversidad.
2. Más aún. Los que son distintos entre sí, de
algún modo se distinguen. Por lo tanto, si el Hijo es otro que el
Padre, se sigue que es diferente del Padre. Lo cual va contra
lo escrito por Ambrosio en I De Fide, donde
dice: El Padre y el Hijo son uno en deidad, sin diferencia de
sustancia, sin diversidad alguna.
3. Ajeno significa de otro. Pero el Hijo no es
ajeno al Padre. Hilario en el VII De Trin.
dice: En las personas divinas nada es diverso, nada ajeno, nada
separable. Luego el Hijo no es otro que el Padre.
4. Otro y otra cosa significan lo mismo;
diferenciándose sólo por el género. Por lo tanto, si el Hijo es otro
que el Padre, parece deducirse que el Hijo es otra cosa que el
Padre.
Contra esto: está lo que dice Agustín en el libro De Fide ad Petrum: Una es la esencia del Padre, del Hijo y del Espíritu
Santo, en la que no es una cosa el Padre, otra el Hijo, otra el
Espíritu Santo, aun cuando personalmente sea uno el Padre, otro el
Hijo y otro el Espíritu Santo.
Respondo: Por hacer un uso inadecuado de las
palabras se incurre en la herejía, observa Jerónimo.
Por eso, al hablar de la Trinidad hay que hacerlo con cautela y
modestia. Dice Agustín en I
De Trin.:
En
ninguna otra materia es tan peligroso errar, ni tan laborioso
investigar, ni tan fructuoso lo que se encuentra.
Por lo tanto, es necesario que, al hablar de la Trinidad, nos
mantengamos alerta ante dos errores opuestos entre sí: el error de
Arrio, quien sostuvo que en la Trinidad de Personas hay
Trinidad de sustancias; y el error de Sabelio, quien
sostuvo que a unidad de esencia, unidad de persona. Así, pues, para
evitar el error de Arrio, hay que procurar que, al aplicar a la
divinidad los términos diversidad y diferencia, no
anulemos la unidad de esencia; para ello podemos usar el término distinción, por oposición relativa. Por eso, si en los escritos
autoritativos encontramos la expresión diversidad o diferencia de
personas, diversidad o diferencia es tomada por distinción. Para no
anular la simplicidad de la esencia divina, hay que evitar los
términos separación y división, que van referidos al
todo y a las partes. Para no anular la igualdad, hay que evitar el
término disparidad. Para no anular la semejanza, hay que evitar
los términos ajeno y discrepante. Como dice Ambrosio en
el libro De Fide: Entre el Padre y el Hijo no hay discrepancia, sino una divinidad. Y, según
Hilario, como ya se indicó (obj. 3), nada es ajeno,
nada separable.
Para evitar el error de Sabelio debemos evitar el término singularidad, para que no se anule la comunicabilidad de la
esencia divina. Por eso dice Hilario en el VII De
Trin: Llamar Dios singular al Padre y al Hijo
es sacrilego. Debemos evitar también el término único, para
que no se anule el número de personas. Por eso Hilario en el mismo
libro dice: Hay que excluir de Dios los conceptos de singular y
único. Sin embargo, decimos único Hijo, porque en Dios no
hay varios Hijos. Sin embargo, no decimos único Dios, porque la
deidad es común a varios. Evitamos también el término confuso,
para no anular en las personas el orden de naturaleza. Por eso dice
Ambrosio en el I De Fide: Ni lo que es uno es
confuso, ni lo que es indiferente puede ser múltiple. Hay que
evitar también el término solitario, para no anular el
consorcio de las tres personas. Dice Hilario en el IV De
Trin.: No es solitario ni diverso el Dios que
confesamos.
El término otro, en masculino, no requiere más que distinción
de supuestos. Por eso podemos decir correctamente: El Hijo es otro que
el Padre, porque es otro supuesto de la naturaleza divina, como es
otra persona y otra hipóstasis.
A las objeciones:
1. Otro, por ser nombre particular,
lo es por parte del supuesto; por eso, su razón de ser precisa tan
sólo la distinción sustancial, que es la hipóstasis o la persona.
Pero diversidad requiere la distinción sustancial, que es la
esencia. De este modo, no podemos decir que el Hijo sea diverso
del Padre, aunque sea otro.
2. La diferencia conlleva
distinción de forma. En Dios hay una sola forma, tal como leemos en
Flp 2,6: Como existiera en la forma de Dios. Así, el término diferente propiamente no le corresponde a Dios, según la autoridad
citada. Sin embargo, el Damasceno utiliza el término diferencia aplicado a las personas divinas, en cuanto que la
propiedad relativa se indica por el modo de la forma. Por eso dice que
las hipóstasis no se diferencian entre sí en cuanto a la sustancia,
sino en cuanto a determinadas propiedades. No obstante, como ya
dijimos, diferencia la tomamos por distinción.
3. Ajeno es algo extraño y no
similar. Y esto no se incluye en otro. Así, decimos que el Hijo
es otro que el Padre, aun cuando no digamos ajeno.
