Suma teológica - Parte I-IIae - Cuestión 21
Consecuencias de los actos humanos en razón de su bondad o malicia
A continuación se debe estudiar lo que se sigue de los actos humanos en razón de la bondad o malicia (q.18 intr). Y acerca de esto se plantean cuatro problemas:
  1. El acto humano, por ser bueno o malo, ¿tiene razón de rectitud o de pecado?
  2. ¿Tiene razón de laudable o de culpable?
  3. ¿Tiene razón de mérito o de demérito?
  4. ¿Tiene razón de mérito o de demérito ante Dios?
Artículo 1: El acto humano, por ser bueno o malo, ¿tiene razón de rectitud o de pecado? lat
Objeciones por las que parece que el acto humano, en cuanto que es bueno o malo, no tiene razón de rectitud o de pecado.
1. Los pecados son monstruos en la naturaleza, como se dice en el II Physic. Pero los monstruos no son actos, sino cosas producidas al margen del orden natural. Ahora bien, lo que es por arte y por razón, imita a lo que es por naturaleza, como se dice en el mismo lugar. Luego el acto, por ser desordenado y malo, no tiene razón de pecado.
2. Además, se produce un pecado en la naturaleza y en el arte cuando no se llega al fin intentado por la naturaleza y por el arte, como se dice en el II Physic. Pero la bondad o la malicia del acto humano consiste sobre todo en la intención del fin y en su persecución. Luego parece que la malicia del acto no induce razón de pecado.
3. Además, si la malicia del acto indujera razón de pecado, se seguiría que dondequiera que hubiera mal habría pecado. Pero esto es falso, porque la pena, aunque tenga razón de mal, no la tiene de pecado. Luego, porque un acto sea malo, no tiene razón de pecado.
Contra esto: la bondad del acto humano, como se demostró (q.19 a.4), depende principalmente de la ley eterna; por consiguiente, su malicia consiste en que está en desacuerdo con la ley eterna. Pero esto hace razón de pecado, pues dice Agustín en XXII Contra Faustum, que es pecado el dicho, hecho o deseo contrarios a la ley eterna. Luego el acto humano tiene razón de pecado precisamente por ser malo.
Respondo: El mal es más que el pecado, igual que el bien es más que la rectitud; pues toda privación de bien en cualquier cosa constituye razón de mal, pero el pecado consiste propiamente en el acto que se realiza por un fin, cuando no guarda el orden debido a ese fin. Ahora bien, el orden debido a un fin se mide según una regla, que es la virtud natural que inclina a tal fin, en lo que se hace según la naturaleza. Por consiguiente, cuando el acto procede de una virtud natural según la inclinación natural hacia el fin, se observa rectitud en el acto, porque el medio no sale de los extremos, es decir, el acto no sale del orden del principio activo hacia el fin. Pero cuando uno se aparta de esa rectitud del acto, entonces llega la razón de pecado.

Pero, en lo que hacemos mediante la voluntad, la regla próxima es la razón humana, y la regla suprema, la ley eterna. Luego cuando un acto del hombre procede hasta el fin según el orden de la razón y de la ley eterna, es recto; pero cuando se desvía de esa rectitud, se dice que es pecado. Por otra parte, es claro por lo ya dicho (q.19 a.3.4) que todo acto de la voluntad es malo precisamente por apartarse del orden de la razón y de la ley eterna, y que todo acto bueno concuerda con la razón y con la ley eterna. Por tanto, se sigue que el acto humano, por ser bueno o malo, tiene razón de rectitud o de pecado.

A las objeciones:
1. Se dice que los monstruos son pecados por cuanto han sido producidos a partir de un pecado que está en el acto de la naturaleza.
2. El fin es doble: último y cercano. Ahora bien, en el pecado de la naturaleza, al acto le falta ciertamente el fin último, que es la perfección de lo producido, pero no cualquier fin próximo, pues la naturaleza obra formando algo. Lo mismo ocurre en el pecado de la voluntad, siempre hay defecto en cuanto al fin último que se intenta, porque ningún acto voluntario malo se puede ordenar a la bienaventuranza, que es el fin último, aunque no falte un fin próximo, al que tiende y que consigue la voluntad. Por eso también, como esta intención del fin próximo se ordena al fin último, en la misma intención de este fin puede encontrarse razón de rectitud y de pecado.
