Artículo 1:
¿Corresponde a Cristo ser predestinado?
lat
Objeciones por las que parece que no compete a Cristo ser
predestinado.
1. El término de cualquier predestinación parece ser la filiación
adoptiva, conforme a las palabras de Ef 1,5:
Nos predestinó a la
adopción de hijos suyos. Pero, como acabamos de decir (
q.23 a.4),
a Cristo no le conviene el ser hijo adoptivo. Luego a Cristo no le
corresponde ser predestinado.
2. En Cristo pueden considerarse dos cosas, a saber: la
naturaleza humana y la persona. Ahora bien, no puede decirse que
Cristo es predestinado por razón de su naturaleza humana, pues la
proposición
La naturaleza humana es el Hijo de Dios es falsa.
Del mismo modo, tampoco está predestinado por razón de la persona,
porque tal persona no tiene el ser hijo de Dios en virtud de la
gracia, sino por la propia naturaleza. Y la predestinación es propia
de los que dependen de la gracia, como hemos expuesto en la
Primera
Parte (
q.23 a.2 ad 4;
a.5). Luego Cristo no fue predestinado a ser
Hijo de Dios.
3. Así como lo que ha sido hecho no siempre existió,
igualmente sucede con lo que ha sido predestinado, porque la
predestinación lleva consigo una cierta anterioridad. Ahora bien,
Cristo, por haber sido desde siempre Dios e Hijo de Dios, impide que
se diga: aquel hombre ha sido hecho Hijo de Dios. Luego, por
una razón semejante, no debe decirse que Cristo es predestinado a
ser Hijo de Dios.
Contra esto: está lo que dice el Apóstol en Rom 1,4 hablando de
Cristo: El cual fue predestinado Hijo de Dios en
poder.
Respondo: Como es claro por lo expuesto en
la
Primera Parte (
q.23 a.2), la predestinación, tomada en su
sentido propio, es una preordenación divina eterna respecto de
aquellas cosas que, por la gracia de Dios, han de producirse en el
tiempo. Pero por la gracia de unión hizo Dios que, en el tiempo, el
hombre fuese Dios y Dios fuese hombre. Y no es posible decir que Dios
no haya preordenado desde la eternidad que eso había de realizarse en
el tiempo porque se seguiría la aparición de un acontecimiento nuevo
para la mente divina. Se impone, pues, afirmar que la misma unión de
las naturalezas en la persona de Cristo cae bajo la predestinación
eterna de Dios. Y, por este motivo, se dice que Cristo ha sido
predestinado.
A las objeciones:
1. En el texto mencionado habla el
Apóstol de nuestra predestinación a ser hijos adoptivos. Pero así como
Cristo es Hijo de Dios por naturaleza de un modo singular en
comparación con los demás, así también es predestinado de un modo
único.
2. Como observa la
Glosa a propósito de Rom 1,4, algunos
enseñaron que tal predestinación debe entenderse de la naturaleza, no
de la persona, porque a la naturaleza humana le fue concedida la
gracia de unirse al Hijo de Dios en la unidad de la
persona.
Pero, en ese sentido, la expresión del Apóstol resulta impropia por
dos motivos. Primero, por una razón común. No decimos, en efecto, que
sea predestinada una naturaleza, sino una persona, porque ser
predestinado equivale a ser conducido a la salvación, lo cual es
propio del supuesto que actúa por causa del fin de la bienaventuranza.
Segundo, por una razón especial. Porque ser hijo de Dios no
corresponde a la naturaleza humana, puesto que la proposición La
naturaleza humana es el Hijo de Dios es una proposición falsa. A
no ser, tal vez, que alguien, mediante una explicación dislocada,
quiera exponer la frase Ha sido predestinado a ser Hijo de Dios en
poder (Rom 1,4) de modo que equivalga a esta otra: Ha sido
predestinado que la naturaleza humana se uniese al Hijo de Dios en la
persona.
Queda, pues, que la predestinación se atribuya a la persona de
Cristo, no considerada en sí misma, o en cuanto subsistente en la
naturaleza divina, sino en cuanto que subsiste en la naturaleza
humana. Por eso el Apóstol, después de haber dicho (v.3): nacido de
la descendencia de David según la carne, añade: Ha sido
predestinado a ser Hijo de Dios en poder, para dar a entender que,
en conformidad con haber nacido de la descendencia de David según la
carne, ha sido predestinado a ser Hijo de Dios en poder. Pues aunque
sea natural a esa persona, considerada en sí misma, ser Hijo de Dios
en poder, eso no le es natural en cuanto a la naturaleza humana, a la
que, en este sentido, le compete por la gracia de unión.