4. El género neutro no tiene forma.
El masculino tiene forma y distinción; lo mismo el femenino. Por eso,
de forma correcta se indica con el género neutro la esencia común; y
con el masculino y el femenino, algún supuesto determinado en la
naturaleza común. Por eso, también en las cosas humanas, si se
pregunta: ¿Quién es éste?, se responde: Sócrates, que es
el nombre del supuesto. Si se pregunta: ¿Qué es éste?, se
responde: Animal racional y mortal. De este modo, como en Dios
la distinción es por personas, pero no por esencia, decimos que el
Padre es otro que el Hijo, pero no otra cosa. Y, al
revés, decimos que son una cosa, pero no uno.
Artículo 3:
El exclusivo solo, ¿hay o no hay que añadirlo en Dios al término
esencial?
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Objeciones por las que parece que el exclusivo solo no hay que
añadirlo en Dios al término esencial:
1. Según el Filósofo en II Elench., solo es el que no está con otro. Pero Dios está con los ángeles y con las
almas santas. Luego no podemos decir: Dios solo.
2. Más aún. Lo que en Dios se añade al término esencial puede
predicarse de cualquier persona en cuanto tal, y de todas
simultáneamente. Porque así como decimos Dios sabio, podemos
decir: El Padre es Dios sabio, la Trinidad es Dios sabio. Pero
Agustín en el VI De Trin. dice: Hay que tener
presente aquello que dice: El Padre no es verdadero Dios solo.
Luego no puede decirse: Dios solo.
3. Si solo se añade al término esencial, o se
refiere a un atributo personal, o a uno esencial. No puede ser a un
atributo personal, ya que decir sólo Dios es Padre es algo
falso, pues también el hombre es padre. Tampoco a uno esencial, ya que
si fuera verdad la frase sólo Dios crea, habría que deducir que
sólo el Padre crea, pues lo que puede decirse de Dios puede decirse
del Padre. Y esto es falso, pues también el Hijo es creador. Por lo
tanto, solo no puede añadirse en Dios al término
esencial.
Contra esto: está lo que se dice en 1 Tim 1,17: Al Rey de los siglos,
inmortal, invisible, al solo Dios.
Respondo: Solo puede tener sentido
categoremático o
sincategoremático. 1)
Sentido
categoremático indica que lo significado por una palabra se dice
absolutamente de un sujeto. Ejemplo:
Blanco, con respecto al
hombre cuando decimos
Hombre blanco. Si solo se toma en este
sentido, de ninguna manera puede añadirse en Dios al término esencial,
porque añadiría soledad, debiéndose concluir que Dios es solitario, y
esto va contra lo dicho anteriormente (
a.2). Por su parte, 2) el
sentido sincategoremático indica que comporta relación de
predicado a sujeto, como
todo o
ninguno. De modo
parecido,
solo, porque excluye cualquier otro supuesto del
predicado. Ejemplo: Al decir
Sócrates escribió solo no se da a
entender que Sócrates fuera solitario, sino que nadie escribía con él
aun cuando hubiera muchos que vivieran con él. Con este sentido, nada
impide que
solo pueda añadirse en Dios al término esencial, en
cuanto que quedan excluidos otros sujetos del predicado. Ejemplo: La
frase
sólo Dios es eterno implica que, menos El, nada es
eterno.
A las objeciones:
1. Aun cuando los
ángeles y las almas santas estén siempre con Dios, sin embargo, si en
Dios no hubiese pluralidad de personas, se seguiría que Dios estaría
solo y solitario. Pues no se anula la soledad asociándole alguien de
naturaleza extraña; pues se dice que alguien está solo en el huerto
aun cuando allí haya muchas plantas y animales. De modo parecido, se
diría que Dios está solo y solitario, a pesar de que vivan con El
ángeles y hombres, si en Dios no hubiese tres personas. Así, pues, la
asociación de ángeles y almas no excluye en Dios la soledad absoluta;
y mucho menos la soledad de relación por comparación a algún
atributo.
2. El término solo,
hablando propiamente y tomado en sentido formal, no se pone por parte
del predicado; pues contempla el sujeto en cuanto que excluye
cualquier otro sujeto en aquello a lo que se añade. Pero el adverbio
sólo, por ser exclusivo, puede ser aplicado por parte del sujeto y por
parte del predicado. Podemos decir: Sólo Sócrates corre, esto
es, nadie más. Y Sócrates corre solamente, esto es, no hace nada más. Por eso, propiamente no puede decirse: El
Padre es solo Dios, o la Trinidad es solo Dios, a no ser
que por parte del predicado se comprenda alguna implicación, como si
se dijera: La Trinidad es Dios que es solo Dios. Según esto,
también puede ser verdadera la frase: El Padre es Dios que es solo
Dios, si el relativo se refiriera al predicado y no al sujeto.
Agustín, cuando dice que el Padre no es solo Dios, pero que la
Trinidad es solo Dios, está hablando en sentido expositivo, como si
dijera: Cuando se dice al rey de los siglos, invisible, solo
Dios, no se está hablando de la persona del Padre, sino de la
Trinidad.