3. Todo se ordena a un fin mediante su acto y, por eso, la razón de pecado, que consiste en una desviación del orden al fin, consiste propiamente en un acto. Pero la pena se refiere a la persona que peca, como se dijo en la primera parte (q.48 a.5 ad 4; a.6 ad 3).
Artículo 2: El acto humano, por ser bueno o malo, ¿tiene razón de laudable o de culpable? lat
Objeciones por las que parece que el acto humano, porque es bueno o malo, no tiene razón de laudable o de culpable.
1. Hay pecado incluso en lo que realiza la naturaleza, como se dice en el II Physic. Pero las cosas naturales no son laudables ni culpables, como se dice en el III Ethic. Luego el acto humano, por ser malo o pecado, no tiene razón de culpa y, por consiguiente, tampoco tiene razón de laudable por ser bueno.
2. Además, el pecado se presenta en los actos morales igual que en los actos del arte, porque, como se dice en el II Physic., peca el gramático que no escribe rectamente y el médico que no receta rectamente. Pero no se culpa a un artífice por haber hecho algo malo, porque es propio de la industria del artífice poder hacer una obra buena y una obra mala, cuando quiera. Luego parece que tampoco el acto moral tiene razón de culpable por ser malo.
3. Además, dice Dionisio en el capítulo 4 De div. nom. que el mal es débil e impotente. Pero la debilidad y la impotencia quitan o disminuyen la razón de culpa. Luego el acto humano no es culpable por ser malo.
Contra esto: está lo que dice el Filósofo, que son laudables las obras de las virtudes, mas vituperables o culpables las obras contrarias. Pero los actos buenos son actos de virtud, porque virtud es lo que hace bueno a quien la posee y a su obra, como se dice en el II Ethic.; por eso los actos opuestos son actos malos. Luego el acto humano tiene razón de laudable o de culpable por ser bueno o malo.
Respondo: El mal está en más que el pecado, igual que el pecado está en más que la culpa, pues se llama laudable o culpable un acto precisamente porque se imputa a quien lo hace, puesto que alabar o culpar no es otra cosa que imputar a alguien la bondad o la malicia de su acto. Ahora bien, un acto se imputa al agente cuando está en su potestad, cuando tiene dominio sobre su acto. Pero esto ocurre en todos los actos voluntarios, porque el hombre tiene dominio sobre sus actos mediante la voluntad, como se demuestra con lo dicho (q.1 a.1.2). Por tanto, queda que sólo en los actos voluntarios el bien o el mal constituyen razón de alabanza o de culpa; y en éstos el mismo mal es pecado y culpa.
A las objeciones:
1. Los actos naturales no están en la potestad del agente natural, pues la naturaleza está determinada a una sola cosa. Por eso, aunque en los actos naturales haya pecado, no hay en ellos culpa.
2. La razón se comporta de un modo diferente en las cosas artificiales que en las morales. En la artificiales, la razón se ordena a un fin particular, que es algo excogitado por la razón. En las morales, en cambio, la razón se ordena al fin común de toda la vida humana. Ahora bien, el fin particular se ordena al fin común. Luego, como hay pecado por desviación del orden al fin, según se dijo (a.1), en un acto de arte se encuentra pecado de dos modos. Uno, por desviación del fin particular intentado por el artífice, y este pecado será propio del arte; por ejemplo, si el artífice, intentando hacer una obra buena, la hace mala, o intentando hacer una obra mala, la hace buena. El otro modo, por desviación del fin común de la vida humana y, así, se dice que peca si intenta hacer una obra mala que defraude a alguien, y la hace. Pero este pecado no es propio del artífice en cuanto artífice, sino en cuanto que es hombre. Por eso se culpa al artífice en cuanto artífice por el primer pecado, y al hombre en cuanto hombre, por el segundo. Pero en los asuntos morales, en los que se considera el orden de la razón al fin común de la vida humana, el pecado y el mal siempre se consideran por la desviación del orden de la razón al fin común de la vida humana. Por consiguiente, se culpa de un pecado de este género al hombre en cuanto que es hombre y en cuanto que es moral. Por eso dice el Filósofo, en el VI Ethic., que en el arte es preferible el que quiere pecar, pero no en la prudencia, ni tampoco en las virtudes morales, que dirige la prudencia.