3. Orígenes,
In
Rom., escribe que el texto del Apóstol es éste:
El cual ha sido designado Hijo de Dios en poder, de manera que no
se alude a ninguna precedencia. Y así tal texto no ofrece dificultad
alguna.
Otros, en cambio, relacionan la anterioridad
significada por el participio predestinado, no con el ser Hijo
de Dios, sino con su manifestación, siguiendo un modo de hablar
corriente en la Escritura, que consiste en decir que las cosas se
hacen cuando nos son conocidas, de manera que el sentido sea éste:
Cristo fue predestinado a manifestarse como Hijo de Dios. Pero
ésta no es la acepción propia de la palabra predestinación. Se
dice, en efecto, que alguien es propiamente predestinado cuando es
conducido al fin de la bienaventuranza. Pero la bienaventuranza de
Cristo no depende de nuestro conocimiento.
Y, por eso, es más exacto decir que la precedencia que lleva consigo
el participio predestinado no se refiere a la persona
considerada en sí misma, sino por razón de la naturaleza humana; es
decir, porque, a pesar de que esa persona fue Hijo de Dios desde toda
la eternidad, sin embargo ese Hijo de Dios no fue subsistente desde
siempre en una naturaleza humana. Por eso dice Agustín en el libro De praedest. Sanct.: Jesús, que había de ser
Hijo de David según la carne, fue predestinado, sin embargo, para ser
Hijo de Dios en poder.
Y debe tenerse en cuenta que, aunque el participio predestinado implique anterioridad, lo mismo que la implica el
participio hecho, esa anterioridad es distinta en uno y otro
caso. En efecto, el ser hecho pertenece a la misma cosa tal como es;
en cambio, el ser predestinado pertenece a una persona en cuanto que
está en la mente del que predestina. Pero lo que está sujeto, en la
realidad, a una forma o a una naturaleza, puede ser aprehendido o como
es bajo tal forma, o también como es en absoluto. Y porque a la
persona de Cristo no le conviene en modo alguno comenzar a ser Hijo de
Dios, sino que eso le compete en cuanto entendida o aprehendida como
existiendo en la naturaleza humana, es a saber, porque lo que comenzó
a existir en el tiempo es que el Hijo de Dios existiera en una
naturaleza humana, por ese motivo la proposición Cristo fue
predestinado a ser Hijo de Dios es más cierta que esta otra: Cristo fue hecho Hijo de Dios.
Artículo 2:
La proposición Cristo, en cuanto hombre, fue predestinado a ser Hijo
de Dios, ¿es falsa?
lat
Objeciones por las que parece que la proposición Cristo, en cuanto
hombre, fue predestinado a ser Hijo de Dios, es
falsa.
1. Cada uno es, en el tiempo, aquello que ha sido predestinado a ser,
porque la predestinación de Dios no se frustra. Si, pues, Cristo, en
cuanto hombre, fue predestinado a ser Hijo de Dios, parece seguirse
que es Hijo de Dios en cuanto hombre. Pero esto es falso. Luego
también es falso lo enunciado.
2. Lo que conviene a Cristo en cuanto hombre, conviene
también a cualquier hombre, porque aquél tiene la misma especie que
los demás hombres. Por consiguiente, en caso de que Cristo, en cuanto
hombre, haya sido predestinado a ser Hijo de Dios, se seguiría que
otro tanto sucede con cualquier hombre. Y esto es falso. Luego también
es falso lo primero.
3. Es objeto de la predestinación eterna lo que, alguna
vez, ha de ocurrir en el tiempo. Pero la proposición el Hijo de
Dios fue hecho hombre es más cierta que esta otra: El hombre ha
sido hecho Hijo de Dios. Luego la proposición Cristo, en cuanto
Hijo de Dios, fue predestinado a ser hombre, es también más cierta
que la contraria: Cristo, en cuanto hombre, ha sido predestinado a
ser Hijo de Dios.
Contra esto: está lo que dice Agustín en el libro De praedest.
Sanct.: Decimos que el Señor de la gloria ha
sido predestinado, en cuanto que el hombre ha sido hecho Hijo de
Dios.