3. En cualquiera de los sentidos
puede añadirse al término esencial solo. Pues la expresión
solo Dios es Padre abarca un doble aspecto. Porque Padre puede
atribuirse a la persona del Padre; y en este sentido la frase es
verdadera, porque el hombre no es aquella persona. O puede atribuirse
a la relación solamente; y en este sentido la frase es falsa, porque
la relación de paternidad, aunque no unívocamente, se encuentra en
otros también. Igualmente es verdadera la expresión: Sólo Dios
crea. Sin embargo no se deduce: Luego sólo el Padre;
porque, como dicen los sofistas, todo término exclusivo inmoviliza el
término al que se añade, no pudiéndose aplicar sobre uno de los
sujetos. Pues no es deducible lo siguiente: Sólo el hombre es
animal racional mortal, luego sólo Sócrates.
Artículo 4:
¿Puede o no añadirse lo exclusivo al término personal?
lat
Objeciones por lo que parece que lo exclusivo no puede añadirse a lo
esencial incluso si el predicado es común:
1. En Jn 17,3 dice el Señor hablando al Padre: Para que te
conozcan a Ti, el único Dios verdadero. Luego sólo el Padre es
Dios verdadero.
2. En Mt 11,27 se dice: Nadie conoce al Hijo más que el
Padre; esto significa lo mismo que: Sólo el Padre conoce al
Hijo. Pero conocer al Hijo es algo común. Luego lo mismo que
antes.
3. Un término exclusivo no excluye aquello que pertenece
al concepto del término al que se añade; por eso no excluye la parte,
ni el universal. Pues no es deducible lo siguiente: Sólo Sócrates
es blanco, luego su mano es negra; o: Luego el hombre no es
blanco. Pero una persona está en el concepto de la otra, como el
Padre está en el concepto de Hijo, y al revés. Por lo tanto, en la
frase: Sólo el Padre es Dios no se excluye ni al Hijo ni al
Espíritu Santo. Así, parece que la frase es verdadera.
4. Se canta en la Iglesia: Tú solo
altísimo, Jesucristo.
Contra esto: está el hecho que la frase: Sólo el Padre es Dios,
se expone también de otras dos maneras: El Padre es Dios y
Ningún otro más que el Padre es Dios. Esta última frase es
falsa, porque el Hijo, que es otro que el Padre, es Dios. Luego la
frase: Sólo el Padre es Dios, es falsa. Y también otras muchas
frases parecidas.
Respondo: La frase:
Sólo el Padre es
Dios, puede ser entendida de muchas maneras. Pues si
sólo
indica exclusividad con respecto al Padre, la frase
es falsa, pues se toma en sentido categoremático. Y si se toma en
sentido sincategoremático, también puede ser entendida de muchas
maneras. Porque si se excluye de la forma del sujeto, es verdadera. Su
sentido es:
Sólo el Padre es Dios, es decir:
Aquel con quien
ningún otro es Padre, es Dios. Así lo expresa Agustín en el VI
De Trin. cuando dice:
Decimos sólo el Padre no
porque se separe del Hijo o del Espíritu Santo; sino que, al decirlo,
damos a entender que aquellos no son juntamente con El, Padre.
Este sentido no lo incluye el modo normal de hablar, a no ser que se
presuponga alguna implicación, como si se dijera:
Aquel que sólo es
llamado Padre, es Dios.
Pero en sentido propio, lo exclusivo excluye todo consorcio con el
predicado. Y, así, la frase es falsa si excluye otro masculino; es
verdadera si excluye solamente otro neutro. Porque el Hijo es otro que
el Padre, pero no es otra cosa; igualmente el Espíritu. Pero porque sólo contempla propiamente al sujeto, como ya se dijo (a.3 ad 2),
más bien se usa para excluir a otro que a otra cosa. Por
eso no hay que extender el uso de tal término, sino explicarlo
piadosamente siempre que se encuentre en algún escrito
autoritativo.
A las objeciones:
1. Al decir; A ti, solo Dios
verdadero, no se entiende sólo del Padre, sino de toda la
Trinidad, como anota Agustín. O, si se entiende de la
persona del Padre, no hay que excluir las otras personas debido a la
unidad de esencia, pues sólo excluye solamente otra
cosa, como acabamos de decir.
2. Se puede responder lo mismo.
Pues cuando al Padre se atribuye algo esencial, no se excluye al Hijo
ni al Espíritu Santo debido a la unidad de esencia. Sin embargo, hay
que tener presente que en la autoridad mencionada, el término nadie no es lo mismo que decir ningún hombre, que es lo que
parece significar la palabra (pues de lo contrario no podría
exceptuarse la persona del Padre); sino que, por el modo de hablar, es
tomado en sentido distributivo por cualquier naturaleza
racional.
3. Lo exclusivo no excluye aquello
que pertenece al concepto del término al que se añade, si no se
diferencian en el supuesto, como parte y universal. Pero el Hijo se
diferencia del Padre en el supuesto. Por lo tanto, aquel argumento no
es válido.
4. No decimos que sólo el Hijo sea
altísimo, sino que sólo es altísimo con el Espíritu Santo en la
gloria de Dios Padre.