3. Esa debilidad que hay en los males voluntarios está sometida a la potestad humana. Por eso no quita ni disminuye la razón de culpa.
Artículo 3: El acto humano, por ser bueno o malo, ¿tiene razón de mérito o de demérito? lat
Objeciones por las que parece que el acto humano no tiene razón de mérito y de demérito por su bondad o malicia.
1. El mérito y el demérito se dicen por orden a la retribución, que sólo tiene lugar en lo que es para otro. Pero no todos los actos humanos buenos o malos son para otro, sino que algunos son para uno mismo. Luego no todo acto humano bueno o malo tiene razón de mérito o de demérito.
2. Además, ninguno merece pena o premio por disponer como quiere de lo que él es dueño; así, si un hombre destruyera una propiedad suya, no sería castigado como si destruyera algo de otro. Pero el hombre es dueño de sus actos. Luego no merece pena ni premio por disponer bien o mal de su acto.
3. Además, porque alguien adquiera un bien para sí mismo, no merece que nadie le recompense; y la misma razón vale para los males. Pero el mismo acto bueno es una perfección y un bien para quien lo hace, mientras que el acto desordenado es un mal para quien lo realiza. Luego el hombre no merece ni desmerece porque haga un acto bueno o malo.
Contra esto: está lo que se dice en Is 3,10-11: Decid al justo que bien, que comerá el fruto de sus acciones. ¡Ay del impío! Le irá mal, se le dará el mérito de su manos.
Respondo: El mérito y el demérito se dicen por orden a la retribución que se hace según justicia. Pero se le hace a uno retribución según justicia porque obra en provecho o en perjuicio de otro. Ahora bien, hay que tener en cuenta que cualquiera que viva en una sociedad, es en cierta medida parte y miembro de toda la sociedad. Luego quienquiera que hace algo para bien o para mal de alguien que vive en sociedad, esto redunda a toda la sociedad; como quien hiere una mano, consiguientemente hiere al hombre. Luego, cuando uno obra para bien o para mal de otra persona singular, le corresponde de dos modos razón de mérito o de demérito. Uno, porque le debe retribuir la persona singular a la que ayuda u ofende. Otro, porque le debe retribución todo el colectivo. Además, cuando uno ordena su acto directamente para bien o para mal de todo el colectivo, le debe retribución primero y principalmente todo el colectivo, en efecto, pero secundariamente todas las partes del colectivo. Pero también se debe retribución a uno cuando hace algo que revierte en su propio bien o mal, pues también esto revierte en el común, porque él mismo es parte de la colectividad; aunque no se le deba retribución por cuanto es bien o mal para una persona singular, que es la misma que obra, a no ser que acaso se deba retribución a sí misma, por cierta semejanza con la justicia del hombre para consigo.

Queda claro, por tanto, que el acto bueno o el malo tienen razón de laudable o de culpable en la medida que están en la potestad de la voluntad; tienen razón de rectitud y de pecado, según su orden al fin; y razón de mérito y de demérito, según la retribución de justicia para con otro.

A las objeciones:
1. A veces los actos buenos o malos del hombre, aunque no se ordenan al bien o al mal de otra persona singular, se ordenan, no obstante, al bien o al mal de otro: de la comunidad misma.
2. El hombre, que tiene dominio sobre su acto, en cuanto que pertenece a una comunidad, de la que es parte, también merece algo o desmerece, en la medida que dispone sus actos bien o mal; como también si administra bien o mal sus otros bienes, con los que debe servir a la comunidad.