Respondo: En la predestinación pueden
considerarse dos aspectos: uno, por parte de la misma predestinación
eterna; y, considerada bajo este ángulo, implica anterioridad respecto
de aquello que cae bajo la predestinación. Otro, atendiendo al efecto
temporal, que es, en verdad, un don gratuito de Dios. Por
consiguiente, es preciso decir que la predestinación, bajo los dos
aspectos, se atribuye a Cristo solamente por razón de la naturaleza
humana, pues ésta no ha estado siempre unida al Verbo y, además, el
estar unida al Hijo de Dios en persona le ha sido concedido por
gracia. Y por eso la predestinación solamente compete a Cristo por
razón de la naturaleza humana. De donde dice Agustín, en el libro
De praedest. Sanct.: Esta promoción de la naturaleza
humana ha sido predestinada a ser tan grande, tan excelsa y tan
máxima, que es imposible elevarla a una cima más alta. Ahora bien,
se dice que una cosa conviene a alguien, en cuanto hombre, cuando le
conviene por razón de la naturaleza humana. Y por eso es preciso decir
que Cristo, en cuanto hombre, ha sido predestinado a ser Hijo de
Dios.
A las objeciones:
1. Cuando se habla de que
Cristo, en cuanto hombre, ha sido predestinado a ser Hijo de
Dios, la concreción
en cuanto hombre puede referirse al
acto significado por el participio, de dos maneras: una, por parte de
quien es materialmente predestinado. Y, en este sentido, la
proposición es falsa, porque significaría que Cristo, en cuanto
hombre, fue predestinado a ser Hijo de Dios. Y bajo este ángulo está
planteada la objeción.
Otra, refiriéndose a la propísima razón del acto, en cuanto que la
predestinación incluye en su naturaleza una anterioridad y un efecto
gratuito. Y, en este aspecto, la predestinación conviene a Cristo por
razón de su naturaleza humana, como queda explicado (en la sol.). Y en
este sentido se dice que ha sido predestinado en cuanto
hombre.
2. Una cosa puede convenir a un
hombre por razón de la naturaleza humana de dos modos: primero, porque
la naturaleza humana es la causa de tal cosa o propiedad. Así la
risibilidad compete a Sócrates por razón de su naturaleza humana, que
es la causa de aquélla. Y en este sentido, que es el enfocado por la
objeción, la predestinación no compete, por razón de la naturaleza
humana, ni a Cristo ni a otro hombre alguno.
Segundo, entendiendo que una cosa conviene a alguien por razón de la
naturaleza humana porque ésta es capaz de asumirla. Y
éste es el sentido en que decimos que Cristo fue predestinado por
razón de la naturaleza humana, puesto que la predestinación se refiere
a la exaltación de su propia naturaleza humana, como hemos expuesto
(en la sol.).
3. Como escribe Agustín en el
libro De praedest. Sanct., la asunción
singular del hombre por el Dios Verbo se hizo de una forma tan
inefable que, verdadera y propiamente, se llama a la vez Hijo del
hombre a causa de la naturaleza humana asumida, e Hijo de Dios porque
quien la asume es el Dios unigénito. Y porque tal asunción, en
cuanto gratuita, queda dentro del campo de la predestinación, es
lícito decir ambas cosas: el Hijo de Dios ha sido predestinado a ser
hombre, y el Hijo del hombre ha sido predestinado a ser Hijo de Dios.
Sin embargo, porque el ser hombre no es una gracia otorgada al Hijo de
Dios, sino más bien una gracia concedida a la naturaleza humana para
que se uniese al Hijo de Dios, resulta más propio decir que Cristo,
en cuanto hombre, fue predestinado a ser Hijo de Dios, que afirmar
que Cristo, en cuanto Hijo de Dios, ha sido predestinado a ser
hombre.
Artículo 3:
La predestinación de Cristo, ¿es el ejemplar de nuestra
predestinación?
lat
Objeciones por las que parece que la predestinación de Cristo no es
el ejemplar de nuestra predestinación.
1. El ejemplar existe antes que su imagen. Pero nada existe con
anterioridad a lo eterno. Luego, al ser eterna nuestra predestinación,
parece que la predestinación de Cristo no es el ejemplar de la
nuestra.
2. El ejemplar conduce al conocimiento de su imagen. Ahora
bien, Dios no necesitó de otro ejemplar para llegar al conocimiento de
nuestra predestinación, pues en Rom 8,29 se lee: A los que de antes
conoció, a ésos los predestinó. Luego la predestinación de Cristo
no es el ejemplar de nuestra predestinación.