3. Ese mismo bien o mal que uno se hace a sí mismo con su propio acto, redunda a la comunidad, como se dijo (a.3).
Artículo 4: El acto humano, por ser bueno o malo, ¿tiene razón de mérito o de demérito ante Dios? lat
Objeciones por las que parece que el acto bueno o malo del hombre no tiene razón de mérito o de demérito en relación con Dios.
1. Se ha dicho (a.3) que el mérito y el demérito implican un orden a la recompensa por el beneficio o el daño causados a otro. Pero el acto bueno o malo del hombre no llega a ser un provecho o daño de Dios, pues se dice en Job 35,6.7: Si pecas, ¿qué daño le haces? Si obras justamente, ¿qué le das? Luego el acto del hombre, bueno o malo, no tiene razón de mérito o de demérito ante Dios.
2. Además, un instrumento no merece ni desmerece ante quien lo usa, porque toda la acción del instrumento es de quien lo usa. Pero el hombre, cuando obra, es instrumento de la virtud divina, que lo mueve principalmente, por eso se dice en Is 10,15: ¿Acaso se jacta el hacha frente al que corta con ella?; ¿o se tiene por grande la sierra ante quien la maneja?, donde claramente se compara al hombre con un instrumento. Luego el hombre, obrando bien o mal, nada merece ni desmerece ante Dios.
3. Además, el acto humano tiene razón de mérito o de demérito en cuanto que se ordena a otro. Pero no todos los actos del hombre se ordenan a Dios. Luego no todos los actos buenos o malos tienen razón de mérito o de demérito ante Dios.
Contra esto: está lo que se dice en Ecle 12,14: Todo lo que se hace, Dios lo llevará a juicio, sea bueno o malo. Pero el juicio implica retribución, respecto a la cual se habla de mérito o de demérito. Luego todo acto bueno o malo del hombre tiene razón de mérito o de demérito.
Respondo: El acto de un hombre tiene razón de mérito o de demérito en cuanto que se ordena a otro, por razón de él o de la comunidad; pero de ambos modos nuestros actos buenos o malos tienen razón de mérito o de demérito ante Dios. Ciertamente por razón de Él, porque es el último fin del hombre. Ahora bien, hay obligación de referir todos los actos al fin último, como ya se trató (q.19 a.10). Por eso, quien realiza un acto malo que no puede ser referido a Dios, no observa el honor de Dios, que se debe al fin último. Además, por parte de toda la comunidad del universo, porque, en toda comunidad, quien rige la comunidad tiene sobre todo el cuidado del bien común, por lo que a él le corresponde retribuir cuanto se hace bien o mal en la comunidad. Ahora bien, Dios es el gobernador y rector de todo el universo, como se estudió en la primera parte (q.103 a.5), y especialmente de las criaturas racionales. Por consiguiente, es claro que los actos humanos tienen razón de mérito o de demérito en relación con Dios, de lo contrario se seguiría que Dios no se preocuparía de los actos humanos.
A las objeciones:
1. Mediante el acto de un hombre nada puede aumentarle o disminuirle a Dios de suyo; sin embargo, el hombre, en cuanto de él depende, sustrae algo a Dios o se lo otorga, cuando observa o no observa el orden que Dios instituyó.
2. Dios mueve al hombre como instrumento, pero de un modo que no excluye que el hombre se mueva a sí mismo mediante el libre albedrío, como se desprende de lo dicho (q.9 a.6 ad 3). Por eso con su acto merece o desmerece ante Dios.
3. El hombre no se ordena a la comunidad política con todo su ser y con todas sus cosas; por eso no es necesario que cualquier acto suyo sea meritorio o demeritorio por orden a la comunidad política. Sin embargo, todo lo que el hombre es y todo lo que puede y tiene, ha de ser ordenado a Dios, y, por eso, todo acto bueno o malo del hombre tiene razón de mérito o de demérito ante Dios en la medida que es, por la misma razón de acto.