3. El ejemplar es igual a la imagen. Pero la
predestinación de Cristo parece que es de distinta naturaleza que la
nuestra, puesto que nosotros somos predestinados a ser hijos adoptivos
de Dios, mientras que Cristo ha sido predestinado a ser Hijo de
Dios en poder, como se dice en Rom 1,4. Luego su predestinación no
es el ejemplar de la nuestra.
Contra esto: está lo que dice Agustín en el libro De praedest.
Sanct.: El propio Salvador, el mismo mediador
entre Dios y los hombres, el hombre Cristo Jesús, es la luz
preclarísima de la predestinación y de la gracia. Y se le llama
luz de la predestinación y de la gracia porque, a través de su
predestinación y gracia, se da a conocer nuestra predestinación;
función que parece pertenecer a la naturaleza del ejemplar. Luego la
predestinación de Cristo es el ejemplar de la nuestra.
Respondo: La predestinación puede considerarse
de dos maneras: primera, por parte del propio acto de quien
predestina. Y, entendida así, la predestinación de Cristo puede
llamarse ejemplar de la nuestra, pues de un único modo y mediante un
mismo acto eterno, Dios nos predestinó a nosotros y a
Cristo.
Segunda, fijándose en aquello a lo que uno es predestinado, es decir,
el término y efecto de la predestinación. Y, en este sentido, la
predestinación de Cristo es el ejemplar de la nuestra de dos modos:
primero, en cuanto al bien a que somos predestinados, pues El ha sido
predestinado a ser Hijo de Dios por naturaleza y nosotros somos
predestinados a ser hijos de Dios por adopción, que es una semejanza,
por participación, de la filiación natural. Por eso se lee en Rom
8,29: A los que de antes conoció, a ésos los predestinó a ser
conformes con la imagen de su Hijo. Segundo, por parte del modo de
lograr este bien; lo que se consigue por medio de la gracia. Esto, con
relación a Cristo, es clarísimo, porque en El la naturaleza humana fue
unida al Hijo de Dios sin que precediese mérito alguno por parte de
ella. Y de la plenitud de su gracia hemos recibido todos
nosotros, como se dice en Jn 1,16.
A las objeciones:
1. Tal objeción se plantea por
parte del acto de quien predestina.
2. La respuesta es la misma que la
ofrecida para la primera objeción.
3. No es necesario que la imagen
sea enteramente conforme con el ejemplar; es suficiente una cierta
aproximación.
Artículo 4:
¿La predestinación de Cristo es causa de nuestra predestinación?
lat
Objeciones por las que parece que la predestinación de Cristo no es
causa de la nuestra.
1. Lo eterno no tiene causa. Ahora bien, nuestra predestinación es
eterna. Luego la predestinación de Cristo no es causa de la
nuestra.
2. Lo que depende de la simple voluntad de Dios no tiene
otra causa que esa voluntad divina. Pero nuestra predestinación
depende de la voluntad de Dios, puesto que en Ef 1,11 se dice: (Hemos) sido predestinados según el propósito de aquel que hace todas
las cosas conforme al consejo de su voluntad. Luego la
predestinación de Cristo no es causa de nuestra predestinación.
3. Quitada la causa, desaparece el efecto. Ahora bien,
anulada la predestinación de Cristo, no se suprime nuestra
predestinación, porque, en el supuesto de que no se hubiera encarnado
el Hijo de Dios, queda otro modo posible de salvarnos, como enseña
Agustín en el libro De Trin.. Luego la
predestinación de Cristo no es causa de nuestra predestinación.
Contra esto: está lo que se dice en Ef 1,5: Nos predestinó a la
adopción de hijos suyos por Jesucristo.
Respondo: Si nos fijamos en el mismo acto de la
predestinación, la de Cristo no es causa de la nuestra, ya que con un
solo y mismo acto nos ha predestinado Dios a nosotros y a Cristo. En
cambio, si la predestinación se considera en cuanto a su término, la
de Cristo sí es causa de la nuestra, porque Dios, en su predestinación
eterna, dispuso que nuestra salvación fuese realizada por Cristo. Bajo
la predestinación cae no sólo lo que ha de ejecutarse en el tiempo,
sino también el modo y el orden en que ha de realizarse.
A las objeciones:
1. Esta objeción, lo mismo que la
segunda, se plantea fijándose en el acto de la
predestinación.
2. Ver respuesta
anterior.
3. En el caso de que Cristo no
hubiera debido encarnarse, Dios hubiera dispuesto con antelación que
los hombres nos salvásemos por otro medio. Pero, al ordenar de
antemano la encarnación de Cristo, dispuso también que fuera ella la
causa de nuestra salvación.